Disposiciones generales. . (2024/131-5)
Extracto de la Resolución de 21 de junio de 2024, de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras Entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles, para la realización de actuaciones en materia de juventud, para el ejercicio 2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 131 - Lunes, 8 de julio de 2024
página 47383/2
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de la Consejería de Inclusión Social,
Juventud, Familias e Igualdad de 23 de mayo de 2024, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva,
por el Instituto Andaluz de la Juventud, a Asociaciones Juveniles, Federaciones
de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras entidades y Grupos de
Corresponsales Juveniles, para la realización de actuaciones en materia de juventud.
(BOJA núm. 103, de 29 de mayo de 2024).
Quinto. Importe.
1. Para el ejercicio 2024, la financiación de estas subvenciones se realizará con cargo a los
créditos consignados en las posiciones presupuestarias 1832020000 G/32F/48500/0001
y 1832010000 G/32F/48501/00 01 del programa presupuestario de gastos del Instituto
Andaluz de la Juventud, por la cuantías totales máximas de 176.749,22 € y 66.929,69 €,
respectivamente.
La cantidad de 176.749,22 € se distribuye por cada uno de los ocho ámbitos
territoriales establecidos en el apartado 2.d) del cuadro resumen, todo ello de acuerdo
con lo previsto en el artículo 9.3, párrafo segundo, de la Orden de 6 de abril de 2018, de la
Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula el procedimiento
de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por
la Administración de la Junta de Andalucía, y sus agencias administrativas y de régimen
especial. Según lo anterior, le correspondería una cuantía máxima de 22.093,65 € a las
provincias de Almería, Cádiz, Córdoba, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla; y una cuantía
máxima de 22.093,67 € a la provincia de Granada.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, a contar desde el
día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente
extracto previsto en el art. 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Séptimo. Otros datos.
Tanto la solicitud, como el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y
presentación de documentos, a los que se refiere la Orden de la Consejería de Inclusión
Social, Juventud, Familias e Igualdad de 23 de mayo de 2024, anteriormente citada,
figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria y se podrán obtener
en la siguiente URL: https://ws101.juntadeandalucia.es/patiojoven/scri en el Portal de
la Administración de la Junta de Andalucía, así como en las Oficinas de Asistencia en
materia de Registro de la sede central del Instituto Andaluz de la Juventud y de sus
Direcciones Provinciales.
00304333
Sevilla, 25 de junio de 2024.- El Director General del Instituto Andaluz de la Juventud,
P.D. (disp. adic. primera Orden de 23.5.24), Pedro Antonio Ramírez Sánchez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 131 - Lunes, 8 de julio de 2024
página 47383/2
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de la Consejería de Inclusión Social,
Juventud, Familias e Igualdad de 23 de mayo de 2024, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva,
por el Instituto Andaluz de la Juventud, a Asociaciones Juveniles, Federaciones
de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras entidades y Grupos de
Corresponsales Juveniles, para la realización de actuaciones en materia de juventud.
(BOJA núm. 103, de 29 de mayo de 2024).
Quinto. Importe.
1. Para el ejercicio 2024, la financiación de estas subvenciones se realizará con cargo a los
créditos consignados en las posiciones presupuestarias 1832020000 G/32F/48500/0001
y 1832010000 G/32F/48501/00 01 del programa presupuestario de gastos del Instituto
Andaluz de la Juventud, por la cuantías totales máximas de 176.749,22 € y 66.929,69 €,
respectivamente.
La cantidad de 176.749,22 € se distribuye por cada uno de los ocho ámbitos
territoriales establecidos en el apartado 2.d) del cuadro resumen, todo ello de acuerdo
con lo previsto en el artículo 9.3, párrafo segundo, de la Orden de 6 de abril de 2018, de la
Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula el procedimiento
de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por
la Administración de la Junta de Andalucía, y sus agencias administrativas y de régimen
especial. Según lo anterior, le correspondería una cuantía máxima de 22.093,65 € a las
provincias de Almería, Cádiz, Córdoba, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla; y una cuantía
máxima de 22.093,67 € a la provincia de Granada.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, a contar desde el
día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente
extracto previsto en el art. 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Séptimo. Otros datos.
Tanto la solicitud, como el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y
presentación de documentos, a los que se refiere la Orden de la Consejería de Inclusión
Social, Juventud, Familias e Igualdad de 23 de mayo de 2024, anteriormente citada,
figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria y se podrán obtener
en la siguiente URL: https://ws101.juntadeandalucia.es/patiojoven/scri en el Portal de
la Administración de la Junta de Andalucía, así como en las Oficinas de Asistencia en
materia de Registro de la sede central del Instituto Andaluz de la Juventud y de sus
Direcciones Provinciales.
00304333
Sevilla, 25 de junio de 2024.- El Director General del Instituto Andaluz de la Juventud,
P.D. (disp. adic. primera Orden de 23.5.24), Pedro Antonio Ramírez Sánchez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja