Autoridades y personal. . (2024/135-41)
Resolución de 20 de junio de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público para la contratación de Profesorado Asociado de Ciencias de la Salud, mediante contrato laboral de duración determinada a tiempo parcial.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 135 - Viernes, 12 de julio de 2024

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- Participar en la coordinación de la actividad docente de las Tutorías Clínicas
vinculadas a las asignaturas.
- Sin ser su principal tarea, también podrán llevar a cabo tareas de docencia prácticoclínica de las asignaturas correspondientes a la plaza ocupada.
7. Retribuciones.
7.1. Las retribuciones anuales son las establecidas en la normativa vigente.
7.2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.º, apartado 2, de la Ley 53/1984,
de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones
Públicas, las pagas extraordinarias sólo podrán percibirse por uno de los puestos,
cualquiera que sea su naturaleza.
8. Resolución del concurso público.
8.1. Una vez valorados los méritos alegados por las personas solicitantes, la Comisión de
Contratación hará pública en la web del Área de Personal el acta de la reunión de la misma.
8.2. La publicación del acta tendrá lugar al día siguiente de la celebración de la sesión
de la Comisión. Cuando el número de plazas convocadas así lo aconseje y a criterio
del Vicerrector competente, el plazo de publicación del acta podrá establecerse en un
máximo de cuatro días.
8.3. Contra la resolución de la Comisión de Contratación podrá interponerse recurso
de alzada ante el Rector de la Universidad de Cádiz, en el plazo de un mes a contar
desde la fecha de publicación de la misma.

10. Protección y tratamiento de datos de carácter temporal.
10.1. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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9. Presentación de documentos y formalización del contrato.
9.1. La persona propuesta para la plaza dispondrá de un plazo de diez días, contados
a partir del siguiente de la publicación del acuerdo, para firmar el contrato. Transcurrido
dicho plazo, se entenderá que decae en su derecho.
9.2. Ésta deberá acreditar, con carácter previo a la firma del contrato y mediante la
presentación de la documentación original, estar en posesión de la titulación académica
y demás requisitos exigidos para optar a la plaza, así como, en su caso, de los méritos
alegados en el concurso.
9.3. En caso de que no presentara los documentos requeridos en el plazo de diez
días o que los mismos no concuerden con las copias presentadas, quedará sin efecto la
resolución del concurso a su favor, sin perjuicio de las responsabilidades de todo orden
que puedan ser exigidas por la Universidad.
9.4. La persona propuesta, una vez cumplidos los requisitos anteriores, formalizará el
correspondiente contrato laboral, teniendo en cuenta lo establecido en el apartado 1.9 de
estas bases.
9.5. La celebración o subsistencia del contrato se condiciona a la autorización de la
compatibilidad, conforme a la normativa aplicable en la materia, en el caso de que la persona
seleccionada esté desempeñando o pase a desempeñar otra actividad pública o privada.
9.6. La autorización para el disfrute de vacaciones, licencias o similares durante
el período docente para el que se contrata al profesorado, deberá ser informada
favorablemente por el Departamento, ya que la misma estará condicionada a la cobertura
de la actividad docente asignada.
9.7. Los contratos celebrados por la Universidad de Cádiz en virtud del Reglamento
de Contratación de Profesorado quedan sometidos a la legislación laboral y habrán
de formalizarse por escrito, debiendo remitirse una copia básica de los mismos a los
representantes de los trabajadores.