3. Otras disposiciones. . (2024/127-32)
Resolución de 19 de junio de 2024, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se da publicidad a la ampliación de la vigencia del plan de gestión para la pesquería de rastros o dragas mecanizadas en el litoral mediterráneo de Andalucía.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 127 - Martes, 2 de julio de 2024
página 47273/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
El artículo 19 del Reglamento (CE) núm. 1967/2006 del Consejo, de 21 de diciembre de
2006, relativo a las medidas de gestión para la explotación sostenible de los recursos
pesqueros en el mar Mediterráneo y por el que se modifica el Reglamento (CEE) núm.
2847/1993 y se deroga el Reglamento 1626/1994, establece la obligación a los Estados
miembros de la Unión Europea de elaborar planes de gestión para determinadas
modalidades de pesca realizadas dentro de sus aguas jurisdiccionales, entre las que se
incluye la modalidad de pesca con rastros o dragas mecanizadas.
El 31 de marzo de 2014 se publica la Orden de 24 de marzo de 2014, por la que se
establece un plan de gestión para la pesquería de rastros o dragas mecanizadas en el
litoral mediterráneo de Andalucía, dando cumplimiento a la obligación establecida en el
artículo 19 del Reglamento (CE) núm. 1967/2006 del Consejo, de 21 de diciembre.
Con fecha 12 de enero, y a requerimiento de la Comisión Europea, se publica la Orden
de 29 de diciembre de 2014, que modifica la Orden de 24 de marzo de 2014, por la que
se establece un plan de gestión para la pesquería de rastros o dragas mecanizadas en el
litoral mediterráneo de Andalucía, incluyéndose un nuevo artículo 19 relativo a la vigencia
del plan, estableciendo que «El Plan se aplicará desde la entrada en vigor de la presente
orden hasta el 31 de diciembre de 2016 y será revisado y modificado, si procede, a la
vista de los informes científicos anualmente. Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo
anterior, y previo acuerdo de la Comisión Europea, el periodo señalado podrá, en su caso,
ser prorrogado a la vista de los informes científicos sobre la evolución de los recursos».
Una vez obtenida la aprobación de la Comisión Europea de la propuesta de
modificación y prórroga del plan de gestión, con fecha 7 de marzo de 2017, se publicó la
Orden de 1 de marzo de 2017, por la que se modifica la de 24 de marzo 2014, por la que
se establece un plan de gestión para la pesquería de rastros o dragas mecanizadas en el
litoral mediterráneo de Andalucía, quedando prorrogado el plan de gestión hasta el 31 de
diciembre de 2019.
Posteriormente, una vez finalizado este periodo de prórroga, con fecha 3 de enero
de 2020, se publicó la Orden de 27 de diciembre de 2019, por la que se modifica la de
24 de marzo de 2014, por la que se establece un plan de gestión para la pesquería de
rastros o dragas mecanizadas en el litoral mediterráneo de Andalucía, ampliándose de
nuevo el plazo de vigencia del plan hasta el 31 de diciembre de 2023, al mismo tiempo
que se modificaban los puntos de referencia biológicos de conservación, para mantener
la pesquería dentro de los límites biológicos seguros y sostenibles.
Con fecha 9 de diciembre los servicios de la DG MARE de la Comisión Europea
consideran que «El Plan de Dragas Mecanizadas de Andalucía, que tenía fecha de
terminación 31 de diciembre de 2023 se autoriza la prórroga por espacio de cinco meses
hasta el 30 de mayo de 2024 a la espera de la opinión del Comité de Pesca, Científico,
Técnico y Económico (STECF).»
