Autoridades y personal. . (2024/126-29)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, por la que se anuncia la convocatoria de concurso de méritos específico para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la institución.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 126 - Lunes, 1 de julio de 2024

página 47184/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
OFICINA ANDALUZA CONTRA EL FRAUDE Y LA CORRUPCIÓN
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Oficina Andaluza contra el Fraude y
la Corrupción, por la que se anuncia la convocatoria de concurso de méritos
específico para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la institución.
De acuerdo con lo previsto en el art. 31.1 de la Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha
contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante,
en los artículos 2.1, 56 y 58 del Reglamento de Régimen Interior y Funcionamiento de
la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción (en adelante, la Oficina), aprobado
por Acuerdo de 20 de abril de 2022 de la Mesa del Parlamento de Andalucía, y siendo
de aplicación lo previsto en el Reglamento de promoción interna y provisión de puestos
de trabajo en la administración del Parlamento de Andalucía aprobado por Acuerdo de
la Mesa del Parlamento en sesión celebrada el 14 de diciembre de 2016 y el Acuerdo
de 3 y 10 de abril de 2024, de la Mesa del Parlamento de Andalucía por la que se
aprueba la modificación de la RPT de la Oficina, la Dirección de la Oficina, en uso
de las competencias que le están atribuidas en el artículo 14.2.g) del Reglamento de
Régimen Interior y Funcionamiento de esta institución, ha resuelto convocar un concurso
específico de méritos para cubrir los puestos de trabajo vacantes que se relacionan en la
base segunda de esta resolución y que se desarrollará con arreglo a las siguientes

Primera. Régimen jurídico y normativa aplicable.
1. Al presente procedimiento de provisión de puestos de trabajo vacantes de la Relación
de Puestos de Trabajo de la Oficina, le serán de aplicación los criterios de valoración y
baremos de puntuación establecidos en las presentes bases de la convocatoria.
2. En lo no dispuesto por éstas, se estará:
a) En primer lugar, a lo dispuesto en el Reglamento de promoción interna y provisión
de puestos de trabajo en la administración del Parlamento de Andalucía aprobado por
Acuerdo de la Mesa del Parlamento en sesión celebrada el 14 de diciembre de 2016, que
habrá de interpretarse aplicando criterios de analogía que hagan posible su aplicación a
esta institución.
En este sentido, y sin menoscabo de cuantas otras equivalencias interpretativas
procedan, con carácter general, las referencias realizadas a la Mesa del Parlamento de
Andalucía y a la Presidencia del Parlamento de Andalucía habrán de entenderse hechas
a la persona titular de la Dirección de la Oficina; las referencias realizadas al letrado o
letrada mayor del Parlamento de Andalucía habrán de entenderse hechas a la persona
que ocupe la Dirección Adjunta de la Oficina; las realizadas a los respectivos servicios
parlamentarios habrán de entenderse hechas a las Subdirecciones que desarrollen
funciones análogas en la Oficina; y las realizadas al personal al servicio del Parlamento
de Andalucía, deben entenderse hechas al personal funcionario de carrera al servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas.
b) En segundo lugar, a lo dispuesto por la regulación del concurso de méritos contenida
en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado
por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; en la Ley 5/2023, de 7 de junio,
de la Función Pública de Andalucía; y en el Reglamento general de ingreso, promoción
interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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BASES DE LA CONVOCATORIA