Disposiciones generales. . (2024/129-1)
Orden de 19 de junio de 2024, por la que se efectúa convocatoria, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones acogidas al Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 129 - Jueves, 4 de julio de 2024

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ANEXO I

4. DECLARACIONES
DECLARO, bajo mi expresa responsabilidad, que la persona o entidad solicitante:
Cumple los requisitos exigidos para obtener la condición de persona beneficiaria, y aporta junto con esta solicitud la
documentación exigida en las bases reguladoras.
Cumple los requisitos exigidos para obtener la condición de persona beneficiaria, y se compromete a aportar, en el trámite
de audiencia, la documentación exigida en las bases reguladoras.
No ha solicitado ni obtenido subvenciones o ayudas para la misma finalidad relacionadas con esta solicitud.
Ha solicitado y/u obtenido otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad relacionadas con esta
solicitud, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
Solicitadas
Fecha/Año

Administración / Ente público o privado, nacional o internacional

Importe/Concepto











Fecha/Año

Administración / Ente público o privado, nacional o internacional

Importe/Concepto











Minimis
(Sí/No)

Minimis
(Sí/No)

Se compromete a cumplir las obligaciones exigidas.
No se halla incursa en ninguna de las prohibiciones contempladas en las bases reguladoras de aplicación.
Se compromete a cumplir con el principio de <> (DNSH) en el sentido
establecido en el apartado 6 del artículo 2 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento europeo y del Consejo de 12 de
febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
No ha recibido ayudas que hayan sido declaradas ilegales o incompatibles por la comisión europea o en su caso si habiendo
recibido tales ayudas, ha procedido a su reembolso o pago en una cuenta bancaria bloqueada, según se establece artículo 3
del Decreto 303/2015, de 21 de julio.
Se compromete a cumplir los principios transversales del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia relacionados
en el artículo 2.2 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, de acuerdo con las definiciones establecidas en los artículos 3 y siguientes de la
misma (Acreditación del resultado; etiquetado verde y etiquetado digital; análisis de riesgo en relación con posibles impactos
negativos significativos en el medioambiente, seguimiento y verificación de resultado seguimiento y verificación de resultado
sobre la evaluación inicial; refuerzo de mecanismos para la prevención, detección y corrección del fraude la corrupción y los
conflictos de interés; compatibilidad del régimen de ayudas de Estado y prevención de la doble financiación; identificación
del perceptor final de los fondos sea como beneficiario de las ayudas, o adjudicatario de un contrato o subcontratista;
comunicación).

00304317

007517

Otra/s (especificar):

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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