Disposiciones generales. . (2024/127-1)
Orden de 26 de junio de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al desarrollo sostenible de la pesca en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027.
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Número 127 - Martes, 2 de julio de 2024

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Artículo 2. Régimen jurídico de las ayudas.
1. Las ayudas previstas en la presente orden se regirán, además de por lo previsto
en la misma, por las normas comunitarias aplicables y por las normas nacionales de
desarrollo o transposición de aquéllas, y en concreto:
a) Reglamento (UE) núm. 1380/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
11 de diciembre de 2013, sobre la Política Pesquera Común, por el que se modifican
los Reglamentos (CE) núm. 1954/2003 y (CE) núm. 1224/2009 del Consejo, y se
derogan los Reglamentos (CE) núm. 2371/2002 y (CE) núm. 639/2004, del Consejo y la
Decisión 2004/585/CE del Consejo.
b) Reglamento (UE, Euratom) núm. 2020/2093 del Consejo de 17 de diciembre de
2020, por el que se establece el marco financiero plurianual para el periodo 2021-2027.
c) Reglamento (UE) núm. 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24
de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo
Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión,
al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura,
así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración
e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la
Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
d) Reglamento (UE) núm. 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7
de julio de 2021, por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de
Acuicultura, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/1004 .
e) Reglamento de ejecución (UE) 2022/46 de la Comisión, de 13 de enero de 2022,
por el que se aplica el Reglamento (UE) núm. 2021/1139 del Parlamento Europeo
y del Consejo, por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de
Acuicultura, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/1004, en lo que respecta
a la determinación de tecnologías eficientes desde el punto de vista energético y a la
especificación de elementos metodológicos para determinar el esfuerzo pesquero normal
de los buques de pesca.
f) Reglamento delegado (UE) 2022/2181 de la Comisión, de 29 de junio de 2022, por
el que se completa el Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo,
relativo al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, en lo que respecta a
las fechas de inicio y los periodos de tiempo en relación con la inadmisibilidad de las
solicitudes de ayudas.
g) Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura
para España, aprobado por Decisión de ejecución de la Comisión Europea
núm. CCI 2021ES14MFPR001, de 29 de noviembre de 2022.
2. No obstante, serán de aplicación supletoria las disposiciones que sobre
procedimientos de concesión y gestión de subvenciones rijan para la Administración de la
Junta de Andalucía y, en concreto, las siguientes:
a) Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b) Ley Órganica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra
la Violencia de Género.
c) Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como las demás normas
básicas que desarrollen la ley.
d) Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
e) Ley Órganica 3/2007, de 22 de marzo, para la iguadad efectiva de mujeres y
hombres.
f) Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en
Andalucía.
g) Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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