Disposiciones generales. . (2024/130-8)
Orden de 19 de junio de 2024, por la que se convoca para el ejercicio 2024, en régimen de concurrencia no competitiva, las subvenciones de las actuaciones que se encuentren adscritas al programa de fomento del parque de viviendas en alquiler o de cesión de uso en Andalucía según la Orden de 4 de mayo de 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 130 - Viernes, 5 de julio de 2024

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4. DECLARACIONES
DECLARO, bajo mi expresa responsabilidad, que la personaentidad solicitante:
No se halla incursa en ninguna de las prohibiciones contempladas en la Orden por la que se regula la adscripción de
actuaciones al programa de fomento del parque de viviendas protegidas en alquiler o de cesión de uso en Andalucía y la
concesión de subvenciones a las mismas.
No se halla incursa en algunas de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así
como en el artículo 116.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía (apartados 2.º,
4.º y 5.º)
No haber sido objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias previstas en la letra a) de los
apartados 2 y 3 del artículo 80 de la ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
No haber sido sancionada por resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de los derechos
de las personas LGTBI conforme a lo establecido en el artículo 45.4 de la Ley 8/2017, de 28 de diciembre, para garantizar los
derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares en Andalucía.

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

Las viviendas no superan los 90 m² útiles. Este límite puede incrementarse hasta un 20 por ciento, cuando se trate de viviendas
adaptadas para personas con movilidad reducida y figuren como tal en la calificación definitiva.
Las viviendas obtendrán una calificación energética mínima A, tanto en emisiones de CO2 como en consumo de energía no
renovable, de acuerdo con lo regulado por el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven
y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
Que las viviendas serán calificadas en régimen especial; la persona promotora beneficiaria está incluida en alguna de las
categorías recogidas en los apartados b) o c) del artículo 3. c); se destinarán al menos el 50 por ciento de las viviendas a
unidades familiares o de convivencia cuyos ingresos no superarán 1,2 veces el IPREM, siendo la renta de las viviendas para este
colectivo reducida en un 30 por ciento respecto a la regulada para el régimen especial. (Caso de ayuda adicional del artículo
4.2.c)
Cumple los requisitos exigidos para obtener la condición de beneficiaria.
Que la actuación ha sido adscrita al programa de fomento del parque de viviendas protegidas en alquiler o de cesión de uso y
se mantienen las condiciones y requisitos de dicha adscripción, previstos en el artículo 2.
Que la actuación cuenta con acuerdo de financiación en el seno de la comisión bilateral entre el Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana, la Comunidad Autónoma de Andalucía y el ayuntamiento del municipio donde se ubique la
actuación.
Se compromete a cumplir las obligaciones exigidas por la normativa de aplicación.
Se compromete a presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos en el momento procedimental
que corresponda.
Acredita que todos los documentos presentados se corresponden fielmente con los originales (Caso de aportar copias
escaneadas).
No ha solicitado ni obtenido subvenciones o ayudas para la misma finalidad relacionadas con esta solicitud.
Ha obtenido una subvención del programa de fomento del parque de viviendas en alquiler o de cesión de uso que está sujeta a
bases reguladoras anteriores, tratándose de una actuación no concluida que continúa su tramitación conforme a los plazos
regulados.
Ha solicitado y/u obtenido otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad relacionadas con esta
solicitud, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.

Solicitadas
Fecha/Año

Otras administraciones/entes públicos o privados, nacionales o internacionales

Importe/Concepto Mínimis
(SI/NO)





Concedidas
Fecha/Año

Otras administraciones/entes públicos o privados, nacionales o internacionales

Importe/Concepto Mínimis
(SI/NO)




00304380



Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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