Autoridades y personal. . (2024/126-9)
Resolución de 24 de junio de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se declarara decaída en su derecho a adquirir la condición de personal laboral fijo, en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad en Medicina Interna, por el sistema de acceso libre en las pruebas selectivas de concurso convocado en los centros sanitarios de las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias y se acude a la relación complementaria de personas aspirantes a las que, siguiendo a las que superan el concurso, se les requiere presentación de solicitudes de petición de centro de destino.
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Número 126 - Lunes, 1 de julio de 2024
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bases de la convocatoria, en cuyo caso se le dará audiencia; por la persona titular de la
Dirección General competente en materia de personal se dictará resolución por la que
se acordará publicar la relación complementaria de las personas aspirantes que sigan
a las propuestas, para adquirir la condición de personal laboral fijo, las cuales deberán
presentar la solicitud de petición de centro de destino en la forma y términos establecidos
en la base 11.
Por su parte, mediante Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Dirección General
de Personal del Servicio Andaluz de Salud, se anuncia la apertura de audiencia previa
para las personas candidatas que se citan de la categoría de Facultativo/a Especialista
de Área, especialidad Medicina Interna, por el sistema de acceso libre, del proceso
selectivo de concurso, convocado mediante Resolución de 23 de diciembre de 2022, de
las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias, (BOJA núm. 107, de 4 de junio).
Dicha resolución, en su resuelve primero, concede, a fin de no causar indefensión y
de conformidad con lo establecido en la base 11.6, un plazo de diez días hábiles, a partir
del día hábil siguiente al de publicación de la citada resolución en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía a las personas candidatas que se citan en el anexo de esta resolución
para subsanar la falta de presentación de declaración responsable. Asimismo, establece
que, aquellas personas candidatas que, transcurrido el plazo de audiencia concedido,
no subsanaran la falta de declaración responsable del cumplimiento de los requisitos,
no podrán ser nombradas personal fijo del Servicio Andaluz de Salud, y perderán los
derechos derivados de su participación en el proceso selectivo, sin perjuicio, en su caso,
de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud, de
conformidad con lo establecido en la base 11.6.
Por su parte, en su resuelve segundo se establece que, en aplicación de lo establecido
en la base general 13.3, que en el caso de existir personas aspirantes que han superado
el concurso que deban perder los derechos derivados de su participación en las pruebas
selectivas, podrán ser nombrados por orden de puntuación los aspirantes que no hubieran
obtenido plaza de entre los contenidos en la resolución por la que se publica la relación
complementaria de las personas aspirantes prevista en la base 10.1.5, lo que deberá
ser publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía mediante resolución de esta
Dirección General de Personal.
Así, existiendo una persona que figurando en el anexo aspirantes a los que se les
concede un previo trámite de audiencia de la citada Resolución de 29 de mayo de 2024,
de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 107, de
4 de junio), manifiesta su desistimiento del presente proceso selectivo, procede acudir a
la relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para adquirir la
condición de personal laboral fijo, requiriéndoles presentación de solicitudes de petición
de destino.
De acuerdo con lo anterior y de conformidad con lo establecido en las bases 11.6,
12 y 13 del anexo de la Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Dirección General
de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las bases generales
de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso, por el
sistema de acceso libre, para cubrir plazas vacantes de categorías y especialidades de
personal laboral fijo, en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización
de empleo temporal para 2021 en las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias
(BOJA extraordinario núm. 35, de 30 de diciembre), en los Decretos 290/2021, 291/2021,
292/2021, 293/2021 y 294/2021, de 28 de diciembre, por el que se disuelven las Agencias
Públicas Empresariales Sanitarias (BOJA núm. 250, de 30 de diciembre), se designa
órgano liquidador, se establecen medidas en materia de personal y otras medidas
organizativas de carácter transitorio, en el Decreto 295/2021, de 28 de diciembre (BOJA
núm. 250, de 30 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para
la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios en las Agencias
Públicas Empresariales Sanitarias, y en virtud de lo dispuesto en el Decreto 156/2022, de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304093
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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bases de la convocatoria, en cuyo caso se le dará audiencia; por la persona titular de la
Dirección General competente en materia de personal se dictará resolución por la que
se acordará publicar la relación complementaria de las personas aspirantes que sigan
a las propuestas, para adquirir la condición de personal laboral fijo, las cuales deberán
presentar la solicitud de petición de centro de destino en la forma y términos establecidos
en la base 11.
Por su parte, mediante Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Dirección General
de Personal del Servicio Andaluz de Salud, se anuncia la apertura de audiencia previa
para las personas candidatas que se citan de la categoría de Facultativo/a Especialista
de Área, especialidad Medicina Interna, por el sistema de acceso libre, del proceso
selectivo de concurso, convocado mediante Resolución de 23 de diciembre de 2022, de
las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias, (BOJA núm. 107, de 4 de junio).
Dicha resolución, en su resuelve primero, concede, a fin de no causar indefensión y
de conformidad con lo establecido en la base 11.6, un plazo de diez días hábiles, a partir
del día hábil siguiente al de publicación de la citada resolución en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía a las personas candidatas que se citan en el anexo de esta resolución
para subsanar la falta de presentación de declaración responsable. Asimismo, establece
que, aquellas personas candidatas que, transcurrido el plazo de audiencia concedido,
no subsanaran la falta de declaración responsable del cumplimiento de los requisitos,
no podrán ser nombradas personal fijo del Servicio Andaluz de Salud, y perderán los
derechos derivados de su participación en el proceso selectivo, sin perjuicio, en su caso,
de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud, de
conformidad con lo establecido en la base 11.6.
Por su parte, en su resuelve segundo se establece que, en aplicación de lo establecido
en la base general 13.3, que en el caso de existir personas aspirantes que han superado
el concurso que deban perder los derechos derivados de su participación en las pruebas
selectivas, podrán ser nombrados por orden de puntuación los aspirantes que no hubieran
obtenido plaza de entre los contenidos en la resolución por la que se publica la relación
complementaria de las personas aspirantes prevista en la base 10.1.5, lo que deberá
ser publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía mediante resolución de esta
Dirección General de Personal.
Así, existiendo una persona que figurando en el anexo aspirantes a los que se les
concede un previo trámite de audiencia de la citada Resolución de 29 de mayo de 2024,
de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 107, de
4 de junio), manifiesta su desistimiento del presente proceso selectivo, procede acudir a
la relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para adquirir la
condición de personal laboral fijo, requiriéndoles presentación de solicitudes de petición
de destino.
De acuerdo con lo anterior y de conformidad con lo establecido en las bases 11.6,
12 y 13 del anexo de la Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Dirección General
de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las bases generales
de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso, por el
sistema de acceso libre, para cubrir plazas vacantes de categorías y especialidades de
personal laboral fijo, en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización
de empleo temporal para 2021 en las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias
(BOJA extraordinario núm. 35, de 30 de diciembre), en los Decretos 290/2021, 291/2021,
292/2021, 293/2021 y 294/2021, de 28 de diciembre, por el que se disuelven las Agencias
Públicas Empresariales Sanitarias (BOJA núm. 250, de 30 de diciembre), se designa
órgano liquidador, se establecen medidas en materia de personal y otras medidas
organizativas de carácter transitorio, en el Decreto 295/2021, de 28 de diciembre (BOJA
núm. 250, de 30 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para
la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios en las Agencias
Públicas Empresariales Sanitarias, y en virtud de lo dispuesto en el Decreto 156/2022, de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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