Autoridades y personal. . (2024/137-29)
Resolución de 10 de julio de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, Especialidad Subinspección de Prestaciones y Servicios Sanitarios, de la Administración General de la Junta de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 137 - Martes, 16 de julio de 2024
página 48075/24
y resolución del procedimiento. Las Unidades Médicas del Equipo de Valoración de
Incapacidades. Las empresas colaboradoras con la Seguridad Social.
Tema 36. Regulación normativa de las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social
en la gestión de la Incapacidad: Definición y objetos, Particularidades de las prestaciones
y servicios gestionados y gestión de la prestación económica por incapacidad temporal
derivada de contingencias comunes. Propuestas de alta médica formuladas por
las mutuas en los procesos derivados de contingencias comunes. Cooperación y
coordinación en la gestión la IT.
Tema 37. Criterios para la valoración de una incapacidad: grados funcionales
orientativos generales, guías de valoraciones del menoscabo y de requerimientos
profesionales. Contingencia en la valoración de una incapacidad: Regulación normativa,
concepto de contingencia, tipos de contingencia, concepto y requisitos y determinación
de la contingencia. Las enfermedades relacionadas con el trabajo.
Tema 38. Enfermedades profesionales: concepto general y características específicas
de la patología profesional. Normativa reguladora de las enfermedades profesionales,
estructura y contenido de la lista de enfermedades profesionales. Calificación y
competencia de la enfermedad profesional. Normativa andaluza sobre comunicación de
sospecha de enfermedad profesional.
Tema 39. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Objeto, derecho a la protección
frente a los riesgos laborales, principios de la acción preventiva, Plan de prevención
de riesgos laborales, evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva,
información, consulta y participación de los trabajadores y definición de los servicios de
prevención. El Reglamento de los Servicios de Prevención: definición de evaluación de
riesgo y organización de recursos para las actividades preventivas.
Tema 40. Vigilancia de la Salud: concepto y objetivos. Vigilancia de la salud laboral
individual y colectiva. Exámenes de Salud, los reconocimientos de admisión y periódicos.
Protocolos de vigilancia sanitaria específica. Valoración de la Aptitud para trabajar.
Trabajador especialmente sensible.
ANEXO III
MODELO DE SOLICITUD
ANEXO IV
1. Mediante Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Función Pública, se concreta que el orden de actuación de las personas
aspirantes será por orden alfabético a partir del aspirante cuyo primer apellido comience
por la letra «G». En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido
comience por la letra «G» el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer
apellido comience por la letra «H» y así sucesivamente. Para las pruebas selectivas
convocadas en esta resolución, esta letra será la que rija el orden de las personas
aspirantes con independencia de la fecha concreta en que se celebren las pruebas.
2. Los dígrafos CH, LL y RR no se considerarán como letra del abecedario, ocupando
su lugar dentro de las correspondientes a las letras C, L y R.
3. Si los primeros apellidos comienzan con de, del, de la(s) o cualquier otra partícula,
independientemente de la forma en que sean transcritos por las personas interesadas,
estos elementos se incorporarán, para su alfabetización, al final del nombre.
Ejemplo: Luis del Castillo Velasco
será alfabetizado:
APELLIDO 1.º APELLIDO 2.º NOMBRE
Castillo
Velasco
Luis del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305024
CRITERIOS DE PRELACIÓN Y ORDENACIÓN ALFABÉTICA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 137 - Martes, 16 de julio de 2024
página 48075/24
y resolución del procedimiento. Las Unidades Médicas del Equipo de Valoración de
Incapacidades. Las empresas colaboradoras con la Seguridad Social.
Tema 36. Regulación normativa de las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social
en la gestión de la Incapacidad: Definición y objetos, Particularidades de las prestaciones
y servicios gestionados y gestión de la prestación económica por incapacidad temporal
derivada de contingencias comunes. Propuestas de alta médica formuladas por
las mutuas en los procesos derivados de contingencias comunes. Cooperación y
coordinación en la gestión la IT.
Tema 37. Criterios para la valoración de una incapacidad: grados funcionales
orientativos generales, guías de valoraciones del menoscabo y de requerimientos
profesionales. Contingencia en la valoración de una incapacidad: Regulación normativa,
concepto de contingencia, tipos de contingencia, concepto y requisitos y determinación
de la contingencia. Las enfermedades relacionadas con el trabajo.
Tema 38. Enfermedades profesionales: concepto general y características específicas
de la patología profesional. Normativa reguladora de las enfermedades profesionales,
estructura y contenido de la lista de enfermedades profesionales. Calificación y
competencia de la enfermedad profesional. Normativa andaluza sobre comunicación de
sospecha de enfermedad profesional.
Tema 39. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Objeto, derecho a la protección
frente a los riesgos laborales, principios de la acción preventiva, Plan de prevención
de riesgos laborales, evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva,
información, consulta y participación de los trabajadores y definición de los servicios de
prevención. El Reglamento de los Servicios de Prevención: definición de evaluación de
riesgo y organización de recursos para las actividades preventivas.
Tema 40. Vigilancia de la Salud: concepto y objetivos. Vigilancia de la salud laboral
individual y colectiva. Exámenes de Salud, los reconocimientos de admisión y periódicos.
Protocolos de vigilancia sanitaria específica. Valoración de la Aptitud para trabajar.
Trabajador especialmente sensible.
ANEXO III
MODELO DE SOLICITUD
ANEXO IV
1. Mediante Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Función Pública, se concreta que el orden de actuación de las personas
aspirantes será por orden alfabético a partir del aspirante cuyo primer apellido comience
por la letra «G». En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido
comience por la letra «G» el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer
apellido comience por la letra «H» y así sucesivamente. Para las pruebas selectivas
convocadas en esta resolución, esta letra será la que rija el orden de las personas
aspirantes con independencia de la fecha concreta en que se celebren las pruebas.
2. Los dígrafos CH, LL y RR no se considerarán como letra del abecedario, ocupando
su lugar dentro de las correspondientes a las letras C, L y R.
3. Si los primeros apellidos comienzan con de, del, de la(s) o cualquier otra partícula,
independientemente de la forma en que sean transcritos por las personas interesadas,
estos elementos se incorporarán, para su alfabetización, al final del nombre.
Ejemplo: Luis del Castillo Velasco
será alfabetizado:
APELLIDO 1.º APELLIDO 2.º NOMBRE
Castillo
Velasco
Luis del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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CRITERIOS DE PRELACIÓN Y ORDENACIÓN ALFABÉTICA