Disposiciones generales. . (2024/137-5)
Orden de 10 de julio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, en el ámbito de las competencias de la Consejería.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 137 - Martes, 16 de julio de 2024
página 48028/32
que vaya a tener contacto habitual con menores o, en su caso, compromiso de aportarla en el momento
del inicio del mismo.
- Declaración responsable de la persona representante de la entidad, como responsable de los
tratamientos de datos personales que realice como consecuencia de las actividades subvencionadas, del
cumplimiento de la normativa en protección de datos, personales, de acuerdo con el modelo que se
establezca en la convocatoria.
15.b) Tipo y soporte de documentos admitidos:
Tipo:
☒ Originales
☒ Copias auténticas.
☒ Copias autenticadas.
☒ Otro: copia simple.
Soporte:
☐ Papel.
☒ Electrónico.
☐ Otros.
16. Plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento (Artículo 19):
Seis meses a partir del día siguiente al de la finalización del plazo para la presentación de las solicitudes.
17. Necesidad de aceptación expresa de la subvención concedida (Artículo 19):
☒ No.
☐ Sí.
18. Posibilidad de terminación convencional (Artículo 20):
18.a) Posibilidad de terminación convencional:
☒ No.
☐ Sí.
18.b) Particularidades que, en su caso, se establezcan para formalizar el acuerdo:
19. Publicaciones de los actos administrativos (Artículo 21):
☒ Serán publicados íntegramente en: la página web de la Consejería competente en materia de servicios
sociales en el siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/organismos/igualdadpoliticassocialesyconciliacion/servicios/procedimientos.html?tema=Subvenciones%20y
%20ayudas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304978
Los actos administrativos de requerimiento de subsanación, de trámite de audiencia y el de resolución
del procedimiento:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 137 - Martes, 16 de julio de 2024
página 48028/32
que vaya a tener contacto habitual con menores o, en su caso, compromiso de aportarla en el momento
del inicio del mismo.
- Declaración responsable de la persona representante de la entidad, como responsable de los
tratamientos de datos personales que realice como consecuencia de las actividades subvencionadas, del
cumplimiento de la normativa en protección de datos, personales, de acuerdo con el modelo que se
establezca en la convocatoria.
15.b) Tipo y soporte de documentos admitidos:
Tipo:
☒ Originales
☒ Copias auténticas.
☒ Copias autenticadas.
☒ Otro: copia simple.
Soporte:
☐ Papel.
☒ Electrónico.
☐ Otros.
16. Plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento (Artículo 19):
Seis meses a partir del día siguiente al de la finalización del plazo para la presentación de las solicitudes.
17. Necesidad de aceptación expresa de la subvención concedida (Artículo 19):
☒ No.
☐ Sí.
18. Posibilidad de terminación convencional (Artículo 20):
18.a) Posibilidad de terminación convencional:
☒ No.
☐ Sí.
18.b) Particularidades que, en su caso, se establezcan para formalizar el acuerdo:
19. Publicaciones de los actos administrativos (Artículo 21):
☒ Serán publicados íntegramente en: la página web de la Consejería competente en materia de servicios
sociales en el siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/organismos/igualdadpoliticassocialesyconciliacion/servicios/procedimientos.html?tema=Subvenciones%20y
%20ayudas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304978
Los actos administrativos de requerimiento de subsanación, de trámite de audiencia y el de resolución
del procedimiento: