3. Otras disposiciones. . (2024/135-59)
Orden de 2 de julio de 2024, por la que se resuelve la aprobación definitiva de la Modificación del PGOU de Jaén en el ámbito del antiguo sector SURO-06 «Terciario Este».
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 135 - Viernes, 12 de julio de 2024

página 47943/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Orden de 2 de julio de 2024, por la que se resuelve la aprobación definitiva de
la Modificación del PGOU de Jaén en el ámbito del antiguo sector SURO-06
«Terciario Este».

1. La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda dispuso mediante
Orden de 18 de marzo de 2024, aprobar definitivamente la Modificación del PGOU de
Jaén en el ámbito del antiguo sector SURO-06 «Terciario Este», debiendo no obstante
realizarse las subsanaciones técnicas en el documento incluidas en el condicionado de
la Declaración Ambiental Estratégica, emitida con fecha de 19 de junio de 2023 por la
Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Cambio Climático.
2. En cumplimiento de dicha orden, el Pleno del Ayuntamiento de Jaén, en sesión
de 26 de abril de 2024, acordó tomar conocimiento de la documentación aportada por la
Junta de Compensación del sector SURO-06 denominada «Documento Técnico Marzo
2024», en el que se introducen las subsanaciones señaladas en la Declaración Ambiental
Estratégica de fecha 19 de junio de 2023. Dicha documentación tuvo entrada en el
registro de esta Consejería con fecha de 28 de mayo de 2024.
3. La Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana,
mediante Resolución de 13 de junio de 2024, ha tomado conocimiento del documento
técnico subsanado sometido al Pleno del Ayuntamiento de Jaén en sesión de 23 de
abril de 2024, resolviendo tener por subsanadas, a la vista del Informe del Servicio
de Planeamiento Urbanístico de dicha Dirección General de 12 de junio de 2024 y el
Informe de 23 de mayo de 2024 de la Delegación Territorial en Jaén de la Consejería
de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, las deficiencias señaladas en la
Orden de 18 de marzo de 2024 de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio
y Vivienda, por la que se dispuso aprobar definitivamente la «Innovación del PGOU en el
ámbito del antiguo sector SURO-06 Terciario Este».
4. La Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, de
aplicación en virtud de la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre,
de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, establece en su artículo
41.1 que los acuerdos de aprobación definitiva de los instrumentos de planeamiento que
correspondan a la Administración de la Comunidad Autónoma, así como el contenido del
articulado de sus normas, se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía por
disposición del órgano que los aprobó. El depósito de los instrumentos de planeamiento y
sus innovaciones en el registro administrativo correspondiente será condición legal para
su publicación, de acuerdo con el artículo 40.3 de la misma ley.
5. De conformidad con el artículo 14 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, que regula
los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, con fecha de 20 de junio
de 2024 la Delegación Territorial de esta Consejería en Jaén ha inscrito y depositado
el presente instrumento en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos,
asignándole el número de registro 10.111 en la Sección de Instrumentos Urbanísticos del
Libro de Registro de Jaén.
Según el artículo 21 del citado decreto, la condición legal de depósito prevista a
efectos de publicación en el boletín oficial se tendrá por realizada mediante la inscripción
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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