Disposiciones generales. . (2024/131-2)
Orden de 26 de junio de 2024, por la que se convocan las ayudas previstas en la Orden de 13 de marzo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a proyectos acogidos a las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, de los Grupos de Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola Andaluz, durante el periodo de ejecución del marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027.
36 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 131 - Lunes, 8 de julio de 2024
página 47562/31
(Página
de
)
ANEXO III
INSTRUCCIONES RELATIVAS A LA CUMPLIMENTACIÓN DEL PRESENTE FORMULARIO
1. DATOS DE LA PERSONA O ENTIDAD SOLICITANTE Y SU REPRESENTANTE Y DE LA ENTIDAD HABILITADA
La persona o entidad que presente este formulario deberá cumplimentar los datos identificativos que aquí se requieren.
Los datos relativos a la persona o entidad representante serán de cumplimentación obligatoria en el supuesto de ser ésta quién
suscriba el formulario. En estos supuestos habrá de indicar a su vez en calidad de qué se ostenta la representación.
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
2. INVERSIÓN/ACCIÓN SUBVENCIONABLE
Deberá cumplimentar este apartado con los datos correspondientes a la actividad declarada.
3. DOCUMENTACIÓN
Cumplimente en los numerales correspondientes qué documentación presenta efectivamente, en caso de hacerlo.
Los campos relativos a los documentos en poder de la Administración de la Junta de Andalucía o de otras Administraciones, sólo
procederá cumplimentarlos cuando ejerza el derecho a no presentar la documentación referida. En estos casos deberá indicar toda
la información que se le solicita.
1.º El documento informativo sobre los indicadores de resultado contemplados en el Anexo I del reglamento (UE) 2021/1139 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio, se deberá presentar junto al pago final.
2.º La memoria económica justificativa debe contener:
1.° Una relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación de la persona o entidad acreedora y del documento,
su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un
presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas.
2.º La aplicación de la compensación entre diferentes partidas de gastos, siempre que no resulte alteración del objeto y de la
finalidad por la que resultó la concesión de la ayuda.
3.º Copia de las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia
administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior. Para que las facturas presentadas
tengan validez probatoria deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
4.º Documentos de pago: se considerarán admisibles como documentos acreditativos del pago las transferencias bancarias,
extractos o certificaciones bancarias, o el extracto o detalle bancario que acredite el cargo en la cuenta del beneficiario, en el
caso de pagos mediante cheques nominativos.
En los documentos de pago se deberá hacer mención expresa a los siguientes contenidos:
a) La fecha de pago, que será como máximo la fecha límite de justificación de la operación subvencionada.
b) Identificación del beneficiario del pago y del ordenante del mismo.
c) Concepto por el que se ordena el pago, con indicación del número de factura. Si el documento de pago no hace
referencia al número de factura, aquel se deberá acompañar de aquella documentación que permita acreditar la
correspondencia entre gasto y pago.
4.º En el supuesto de proyectos en los que se hayan subvencionado jornadas o cursos de formación, se deberá aportar listado de
firmas de las personas asistentes. En dicho listado figurará de forma individualizada el nombre, apellidos, NIF, sexo (H/M) y firma
de cada uno de los asistentes, debiendo aparecer, además, la fecha de celebración, el nombre de la jornada o curso, así como el
nombre de los ponentes. Asimismo, se acompañará un ejemplar de todo el material divulgativo y publicitario editado, evidencia
fotográfica y cualquier otro producto tangible en relación con las acciones ejecutadas.
Si la subvención se concede para asistir a seminarios o actividades semejantes, se entregará una memoria que incluya el motivo
que justifica la asistencia, los temas tratados o el programa y el certificado de asistencia o evidencia fotográfica.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00304512
007116/A03
3.º Los gastos de personal se justificarán presentando los contratos de trabajo comunicados al Servicio Público de Empleo, las
nóminas y cotizaciones sociales (RLC y RNT), así como las retenciones e ingresos a cuentas del IRPF (modelos 111 y 190), el
justificante del pago de las nóminas, de las cotizaciones sociales y del IRPF, el informe de vida laboral de la empresa, así como el
parte de dedicación horaria de los trabajadores en la actuación subvencionada.
