Autoridades y personal. . (2024/131-36)
Resolución de 2 de julio de 2024, del Rectorado de la Universidad de Almería, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesor Asociado Laboral
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 131 - Lunes, 8 de julio de 2024
página 47584/5
indicados en la base 3 de esta convocatoria, entendiéndose que el interesado desiste de
su petición, en caso de no presentar alegaciones en el citado plazo.
4.3. Dicha subsanación se realizará a través de la plataforma de gestión anteriormente
indicada, subiendo a la misma los documentos justificativos.
4.4. Durante el plazo de subsanación no podrá presentarse documentación
justificativa de méritos no alegados en la instancia.
4.5. Transcurrido el plazo de subsanación se publicará, del modo indicado
anteriormente, la resolución del Rector por la que se aprueba la relación definitiva de
aspirantes admitidos y excluidos. En el caso de que todos los aspirantes de la relación
provisional estuvieran admitidos y no hubiera omitidos, la relación provisional devendrá
en definitiva.
6. Resolución del concurso.
6.1. Las Comisiones encargadas de examinar y valorar las instancias presentadas
por los aspirantes admitidos a cada concurso serán las establecidas en la normativa de
aplicación, nombradas en cada caso por el Rector, de acuerdo con lo establecido en
el artículo 45 de los Estatutos de la Universidad de Almería, y publicadas en el tablón
electrónico oficial de la Universidad de Almería. Las Comisiones podrán constituirse y
reunirse de forma presencial, telemática o híbrida.
6.2. El baremo y los criterios de valoración aplicables serán los aprobados por el
Consejo de Gobierno de la Universidad de Almería con fecha 26 de junio de 2024. Las
Comisiones encargadas de examinar y valorar las instancias gozarán de autonomía
funcional y están facultadas para aplicar e interpretar el baremo correspondiente a la
plaza objeto de concurso, para resolver las cuestiones no previstas en las respectivas
bases de la convocatoria, y para adoptar aquellos acuerdos necesarios para llevar a buen
fin los procesos selectivos.
6.3. Las Comisiones podrán realizar a los concursantes cuantas entrevistas estimen
oportunas y requerirles aclaraciones sobre los méritos y documentación presentada
acreditativa de los mismos.
6.4. La Comisión de Valoración dejará sin evaluar a aquellos solicitantes que
presenten méritos falsos. Podrá dejar sin evaluar a los solicitantes que incluyan méritos
de manera reiterada en epígrafes que no corresponden, con el objetivo de aumentar su
valoración. Asimismo, la Comisión podrá establecer, en su caso, los siguientes umbrales
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304534
5. Notificación a los interesados.
5.1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
las resoluciones aprobando las relaciones de admitidos y excluidos, adjudicaciones,
comunicaciones, requerimientos y demás actos integrantes del presente concurso se
publicarán en el tablón electrónico oficial de la Universidad de Almería
(https://www.ual.es/administracionelectronica/tablon) dentro del epígrafe «Personal >
Personal Docente e Investigador», sustituyendo estas publicaciones a la notificación
personal a los interesados y surtiendo sus mismos efectos, atendiendo, en todo caso,
a las normas de información en materia de Protección de Datos en los Procesos de
Concurrencia Competitiva vigentes en la Universidad de Almería y rigiéndose por los
Acuerdos del Consejo de Gobierno aplicables y demás normativa de general aplicación.
5.2. Dichos documentos podrán publicarse adicionalmente en la página web del
Servicio de Gestión de Recursos Humanos de esta Universidad: http://www.ual.es
(Epígrafes: La UAL > Servicios Generales > Servicio de Gestión de Recursos Humanos >
Convocatorias > Personal Docente e Investigador Laboral), careciendo esta publicación
web de los efectos de notificación a los que hace referencia el apartado anterior.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 131 - Lunes, 8 de julio de 2024
página 47584/5
indicados en la base 3 de esta convocatoria, entendiéndose que el interesado desiste de
su petición, en caso de no presentar alegaciones en el citado plazo.
4.3. Dicha subsanación se realizará a través de la plataforma de gestión anteriormente
indicada, subiendo a la misma los documentos justificativos.
4.4. Durante el plazo de subsanación no podrá presentarse documentación
justificativa de méritos no alegados en la instancia.
4.5. Transcurrido el plazo de subsanación se publicará, del modo indicado
anteriormente, la resolución del Rector por la que se aprueba la relación definitiva de
aspirantes admitidos y excluidos. En el caso de que todos los aspirantes de la relación
provisional estuvieran admitidos y no hubiera omitidos, la relación provisional devendrá
en definitiva.
6. Resolución del concurso.
6.1. Las Comisiones encargadas de examinar y valorar las instancias presentadas
por los aspirantes admitidos a cada concurso serán las establecidas en la normativa de
aplicación, nombradas en cada caso por el Rector, de acuerdo con lo establecido en
el artículo 45 de los Estatutos de la Universidad de Almería, y publicadas en el tablón
electrónico oficial de la Universidad de Almería. Las Comisiones podrán constituirse y
reunirse de forma presencial, telemática o híbrida.
6.2. El baremo y los criterios de valoración aplicables serán los aprobados por el
Consejo de Gobierno de la Universidad de Almería con fecha 26 de junio de 2024. Las
Comisiones encargadas de examinar y valorar las instancias gozarán de autonomía
funcional y están facultadas para aplicar e interpretar el baremo correspondiente a la
plaza objeto de concurso, para resolver las cuestiones no previstas en las respectivas
bases de la convocatoria, y para adoptar aquellos acuerdos necesarios para llevar a buen
fin los procesos selectivos.
6.3. Las Comisiones podrán realizar a los concursantes cuantas entrevistas estimen
oportunas y requerirles aclaraciones sobre los méritos y documentación presentada
acreditativa de los mismos.
6.4. La Comisión de Valoración dejará sin evaluar a aquellos solicitantes que
presenten méritos falsos. Podrá dejar sin evaluar a los solicitantes que incluyan méritos
de manera reiterada en epígrafes que no corresponden, con el objetivo de aumentar su
valoración. Asimismo, la Comisión podrá establecer, en su caso, los siguientes umbrales
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304534
5. Notificación a los interesados.
5.1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
las resoluciones aprobando las relaciones de admitidos y excluidos, adjudicaciones,
comunicaciones, requerimientos y demás actos integrantes del presente concurso se
publicarán en el tablón electrónico oficial de la Universidad de Almería
(https://www.ual.es/administracionelectronica/tablon) dentro del epígrafe «Personal >
Personal Docente e Investigador», sustituyendo estas publicaciones a la notificación
personal a los interesados y surtiendo sus mismos efectos, atendiendo, en todo caso,
a las normas de información en materia de Protección de Datos en los Procesos de
Concurrencia Competitiva vigentes en la Universidad de Almería y rigiéndose por los
Acuerdos del Consejo de Gobierno aplicables y demás normativa de general aplicación.
5.2. Dichos documentos podrán publicarse adicionalmente en la página web del
Servicio de Gestión de Recursos Humanos de esta Universidad: http://www.ual.es
(Epígrafes: La UAL > Servicios Generales > Servicio de Gestión de Recursos Humanos >
Convocatorias > Personal Docente e Investigador Laboral), careciendo esta publicación
web de los efectos de notificación a los que hace referencia el apartado anterior.