3. Otras disposiciones. . (2024/132-39)
Resolución de 21 de junio de 2024, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se aprueba el procedimiento administrativo de deslinde parcial de la vía pecuaria denominada «Vereda de San Agustín» desde la carretera de circunvalación A-398 hasta el límite de suelo urbano, en el término municipal de Mairena del Alcor, en la provincia de Sevilla.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 132 - Martes, 9 de julio de 2024

página 47641/2

Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias
de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo establecido en la
Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio
y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y demás legislación aplicable.
Tercero. La vía pecuaria «Vereda de San Agustín», en el término municipal de Mairena
del Alcor, provincia de Sevilla, fue clasificada por la citada orden ministerial, siendo
esta clasificación conforme al artículo 7 de la Ley de Vías Pecuarias y el artículo 12 del
Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía, «(…) el acto administrativo de carácter
administrativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás
características físicas generales de cada vía pecuaria (...)».
Cuarto. Con base a lo determinado en los artículos 8.1 de la Ley 3/1995, de 23 de
marzo, de Vías Pecuarias, y 17.1 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, la definición de la
vía pecuaria se ha ajustado a lo declarado en el acto de clasificación.
Quinto. Durante la instrucción del procedimiento no se han presentado alegaciones.
Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la clasificación
aprobada, que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias
y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable.
Vista, la propuesta favorable de deslinde formulada por la Delegación Territorial de
Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla, de 10 de abril de 2024,
RESU ELVO

Descripción registral de la vía pecuaria.
Finca rústica en el término municipal de Mairena del Alcor, provincia de Sevilla, de
forma más o menos rectangular y alargada con una dirección predominante de Oeste
a Este y una anchura de 20 metros. La longitud deslindada es de 143,41 metros y la
superficie deslindada de 2.853,20 metros cuadrados, que en adelante se conocerá como
«Vereda de San Agustín», en el término municipal de Mairena del Alcor, y que linda:
En su inicio (Oeste): Linda con el tramo anterior de la mencionada Vereda de San
Agustín.
En su margen derecha (Sur): Linda con las parcelas catastrales 41058A00409016
(terrenos de la carretera A-398) y 41058A00400025.
En su margen izquierda (Norte): Linda con las parcelas catastrales 41058A00509011
(terrenos de la carretera A-398), 41058A00500046 y 41058A00500009.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00304590

Aprobar el deslinde parcial de la vía pecuaria denominada «Vereda de San Agustín»,
en el tramo desde la carretera de circunvalación A-398 hasta el límite de suelo urbano,
en el término municipal de Mairena del Alcor, en la provincia de Sevilla, en función de la
descripción y de la relación de coordenadas que a continuación se detallan:
- Longitud: 143,41 metros.
- Anchura: 20 metros.