3. Otras disposiciones. . (2024/134-43)
Resolución de 1 de julio de 2024, de la Dirección General de Espacios Naturales Protegidos, por la que se somete a información pública el procedimiento administrativo de inclusión en el Inventario de Humedales de Andalucía de la zona húmeda conocida como Humedales de Cetina, sito en el término municipal de Puerto Real en la provincia de Cádiz.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 134 - Jueves, 11 de julio de 2024

página 47827/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD, MEDIO AMBIENTE
Y ECONOMÍA AZUL
Resolución de 1 de julio de 2024, de la Dirección General de Espacios Naturales
Protegidos, por la que se somete a información pública el procedimiento
administrativo de inclusión en el Inventario de Humedales de Andalucía de la
zona húmeda conocida como Humedales de Cetina, sito en el término municipal
de Puerto Real en la provincia de Cádiz.
De acuerdo con lo previsto en los artículos 3, 4 y 5 del Decreto 98/2004, de 9 de marzo,
por el que se crea el Inventario de Humedales de Andalucía y el Comité Andaluz de
Humedales (BOJA núm. 66, de 5 de abril de 2004), en el Inventario de Humedales
de Andalucía se incluirán aquellos humedales que cumplan alguna de las siguientes
características:
1. Humedales que constituyan el hábitat de poblaciones o comunidades de
organismos que se consideren de especial interés natural.
a) Los que alberguen especies de microorganismos, flora o fauna que se encuentren
amenazados de acuerdo con la normativa vigente.
b) Los que incluyan especies de microorganismos, flora o fauna cuya área de
distribución sea exclusiva, esté básicamente comprendida en los humedales andaluces,
o sean endemismos andaluces, ibéricos o iberoafricanos.
2. Humedales de interés geológico, geomorfológico, biogeoquímico o cultural, o que
presenten un gran valor por su rareza o representatividad.
En los artículos 6 y 7 del mencionado decreto se establece el procedimiento para la
inclusión de un humedal en el Inventario de Humedales de Andalucía, lo que supondrá
su denominación como Humedal Andaluz, habida cuenta de sus intrínsecos valores
naturales. El procedimiento de inclusión se inicia por el titular de la Dirección General
competente en materia de la Red de Espacios Naturales Protegidos, conforme a lo
establecido en el artículo 7.1 del decreto.
El Comité Andaluz de Humedales, en su reunión de 30 de noviembre de 2023, de
acuerdo con el artículo 10.g) del Decreto 98/2004, de 9 de marzo, acordó proponer la
inclusión de los Humedales de Cetina (Puerto Real) en el Inventario de Humedales de
Andalucía, dado que dichos humedales reúnen las características del artículo 5 del
mencionado decreto.
En consecuencia, y en virtud de lo dispuesto en la normativa anteriormente citada,
de acuerdo con el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración
de Consejerías, modificado por el Decreto 13/2022, de 8 de agosto, y modificado por el
Decreto del Presidente 4/2023, y el Decreto 162/2022, de 9 de agosto, modificado por
el Decreto 96/2023, de 25 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul
RESU ELVO

PROVINCIA

NOMBRE HUMEDAL

MUNICIPIO

CÁDIZ

HUMEDALES DE CETINA

PUERTO REAL

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00304776

Primero. Anunciar la apertura del trámite de información pública en el procedimiento
de inclusión de los siguientes humedales en el Inventario de Humedales de Andalucía: