3. Otras disposiciones. . (2024/129-34)
Resolución de 10 de junio de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Sevilla, por la que se concede Autorización Administrativa Previa, Autorización Administrativa de Construcción y de Declaración en concreto de Utilidad Pública. (PP. 8872/2024).
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 129 - Jueves, 4 de julio de 2024

página 46742/2

continuación se enumeran, ya que según declara el promotor de la instalación, pueden verse
afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos presten su conformidad u
oposición y, en su caso, establezcan el condicionado técnico procedente:
• Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul.
• Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.
• Consejería de Turismo, Cultura y Deporte-Comisión Andaluza de Arqueología.
• Ayuntamiento de Dos Hermanas.
• Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.
• Red Eléctrica de España, S.A.U.
• EDistribución Redes Digitales, S.L.U.
• Nedgia Andalucía, S.A.
• Telefónica, S.A.
• Grupo Orange Spagne, S.A.
Desde el punto el punto de vista sectorial energético, se da la circunstancia de
que existe conformidad entre los organismos afectados y la peticionaria acorde con
la documentación aportada, así mismo también se manifiesta conformidad con las
alegaciones e informes presentados por los citados organismos afectados en los plazos
reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según obra en el expediente de
referencia.
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene otorgada
esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:
• Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.
• Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.
• Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la
Consejería de Política Industrial y Energía.
• Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
• Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de
simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación
económica en Andalucía.
• Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que
se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales
competentes en materia de energía.
• Orden de 5 de junio de 2013, por la que se delegan competencias en órganos
directivos de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Tercero. Son de aplicación específica a los hechos descritos en el procedimiento:
• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
• Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa.
• Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y
eficiencia energética de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00303692

Segundo. Son de aplicación general al procedimiento:
• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
• Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.