Por este motivo, con fecha 9 de febrero de 2024, se publica la Resolución de 29
de enero de 2024, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se da
publicidad a la ampliación de la vigencia del plan de gestión para la pesquería de rastros
o dragas mecanizadas en el litoral mediterráneo de Andalucía, quedando ampliado el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304223
Resolución de 19 de junio de 2024, de la Dirección General de Pesca y
Acuicultura, por la que se da publicidad a la ampliación de la vigencia del plan
de gestión para la pesquería de rastros o dragas mecanizadas en el litoral
mediterráneo de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 127 - Martes, 2 de julio de 2024
página 47273/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
El artículo 19 del Reglamento (CE) núm. 1967/2006 del Consejo, de 21 de diciembre de
2006, relativo a las medidas de gestión para la explotación sostenible de los recursos
pesqueros en el mar Mediterráneo y por el que se modifica el Reglamento (CEE) núm.
2847/1993 y se deroga el Reglamento 1626/1994, establece la obligación a los Estados
miembros de la Unión Europea de elaborar planes de gestión para determinadas
modalidades de pesca realizadas dentro de sus aguas jurisdiccionales, entre las que se
incluye la modalidad de pesca con rastros o dragas mecanizadas.
El 31 de marzo de 2014 se publica la Orden de 24 de marzo de 2014, por la que se
establece un plan de gestión para la pesquería de rastros o dragas mecanizadas en el
litoral mediterráneo de Andalucía, dando cumplimiento a la obligación establecida en el
artículo 19 del Reglamento (CE) núm. 1967/2006 del Consejo, de 21 de diciembre.
Con fecha 12 de enero, y a requerimiento de la Comisión Europea, se publica la Orden
de 29 de diciembre de 2014, que modifica la Orden de 24 de marzo de 2014, por la que
se establece un plan de gestión para la pesquería de rastros o dragas mecanizadas en el
litoral mediterráneo de Andalucía, incluyéndose un nuevo artículo 19 relativo a la vigencia
del plan, estableciendo que «El Plan se aplicará desde la entrada en vigor de la presente
orden hasta el 31 de diciembre de 2016 y será revisado y modificado, si procede, a la
vista de los informes científicos anualmente. Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo
anterior, y previo acuerdo de la Comisión Europea, el periodo señalado podrá, en su caso,
ser prorrogado a la vista de los informes científicos sobre la evolución de los recursos».
Una vez obtenida la aprobación de la Comisión Europea de la propuesta de
modificación y prórroga del plan de gestión, con fecha 7 de marzo de 2017, se publicó la
Orden de 1 de marzo de 2017, por la que se modifica la de 24 de marzo 2014, por la que
se establece un plan de gestión para la pesquería de rastros o dragas mecanizadas en el
litoral mediterráneo de Andalucía, quedando prorrogado el plan de gestión hasta el 31 de
diciembre de 2019.
Posteriormente, una vez finalizado este periodo de prórroga, con fecha 3 de enero
de 2020, se publicó la Orden de 27 de diciembre de 2019, por la que se modifica la de
24 de marzo de 2014, por la que se establece un plan de gestión para la pesquería de
rastros o dragas mecanizadas en el litoral mediterráneo de Andalucía, ampliándose de
nuevo el plazo de vigencia del plan hasta el 31 de diciembre de 2023, al mismo tiempo
que se modificaban los puntos de referencia biológicos de conservación, para mantener
la pesquería dentro de los límites biológicos seguros y sostenibles.
Con fecha 9 de diciembre los servicios de la DG MARE de la Comisión Europea
consideran que «El Plan de Dragas Mecanizadas de Andalucía, que tenía fecha de
terminación 31 de diciembre de 2023 se autoriza la prórroga por espacio de cinco meses
hasta el 30 de mayo de 2024 a la espera de la opinión del Comité de Pesca, Científico,
Técnico y Económico (STECF).»
Por este motivo, con fecha 9 de febrero de 2024, se publica la Resolución de 29
de enero de 2024, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se da
publicidad a la ampliación de la vigencia del plan de gestión para la pesquería de rastros
o dragas mecanizadas en el litoral mediterráneo de Andalucía, quedando ampliado el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304223
Resolución de 19 de junio de 2024, de la Dirección General de Pesca y
Acuicultura, por la que se da publicidad a la ampliación de la vigencia del plan
de gestión para la pesquería de rastros o dragas mecanizadas en el litoral
mediterráneo de Andalucía.