3. Otras disposiciones. . (2024/126-44)
Resolución de 21 de junio de 2024, de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo y se emplaza a los terceros interesados en el recurso contencioso-administrativo que se cita.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Lunes, 1 de julio de 2024
página 47242/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
Resolución de 21 de junio de 2024, de la Dirección Gerencia de la Agencia
Andaluza de la Energía, por la que se acuerda la remisión del expediente
administrativo y se emplaza a los terceros interesados en el recurso contenciosoadministrativo que se cita.
En fecha 21 de junio de 2024 se ha dictado por parte del Directora Gerente de la Agencia
Andaluza de la Energía resolución por la que se acuerda la remisión del expediente
administrativo y se emplaza a los terceros interesados en el recurso contenciosoadministrativo que se cita, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se dispone la publicación
de la mencionada resolución como anexo de la presente resolución.
A NE XO
Que mediante oficio remitido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 4 de
Sevilla, en el procedimiento abreviado 188/2024, interpuesto por María del Rosario García
Aranda, contra la desestimación del recurso de reposición interpuesto frente a la Resolución
de 1.3.2024, dictada por la Directora Gerente de la Agencia Andaluza de la Energía, por la
que se declara la desestimación del incentivo solicitado al amparo de la Resolución de 28 de
septiembre de 2021, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se convocan para los
años 2021-2023 los incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de
energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en Andalucía
acogidos al Real Decreto 477/2021, de 29 de junio (Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia) (expediente de subvención 523501); se ordena que se proceda a notificar la
resolución que acuerde la remisión del expediente administrativo y a emplazar a cuantos
resulten interesados en el procedimiento para que puedan personarse como demandados.
En consecuencia, de conformidad con lo ordenado por el órgano jurisdiccional, esta
Dirección Gerencia
RESU ELV E
Primero. La remisión del expediente administrativo correspondiente a María del Rosario
García Aranda al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 4 de Sevilla.
Tercero. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 21 de junio de 2024.- La Directora Gerente, Natalia Silvia Márquez García.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304192
Segundo. Notificar la presente resolución a cuantos aparezcan como interesados en
el procedimiento abreviado 188/2024, para que puedan personarse como demandados
en el plazo de nueve días ante el órgano judicial en legal forma, haciéndoles saber
que de personarse fuera del indicado plazo se les tendrá por parte, sin que por ello
deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento y, si no se personaren
oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a
practicarles notificación de clase alguna, según lo previsto en el artículo 50.3 de la Ley de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Lunes, 1 de julio de 2024
página 47242/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
Resolución de 21 de junio de 2024, de la Dirección Gerencia de la Agencia
Andaluza de la Energía, por la que se acuerda la remisión del expediente
administrativo y se emplaza a los terceros interesados en el recurso contenciosoadministrativo que se cita.
En fecha 21 de junio de 2024 se ha dictado por parte del Directora Gerente de la Agencia
Andaluza de la Energía resolución por la que se acuerda la remisión del expediente
administrativo y se emplaza a los terceros interesados en el recurso contenciosoadministrativo que se cita, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se dispone la publicación
de la mencionada resolución como anexo de la presente resolución.
A NE XO
Que mediante oficio remitido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 4 de
Sevilla, en el procedimiento abreviado 188/2024, interpuesto por María del Rosario García
Aranda, contra la desestimación del recurso de reposición interpuesto frente a la Resolución
de 1.3.2024, dictada por la Directora Gerente de la Agencia Andaluza de la Energía, por la
que se declara la desestimación del incentivo solicitado al amparo de la Resolución de 28 de
septiembre de 2021, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se convocan para los
años 2021-2023 los incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de
energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en Andalucía
acogidos al Real Decreto 477/2021, de 29 de junio (Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia) (expediente de subvención 523501); se ordena que se proceda a notificar la
resolución que acuerde la remisión del expediente administrativo y a emplazar a cuantos
resulten interesados en el procedimiento para que puedan personarse como demandados.
En consecuencia, de conformidad con lo ordenado por el órgano jurisdiccional, esta
Dirección Gerencia
RESU ELV E
Primero. La remisión del expediente administrativo correspondiente a María del Rosario
García Aranda al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 4 de Sevilla.
Tercero. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 21 de junio de 2024.- La Directora Gerente, Natalia Silvia Márquez García.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304192
Segundo. Notificar la presente resolución a cuantos aparezcan como interesados en
el procedimiento abreviado 188/2024, para que puedan personarse como demandados
en el plazo de nueve días ante el órgano judicial en legal forma, haciéndoles saber
que de personarse fuera del indicado plazo se les tendrá por parte, sin que por ello
deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento y, si no se personaren
oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a
practicarles notificación de clase alguna, según lo previsto en el artículo 50.3 de la Ley de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.