3. Otras disposiciones. . (2024/135-68)
Resolución de 1 de julio de 2024, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la extinción de la Fundación ESESA.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 135 - Viernes, 12 de julio de 2024

página 47687/2

Tercero. Consta en el expediente la comunicación de la extinción acordada por el
Patronato de la Fundación al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 42 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo.
Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde
las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto
279/2003, y todo ello de acuerdo con los artículos 1.i) y 11.5 del Decreto 164/2022, de
9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública, vistos los preceptos legales citados y demás de
pertinente aplicación,
RESU ELV E
Primero Inscribir la extinción de la Fundación ESESA en el Registro de Fundaciones
de Andalucía, adoptada por acuerdo de su Patronato en sesión celebrada el día 21 de
diciembre de 2023 y ratificado en reunión celebrada el 2 de abril de 2024.
Segundo. Ordenar la apertura del procedimiento de liquidación de la fundación con
sujeción a lo previsto por el artículo 40 del Reglamento de Fundaciones de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 32/2008, de 5 de febrero, debiéndose
adjudicar el remanente de bienes de la Fundación a la entidad no lucrativa denominada
«Fundación Diocesana de Enseñanza Santa María de la Victoria», inscrita en el Registro
de Entidades Eclesiásticas con el número 109/SE-F.
Tercero. Ordenar la notificación de la presente resolución a la fundación y su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del
Registro de Fundaciones de Andalucía, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente al de su notificación o publicación ante la persona titular de la
Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública.

00304636

Sevilla, 1 de julio de 2024.- El Director General, Esteban Rondón Mata.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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