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 131 - Lunes, 8 de julio de 2024
página 47562/31
(Página
de
)
ANEXO III
INSTRUCCIONES RELATIVAS A LA CUMPLIMENTACIÓN DEL PRESENTE FORMULARIO
1. DATOS DE LA PERSONA O ENTIDAD SOLICITANTE Y SU REPRESENTANTE Y DE LA ENTIDAD HABILITADA
La persona o entidad que presente este formulario deberá cumplimentar los datos identificativos que aquí se requieren.
Los datos relativos a la persona o entidad representante serán de cumplimentación obligatoria en el supuesto de ser ésta quién
suscriba el formulario. En estos supuestos habrá de indicar a su vez en calidad de qué se ostenta la representación.
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
2. INVERSIÓN/ACCIÓN SUBVENCIONABLE
Deberá cumplimentar este apartado con los datos correspondientes a la actividad declarada.
3. DOCUMENTACIÓN
Cumplimente en los numerales correspondientes qué documentación presenta efectivamente, en caso de hacerlo.
Los campos relativos a los documentos en poder de la Administración de la Junta de Andalucía o de otras Administraciones, sólo
procederá cumplimentarlos cuando ejerza el derecho a no presentar la documentación referida. En estos casos deberá indicar toda
la información que se le solicita.
1.º El documento informativo sobre los indicadores de resultado contemplados en el Anexo I del reglamento (UE) 2021/1139 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio, se deberá presentar junto al pago final.
2.º La memoria económica justificativa debe contener:
1.° Una relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación de la persona o entidad acreedora y del documento,
su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un
presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas.
2.º La aplicación de la compensación entre diferentes partidas de gastos, siempre que no resulte alteración del objeto y de la
finalidad por la que resultó la concesión de la ayuda.
3.º Copia de las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia
administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior. Para que las facturas presentadas
tengan validez probatoria deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
4.º Documentos de pago: se considerarán admisibles como documentos acreditativos del pago las transferencias bancarias,
extractos o certificaciones bancarias, o el extracto o detalle bancario que acredite el cargo en la cuenta del beneficiario, en el
caso de pagos mediante cheques nominativos.
En los documentos de pago se deberá hacer mención expresa a los siguientes contenidos:
a) La fecha de pago, que será como máximo la fecha límite de justificación de la operación subvencionada.
b) Identificación del beneficiario del pago y del ordenante del mismo.
c) Concepto por el que se ordena el pago, con indicación del número de factura. Si el documento de pago no hace
referencia al número de factura, aquel se deberá acompañar de aquella documentación que permita acreditar la
correspondencia entre gasto y pago.
4.º En el supuesto de proyectos en los que se hayan subvencionado jornadas o cursos de formación, se deberá aportar listado de
firmas de las personas asistentes. En dicho listado figurará de forma individualizada el nombre, apellidos, NIF, sexo (H/M) y firma
de cada uno de los asistentes, debiendo aparecer, además, la fecha de celebración, el nombre de la jornada o curso, así como el
nombre de los ponentes. Asimismo, se acompañará un ejemplar de todo el material divulgativo y publicitario editado, evidencia
fotográfica y cualquier otro producto tangible en relación con las acciones ejecutadas.
Si la subvención se concede para asistir a seminarios o actividades semejantes, se entregará una memoria que incluya el motivo
que justifica la asistencia, los temas tratados o el programa y el certificado de asistencia o evidencia fotográfica.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00304512
007116/A03
3.º Los gastos de personal se justificarán presentando los contratos de trabajo comunicados al Servicio Público de Empleo, las
nóminas y cotizaciones sociales (RLC y RNT), así como las retenciones e ingresos a cuentas del IRPF (modelos 111 y 190), el
justificante del pago de las nóminas, de las cotizaciones sociales y del IRPF, el informe de vida laboral de la empresa, así como el
parte de dedicación horaria de los trabajadores en la actuación subvencionada.
https://www.juntadeandalucia.es/eboja