Autoridades y personal. . (2024/137-25)
Resolución de 5 de julio de 2024, de la Dirección General de Movilidad y Transportes, por la que se convocan pruebas para la obtención y renovación de los certificados de Consejeros de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, y se determina la composición del Tribunal Calificador, así como la fecha, horarios y lugar de celebración de las pruebas para 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 137 - Martes, 16 de julio de 2024

página 48063/4

que lo acredite. Debiendo seleccionar ser perceptor de una o las dos prestaciones en el
trámite de la solicitud.
Se entenderá presentada correctamente la solicitud, cuando la persona solicitante,
haya abonado la tasa y presentado la solicitud de forma telemática, obteniendo
como resultado y en un único documento, el documento de pago 046 con el código
de verificación, además de la solicitud firmada y con número de registro de entrada
(información visualizada en el pie de la solicitud –pág. 1–).
Las personas que tengan derecho a la exención de la tasa, por ser perceptoras del
ingreso mínimo vital o de la renta mínima de inserción social en Andalucía o de ambas,
deberán seleccionar esta circunstancia en la solicitud, no teniendo que realizar el pago, si
bien deberán acreditar documentalmente una vez presentada la solicitud, ante el Tribunal
Calificador, que en el momento de la presentación de la misma cumplían esta circunstancia.
3. El plazo de que dispondrán las personas aspirantes para la presentación de las
solicitudes será del 5 de septiembre al 4 de octubre de 2024.
4. A las personas aspirantes que hayan indicado en su solicitud una dirección de
correo electrónico o un número de teléfono móvil susceptible de recibir mensajes cortos
SMS, se les informará por estos medios de la publicación, según corresponda, de los
listados de personas admitidas, excluidas y aprobadas.
La organización de las pruebas se llevará a cabo por las Delegaciones Territoriales
de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Granada y en Sevilla.
5. La no presentación de forma telemática de la solicitud dará lugar a la exclusión de
la persona aspirante.
Base quinta. Admisión de aspirantes.
Finalizado el plazo para presentación de solicitudes, las Delegaciones Territoriales
de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de Granada y de Sevilla dictarán
resolución declarando aprobada para cada una de las especialidades convocadas la lista
provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de la causa que
motiva su exclusión; dicha resolución se hará pública en la página web de la Consejería
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.
Las personas aspirantes excluidas, así como las que no figuren o figuren con algún
dato erróneo en las relaciones de personas admitidas, dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del día siguiente a la exposición de tal resolución en la
página web de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, para
subsanar el defecto observado, ante el Tribunal de la provincia de examen (base sexta).
Una vez finalizado el plazo para subsanar defectos, las Delegaciones Territoriales
de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de Granada y de Sevilla, dictarán
resolución declarando aprobada la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y
excluidas, con indicación de la causa que motiva la exclusión y se hará pública en la
página web de la Consejería Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.
Base sexta. Tribunal Calificador.
PROVINCIA DE GRANADA
TRIBUNAL TITULAR

00305013

Presidente: Don Norberto Navarro Cuesta.
Secretario: Don Guillermo Esteban García.
Vocales: Don Francisco Barrales León.
Don Miguel Nebot Gómez.
Don Jesús Miguel Bullejos Santisteban.
TRIBUNAL SUPLENTE
Presidente: Don Francisco Barrales León.
Secretario: Don Miguel Nebot Gómez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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