Autoridades y personal. . (2024/129-33)
Resolución de 28 de junio de 2024, de la Universidad de Córdoba, por la que se publica la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador para el año 2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 129 - Jueves, 4 de julio de 2024
página 47453/2
Premisa 6. Dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos
de Catedráticos/as de Universidad y Profesorado Titular de Universidad y al Profesorado
Permanente Laboral, previsto en el párrafo anterior, cada Universidad estará obligada
a destinar, como mínimo, un 15% del total de plazas que oferte y a la incorporación,
en aquella categoría para la que esté acreditado, del Personal Investigador Doctor
que haya superado la evaluación del Programa de Incentivación de la Incorporación e
Intensificación de la Actividad Investigadora (I3) o que haya obtenido el certificado como
investigador/a establecido/a (R3). En el supuesto de que queden vacantes las plazas
previstas en esta reserva, se podrán acumular a la convocatoria ordinaria de turno libre
de ese año. Esto hace un total de veinte plazas de las ciento veintisiete ofertadas.
Premisa 7. No computarán, dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa
de reposición de efectivos, las plazas que se convoquen para su provisión mediante
procesos de Promoción Interna, y las correspondientes al personal declarado indefinido
no fijo mediante sentencia judicial.
Premisa 8. Del total de las 127 plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público de
PDI por turno libre, se reserva un mínimo del 10% para ser cubiertas entre personas
con discapacidad, esto es, 13 plazas. De estas plazas, se reserva un 1% para el cupo
de personas con enfermedad mental, quedando 12 plazas para discapacidad general,
incluyendo en este tipo el 2% para el cupo de personas con discapacidad intelectual,
toda vez que este tipo de discapacidad se caracteriza por limitaciones significativas tanto
en el funcionamiento intelectual como en el comportamiento adaptativo, que abarca
muchas habilidades sociales y prácticas cotidianas, por lo que parece incompatible con
la cobertura de estas plazas entre personal que cuente con el grado de Doctor y esté
acreditado para las figuras de Profesorado Permanente Laboral, Profesor/a Titular o
Catedrático/a.
Premisa 9. Del total de las 78 plazas por el turno de promoción interna para el Cuerpo
de Catedráticos/as de Universidad, se reserva el mismo 10% para ser cubiertas entre
personas con discapacidad, resultando un total de 8 plazas, 7 para discapacidad general
y 1 para discapacidad mental. La reserva para el cupo de personas con discapacidad
intelectual ha sido incluida en la parte general, de acuerdo con la motivación de la premisa
anterior.
En atención a lo señalado anteriormente, el Consejo de Gobierno de la Universidad de
Córdoba, en sesión celebrada el 28 de junio de 2024, previa negociación con los Órganos
de Representación del Personal Funcionario y Laboral, y conforme a lo dispuesto en el
artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el artículo 20
de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2023 y prorrogados para este año 2024; el artículo 13 de la Ley 12/2023, de 26 de
diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024,
así como en los Estatutos de la Universidad de Córdoba; este Rectorado
Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador
de la Universidad de Córdoba para el año 2024, aprobada por acuerdo de Consejo de
Gobierno de 28 de junio de 2024, y por acuerdo de la Comisión Mixta de Seguimiento
del Concierto Específico entre la Junta de Andalucía y la Universidad de Córdoba para la
utilización de las Instituciones Sanitarias en la Investigación y la Docencia de fecha 11 de
abril de 2024, en su caso, que se acompañan como anexos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304403
RESU ELV E
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 129 - Jueves, 4 de julio de 2024
página 47453/2
Premisa 6. Dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos
de Catedráticos/as de Universidad y Profesorado Titular de Universidad y al Profesorado
Permanente Laboral, previsto en el párrafo anterior, cada Universidad estará obligada
a destinar, como mínimo, un 15% del total de plazas que oferte y a la incorporación,
en aquella categoría para la que esté acreditado, del Personal Investigador Doctor
que haya superado la evaluación del Programa de Incentivación de la Incorporación e
Intensificación de la Actividad Investigadora (I3) o que haya obtenido el certificado como
investigador/a establecido/a (R3). En el supuesto de que queden vacantes las plazas
previstas en esta reserva, se podrán acumular a la convocatoria ordinaria de turno libre
de ese año. Esto hace un total de veinte plazas de las ciento veintisiete ofertadas.
Premisa 7. No computarán, dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa
de reposición de efectivos, las plazas que se convoquen para su provisión mediante
procesos de Promoción Interna, y las correspondientes al personal declarado indefinido
no fijo mediante sentencia judicial.
Premisa 8. Del total de las 127 plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público de
PDI por turno libre, se reserva un mínimo del 10% para ser cubiertas entre personas
con discapacidad, esto es, 13 plazas. De estas plazas, se reserva un 1% para el cupo
de personas con enfermedad mental, quedando 12 plazas para discapacidad general,
incluyendo en este tipo el 2% para el cupo de personas con discapacidad intelectual,
toda vez que este tipo de discapacidad se caracteriza por limitaciones significativas tanto
en el funcionamiento intelectual como en el comportamiento adaptativo, que abarca
muchas habilidades sociales y prácticas cotidianas, por lo que parece incompatible con
la cobertura de estas plazas entre personal que cuente con el grado de Doctor y esté
acreditado para las figuras de Profesorado Permanente Laboral, Profesor/a Titular o
Catedrático/a.
Premisa 9. Del total de las 78 plazas por el turno de promoción interna para el Cuerpo
de Catedráticos/as de Universidad, se reserva el mismo 10% para ser cubiertas entre
personas con discapacidad, resultando un total de 8 plazas, 7 para discapacidad general
y 1 para discapacidad mental. La reserva para el cupo de personas con discapacidad
intelectual ha sido incluida en la parte general, de acuerdo con la motivación de la premisa
anterior.
En atención a lo señalado anteriormente, el Consejo de Gobierno de la Universidad de
Córdoba, en sesión celebrada el 28 de junio de 2024, previa negociación con los Órganos
de Representación del Personal Funcionario y Laboral, y conforme a lo dispuesto en el
artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el artículo 20
de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2023 y prorrogados para este año 2024; el artículo 13 de la Ley 12/2023, de 26 de
diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024,
así como en los Estatutos de la Universidad de Córdoba; este Rectorado
Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador
de la Universidad de Córdoba para el año 2024, aprobada por acuerdo de Consejo de
Gobierno de 28 de junio de 2024, y por acuerdo de la Comisión Mixta de Seguimiento
del Concierto Específico entre la Junta de Andalucía y la Universidad de Córdoba para la
utilización de las Instituciones Sanitarias en la Investigación y la Docencia de fecha 11 de
abril de 2024, en su caso, que se acompañan como anexos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304403
RESU ELV E