Disposiciones generales. . (2024/130-2)
Resolución de 1 de julio de 2024, de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE), por la que se efectúa convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para proyectos de puesta en marcha de pequeñas empresas en Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 130 - Viernes, 5 de julio de 2024
página 47565/2
condiciones establecidos en el apartado 2.2.a) y en el apartado 4 del cuadro resumen del
Decreto 114/2024, de 18 de junio.
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará a las 9:00 horas del tercer día
hábil posterior a la publicación del Extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía en la forma prevista en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y finalizará a las 14:00 horas del 30 de diciembre
de 2027.
Quinto. Aprobación de formularios y presentación de solicitudes.
1. Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 12 de las bases reguladoras, se aprueban
con esta convocatoria el formulario de solicitud, así como el de alegaciones/aceptación
que se incorporan respectivamente como anexos a la presente resolución.
2. Dichos formularios se encuentran incorporados en la herramienta telemática de
tramitación de solicitudes.
3. Las solicitudes para la obtención de las subvenciones deberán cumplimentarse
telemáticamente con los medios electrónicos disponibles en la dirección de Internet de la
Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico.
4. Las solicitudes y los documentos que la acompañan se presentarán a través de la
dirección electrónica: www.andaluciatrade.es/oficinavirtual, sin perjuicio de lo establecido
en el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, siendo obligatoria la presentación
telemática de las mismas.
Sexto. Otra documentación adicional.
Durante la tramitación de los expedientes de ayuda, además de la documentación
expresamente identificada en los apartados 14.a) 1 y 2 del cuadro resumen, podrá ser
necesario solicitar otra documentación adicional exclusivamente relacionada con la
comprobación de la elegibilidad de la persona o entidad solicitante y/o del proyecto solicitado.
Séptimo. Financiación, partida presupuestaria y cuantía máxima de las subvenciones
a otorgar con la convocatoria.
1. Atendiendo a lo dispuesto en la disposición adicional única de las bases reguladoras,
se consigna crédito presupuestario para la financiación de las ayudas correspondientes a
la presente convocatoria por importe de 7.500.000 euros con cargo al presupuesto de la
Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).
2 Las subvenciones estarán cofinanciadas al 85% por la Unión Europea, dentro del
Programa Andalucía FEDER 2021-2027 en la medida A411CA21EB que se corresponde
con el tipo de acción A. Fomento del emprendimiento y ámbito de intervención 021.
Desarrollo empresarial e internacionalización de las pymes, incluidas las inversiones
productivas.
3. La partida presupuestaria con cargo a la que se imputará el gasto de estas
subvenciones es la siguiente:
IMPORTE MÁXIMO
7.500.000,00 €
4. En el supuesto de que antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes se
agotara el presupuesto establecido en la presente convocatoria, la Agencia Empresarial
para la Transformación y el Desarrollo Económico publicará en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía la correspondiente resolución para su general conocimiento. En tal
caso, el plazo de presentación de solicitudes finalizará el día de la publicación en el
citado Boletín.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304515
PARTIDA PRESUPUESTARIA
1051 17 0003 G/72B/ 770000/ 00/ A411CA21EB 2024001229
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 130 - Viernes, 5 de julio de 2024
página 47565/2
condiciones establecidos en el apartado 2.2.a) y en el apartado 4 del cuadro resumen del
Decreto 114/2024, de 18 de junio.
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará a las 9:00 horas del tercer día
hábil posterior a la publicación del Extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía en la forma prevista en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y finalizará a las 14:00 horas del 30 de diciembre
de 2027.
Quinto. Aprobación de formularios y presentación de solicitudes.
1. Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 12 de las bases reguladoras, se aprueban
con esta convocatoria el formulario de solicitud, así como el de alegaciones/aceptación
que se incorporan respectivamente como anexos a la presente resolución.
2. Dichos formularios se encuentran incorporados en la herramienta telemática de
tramitación de solicitudes.
3. Las solicitudes para la obtención de las subvenciones deberán cumplimentarse
telemáticamente con los medios electrónicos disponibles en la dirección de Internet de la
Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico.
4. Las solicitudes y los documentos que la acompañan se presentarán a través de la
dirección electrónica: www.andaluciatrade.es/oficinavirtual, sin perjuicio de lo establecido
en el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, siendo obligatoria la presentación
telemática de las mismas.
Sexto. Otra documentación adicional.
Durante la tramitación de los expedientes de ayuda, además de la documentación
expresamente identificada en los apartados 14.a) 1 y 2 del cuadro resumen, podrá ser
necesario solicitar otra documentación adicional exclusivamente relacionada con la
comprobación de la elegibilidad de la persona o entidad solicitante y/o del proyecto solicitado.
Séptimo. Financiación, partida presupuestaria y cuantía máxima de las subvenciones
a otorgar con la convocatoria.
1. Atendiendo a lo dispuesto en la disposición adicional única de las bases reguladoras,
se consigna crédito presupuestario para la financiación de las ayudas correspondientes a
la presente convocatoria por importe de 7.500.000 euros con cargo al presupuesto de la
Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).
2 Las subvenciones estarán cofinanciadas al 85% por la Unión Europea, dentro del
Programa Andalucía FEDER 2021-2027 en la medida A411CA21EB que se corresponde
con el tipo de acción A. Fomento del emprendimiento y ámbito de intervención 021.
Desarrollo empresarial e internacionalización de las pymes, incluidas las inversiones
productivas.
3. La partida presupuestaria con cargo a la que se imputará el gasto de estas
subvenciones es la siguiente:
IMPORTE MÁXIMO
7.500.000,00 €
4. En el supuesto de que antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes se
agotara el presupuesto establecido en la presente convocatoria, la Agencia Empresarial
para la Transformación y el Desarrollo Económico publicará en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía la correspondiente resolución para su general conocimiento. En tal
caso, el plazo de presentación de solicitudes finalizará el día de la publicación en el
citado Boletín.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304515
PARTIDA PRESUPUESTARIA
1051 17 0003 G/72B/ 770000/ 00/ A411CA21EB 2024001229