Disposiciones generales. . (2024/129-2)
Extracto de la Orden de 19 de junio de 2024, por la que se efectúa convocatoria, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones acogidas al Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA
Línea de
subvenciones
Línea 1.1
Línea 1.2
Total

Número 129 - Jueves, 4 de julio de 2024

página 47370/3

2024
5.036.385,00 €
0,00 €
5.036.385,00 €

2025

2026

36.332.459,60 €
6.128.889,40 €
42.461.349,00 €

Total

29.251.900,53 €
6.128.889,35 €
35.380.789,88 €

70.620.745,13 €
12.257.778,75 €
82.878.523,88 €

3. La concesión de las subvenciones se realizará con cargo a los créditos de los
ejercicios 2024, 2025 y 2026 de las partidas presupuestarias que para cada línea de
subvenciones, clasificación económica del gasto y ERRP, figuran en el Anexo A que se
publica con la presente orden.
La distribución de los créditos entre los ámbitos territoriales que constituyen los
distintos ERRP de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se ha realizado teniendo en
cuenta los respectivos Acuerdos de la Comisión Bilateral, suscritos por el Ministerio de
Vivienda y Agenda Urbana, la Comunidad Autónoma de Andalucía y los respectivos
ayuntamientos implicados.
4. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, podrán redistribuirse los
sobrantes de los créditos estimados, entre cada línea de subvenciones y entre cada uno
de los ámbitos territoriales que figuran en el Anexo I. En el caso de redistribución entre
líneas de subvenciones, se establece el siguiente orden de prelación: Línea 1.1 y línea 1.2.
Para el caso de redistribución entre ámbitos territoriales, se establece el siguiente orden
de prelación: El municipio, la provincia y por último entre provincias.
5. De acuerdo con lo previsto en el artículo 5.4 de las bases reguladoras tipo para
la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, aprobadas
por la Orden 20 de diciembre de 2019, los eventuales aumentos sobrevenidos en el
crédito disponible posibilitarán una resolución complementaria de la concesión de la
subvención que incluya solicitudes que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan
sido beneficiarias por agotamiento del mismo.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes para la línea 1.1 de subvenciones para la
rehabilitación edificatoria, comenzará a las 9:00 horas del día siguiente al de la publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto previsto en el artículo 20.8.a)
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y finalizará el día 15 de
octubre de 2024, inclusive.
El plazo de presentación de las solicitudes para la línea 1.2 de subvenciones
adicionales para situaciones de vulnerabilidad económica, comenzará a las 9:00 horas
del día 16 de octubre de 2024 y finalizará el día 16 de diciembre de 2024, inclusive.
No obstante, dichos plazos podrán ser ampliados previa publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía de la orden de ampliación correspondiente.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para las solicitudes y demás datos necesarios figuran publicados en
el presente BOJA junto con la convocatoria.
Sevilla, 27 de junio de 2024
ROCÍO DÍAZ JIMÉNEZ

00304320

Consejera de Fomento, Articulación del Territorio
y Vivienda

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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