Autoridades y personal. . (2024/127-26)
Resolución Rectoral de 24 de junio de 2024, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de esta Universidad, de 20 de junio de 2024, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador para el año 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 127 - Martes, 2 de julio de 2024

página 47336/2

libres como las plazas de promoción interna, reservando de este 10% un porcentaje
específico del 2% para personas con discapacidad intelectual y un 1% para personas
con enfermedad mental que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
En este sentido, la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, ha previsto convocar 55
plazas de turno libre para Profesorado Titular de Universidad y Profesorado Permanente
Laboral más 16 plazas de promoción interna para Catedráticas/os de Universidad y
Profesorado Titular de Universidad siendo en total 71 plazas. Por lo que resultarían un
total de 8 plazas para las personas con discapacidad, que corresponde al 7%, 2% y 1%,
indicados anteriormente de las 71 plazas que pueden convocarse en total, tras realizar el
correspondiente redondeo al alza.
Asimismo, el artículo 20.Dos.3.I) de la LPGE para el año 2023 establece la
obligación de reservar un mínimo del 15% de las plazas que se oferten para las figuras
permanentes (Catedráticas/os de Universidad, Profesorado Titular de Universidad y
Profesorado Contratado Doctores) a la incorporación de Personal Investigador Doctor
que haya obtenido el certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y Cajal, en
aquella categoría para la que esté acreditado. Si no se utilizan las plazas previstas en
esta reserva, se podrán ofertar a otro personal investigador de programas de excelencia,
nacionales o internacionales, que hayan obtenido el certificado I3. Serían un total de 8
plazas para I3, que corresponde al 15% de las 55 plazas que pueden convocarse del
turno libre en total, tras efectuar el correspondiente redondeo de 8,25.
Las plazas se distribuyen en las categorías recogidas en el anexo, teniendo en
cuenta que, de acuerdo con el artículo 71.2 de la LOSU, se podrán convocar plazas de
promoción interna, para el acceso al cuerpo de Catedráticos de Universidad, siempre que
estén dotadas en el estado de gastos de su presupuesto. Estas plazas no podrán superar
el número máximo de plazas que sean objeto de oferta de empleo público de turno libre,
en ese mismo año, para el acceso a los cuerpos docentes.
Según el artículo 20.Tres.4.b) de la LPGE para el año 2023 no computarán dentro del
límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos las plazas que
se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna, ni los ceses
derivados de dichos procesos, salvo los supuestos de acceso por este sistema al Cuerpo
de Catedráticos de Universidad, en los términos previstos en el artículo 62.2 de la Ley
Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Esta previsión se recoge en el
artículo 71.2 de la LOSU.
Conforme a lo establecido anteriormente,
Este Rectorado, en virtud de las competencias que le están atribuidas conforme a la
ley, y efectuada negociación con los órganos de representación del personal docente, ha
resuelto:
Primero: Publicar la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador
de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla para el año 2024, aprobada por acuerdo
de Consejo de Gobierno de 20 de junio de 2024, que se recogen en el anexo.

Tercero: La publicación de las convocatorias de las plazas derivadas de esta OPE,
a lo largo de los 3 años en los que puede realizarse su ejecución en el artículo 70.1 del
EBEP, en el Boletín Oficial del Estado o en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
con el fin de garantizar los principios rectores en materia de acceso al empleo público
establecidos en el artículo 55 del EBEP.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Segundo: En la Oferta de Empleo Público se incluye las necesidades de recursos
humanos de carácter permanente en el ámbito docente e investigador con asignación
presupuestaria, que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes y
deben proveerse mediante personal de nuevo ingreso, que se determina en el anexo