5. Anuncios. . (2024/129-62)
Anuncio de 26 de junio de 2024, de la Dirección de Administración General de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, por el que se da publicidad a la convocatoria de provisión interna de vacante de Técnico Superior de Comunicación de Servicios Centrales.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 129 - Jueves, 4 de julio de 2024
página 47411/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Anuncio de 26 de junio de 2024, de la Dirección de Administración General de la
Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, por el que se da publicidad
a la convocatoria de provisión interna de vacante de Técnico Superior de
Comunicación de Servicios Centrales.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 30.4 del Decreto del Consejo de Gobierno
de la Junta de Andalucía 174/2016, de 15 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos
de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, que exige la publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las convocatorias para la selección del personal
de la Agencia, por el presente y para general conocimiento, se dispone la publicación de
la Resolución de fecha 21 de junio de 2024, cuyo tenor literal a continuación se transcribe:
«RESOLUCIÓN DEL GERENTE DE LA AGENCIA DE VIVIENDA Y REHABILITACIÓN
DE ANDALUCÍA POR LA QUE SE EFECTÚA CONVOCATORIA DE PROVISIÓN
INTERNA DE VACANTE DE TÉCNICO SUPERIOR DE COMUNICACIÓN DE SERVICIOS
CENTRALES DE LA AGENCIA DE VIVIENDA Y REHABILITACIÓN DE ANDALUCÍA.
Primero. Por Decreto 174/2016, de 15 de noviembre, se aprueban los nuevos Estatutos
de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, los cuales no sólo se han
adecuado a las determinaciones de las Leyes 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración
de la Junta de Andalucía y 1/2011, de 17 de febrero, de Reordenación del sector público de
Andalucía, ante los cambios operados en la normativa reguladora del régimen jurídico de
las Agencias y de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, sino que responden a un
nuevo modelo de Agencia cuyo objeto social se vió sensiblemente modificado y ampliado a
la consolidación en la prestación de servicios.
La aprobación de los Estatutos supuso la introducción de diversos cambios en
aspectos tan relevantes como el régimen jurídico y las potestades públicas de la Agencia, la
clarificación de competencias sobre contratación, la reorganización de ciertas funciones de
los órganos de gobierno y dirección, el ejercicio de potestades públicas, la determinación
de los puestos de trabajo que tienen la consideración de personal directivo de la misma y
diversas cuestiones en materias de programación, control y personal, entre otras.
La asunción de estas potestades y competencias hacen especialmente relevantes el
mantenimiento, en la medida de lo posible, de los puestos de carácter técnico dentro de la
Agencia y, por consiguiente, la potenciación de la promoción interna fomentada desde 2021
por la entonces Secretaría General de Regeneración, Racionalización y Transparencia de
la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Pública al señalar en el
informe recaído en el Expediente CN-00062/2021 que: «El procedimiento de promoción
interna dentro de convenio colectivo no precisa informe de esta Secretaría General. Como
es lógico, derivado de la promoción interna la persona trabajadora cambiará no solo sus
condiciones económicas sino también las de trabajo, ya que pasará a realizar tareas
diferentes. En todo caso, no es preceptivo el informe de este Centro Directivo al tener
regulado dicho procedimiento en el Convenio Colectivo.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304361
ANTECEDENTES
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 129 - Jueves, 4 de julio de 2024
página 47411/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Anuncio de 26 de junio de 2024, de la Dirección de Administración General de la
Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, por el que se da publicidad
a la convocatoria de provisión interna de vacante de Técnico Superior de
Comunicación de Servicios Centrales.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 30.4 del Decreto del Consejo de Gobierno
de la Junta de Andalucía 174/2016, de 15 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos
de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, que exige la publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las convocatorias para la selección del personal
de la Agencia, por el presente y para general conocimiento, se dispone la publicación de
la Resolución de fecha 21 de junio de 2024, cuyo tenor literal a continuación se transcribe:
«RESOLUCIÓN DEL GERENTE DE LA AGENCIA DE VIVIENDA Y REHABILITACIÓN
DE ANDALUCÍA POR LA QUE SE EFECTÚA CONVOCATORIA DE PROVISIÓN
INTERNA DE VACANTE DE TÉCNICO SUPERIOR DE COMUNICACIÓN DE SERVICIOS
CENTRALES DE LA AGENCIA DE VIVIENDA Y REHABILITACIÓN DE ANDALUCÍA.
Primero. Por Decreto 174/2016, de 15 de noviembre, se aprueban los nuevos Estatutos
de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, los cuales no sólo se han
adecuado a las determinaciones de las Leyes 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración
de la Junta de Andalucía y 1/2011, de 17 de febrero, de Reordenación del sector público de
Andalucía, ante los cambios operados en la normativa reguladora del régimen jurídico de
las Agencias y de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, sino que responden a un
nuevo modelo de Agencia cuyo objeto social se vió sensiblemente modificado y ampliado a
la consolidación en la prestación de servicios.
La aprobación de los Estatutos supuso la introducción de diversos cambios en
aspectos tan relevantes como el régimen jurídico y las potestades públicas de la Agencia, la
clarificación de competencias sobre contratación, la reorganización de ciertas funciones de
los órganos de gobierno y dirección, el ejercicio de potestades públicas, la determinación
de los puestos de trabajo que tienen la consideración de personal directivo de la misma y
diversas cuestiones en materias de programación, control y personal, entre otras.
La asunción de estas potestades y competencias hacen especialmente relevantes el
mantenimiento, en la medida de lo posible, de los puestos de carácter técnico dentro de la
Agencia y, por consiguiente, la potenciación de la promoción interna fomentada desde 2021
por la entonces Secretaría General de Regeneración, Racionalización y Transparencia de
la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Pública al señalar en el
informe recaído en el Expediente CN-00062/2021 que: «El procedimiento de promoción
interna dentro de convenio colectivo no precisa informe de esta Secretaría General. Como
es lógico, derivado de la promoción interna la persona trabajadora cambiará no solo sus
condiciones económicas sino también las de trabajo, ya que pasará a realizar tareas
diferentes. En todo caso, no es preceptivo el informe de este Centro Directivo al tener
regulado dicho procedimiento en el Convenio Colectivo.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304361
ANTECEDENTES