Disposiciones generales. . (2024/129-3)
Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se convocan para el año 2024 las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para la celebración de congresos, cursos, seminarios, jornadas y otras actividades de naturaleza similar en materia de justicia juvenil y cooperación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 129 - Jueves, 4 de julio de 2024

página 47421/3

Quinto. Plazo máximo para resolver y notificar.
1. De conformidad con lo previsto en el apartado 15 del Cuadro Resumen de las
Líneas 1 y 2 de la Orden de 1 de mayo de 2024, la resolución de concesión deberá
dictarse y notificarse en el plazo máximo de tres meses contados a partir de la fecha en la
que haya tenido entrada la solicitud en el Registro Electrónico Único de la Administración
de la Junta de Andalucía.
2. El vencimiento del plazo máximo sin que se hubiese dictado y publicado la
resolución expresa, legitima a las personas interesadas para entender desestimada por
silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
Sexto. Plazo de ejecución.
1. El plazo dentro del cual deben haberse realizado los gastos subvencionables será:
a) Línea 1. Fomento de la generación de conocimiento e incremento de la formación
entre los distintos operadores que intervienen en el ámbito de la asistencia a las víctimas
y de la justicia juvenil, desde el 1 de enero hasta el 31 de octubre de 2024.
b) Línea 2. Fomento de la generación de conocimiento e incremento de la formación
entre los distintos operadores que intervienen en los ámbitos de justicia gratuita,
mediación y otros medios adecuados de solución de controversias, y régimen jurídico de
las asociaciones, fundaciones y colegios profesionales, desde el 1 de enero hasta el 31
de octubre de 2024.
Séptimo. Otros.
Las solicitudes tramitadas al amparo de esta convocatoria se regirán en todos sus
aspectos, entre ellos, los requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos
y los órganos competentes para instruir y resolver, por lo establecido en las bases
reguladoras, aprobadas mediante Orden de 1 de mayo de 2024, de la Consejería Justicia,
Administración Local y Función Pública.

00304371

Sevilla, 13 de junio de 2024.- El Director General, Esteban Rondón Mata.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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