Autoridades y personal. . (2024/125-34)
Resolución de 24 de junio de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se ofertan plazas para que las personas seleccionadas y aquellas que integran la relación complementaria realicen petición de destino y aporten la documentación preceptiva en relación al proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema de concurso, en la categoría profesional de Psicólogo/a, correspondiente al Grupo I, para las plazas vinculadas a la Oferta de Empleo Público de estabilización del empleo temporal en la Administración General de la Junta de Andalucía para el año 2022, convocado por Resolución de 21 de diciembre de 2022.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 125 - Viernes, 28 de junio de 2024
página 47170/2
sesiones de la Comisión del VI Convenio Colectivo de 7 de mayo de 2020 y de 25 de
julio de 2022, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 12.1.c) del
Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de la Justicia, Administración Local y Función Pública, resuelve convocar
concurso de promoción para la cobertura de vacantes correspondientes al grupo
profesional I, con sujeción a las siguientes
BASES DE CONVOCATORIA
Segunda. Requisitos de los aspirantes.
1. Para participar en esta convocatoria será necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Estar vinculada la persona aspirante a la Administración de la Junta de Andalucía
por una relación jurídica de naturaleza laboral, de carácter fijo o fijo discontinuo, incluida
en el ámbito de aplicación del vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral de la
Administración de la Junta de Andalucía.
b) Acreditar una permanencia mínima de un año en la misma categoría profesional
con el carácter de fijo desde la que se pretende la promoción.
c) Estar en posesión de la titulación académica de licenciatura en Psicología o grado
en Psicología.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304119
Primera. Normas Generales.
1. De conformidad con lo establecido en el Capítulo VI del Convenio Colectivo del
Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, se convoca concurso
de promoción para la cobertura de las plazas correspondiente a la categoría profesional
«Psicólogo/a» del Grupo I, según número determinado en el Anexo I de la presente
resolución.
2. Del total de plazas convocadas se reservará el cupo especificado en el Anexo I
para ser cubiertas entre personas con discapacidad, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 109 de la Ley 5/2023, de 7 de junio así, como en el apartado 2 del artículo
4 del texto refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad
y de su Inclusión Social, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de
noviembre, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 del texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, y en las condiciones que se establecen en el artículo 28 de
la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y Atención a las Personas con
Discapacidad en Andalucía. En caso de no cubrirse las plazas vacantes reservadas para
el turno de discapacidad, se acumularán a posteriores ofertas hasta un límite del 10% de
las plazas no cubiertas. Las plazas restantes no cubiertas se acumularán a las del turno
general de la presente convocatoria.
3. En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se
hubiera presentado por el cupo de reserva no obtuviese plaza en él, siendo su puntuación
superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, será
incluida por su orden de puntuación en el sistema de acceso general, de acuerdo con
lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 4 del Decreto 93/2006, de 9 de mayo, por el
que se regula el ingreso, la promoción interna y la provisión de puestos de trabajo de
personas con discapacidad en la Función Pública de la Administración General de la
Junta de Andalucía.
4. La presente convocatoria se somete a lo establecido en materia de promoción
profesional del personal laboral en el Capítulo I del Título V de la Ley 5/2023, de 7 de
junio, y en el vigente VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de
la Junta de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 125 - Viernes, 28 de junio de 2024
página 47170/2
sesiones de la Comisión del VI Convenio Colectivo de 7 de mayo de 2020 y de 25 de
julio de 2022, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 12.1.c) del
Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de la Justicia, Administración Local y Función Pública, resuelve convocar
concurso de promoción para la cobertura de vacantes correspondientes al grupo
profesional I, con sujeción a las siguientes
BASES DE CONVOCATORIA
Segunda. Requisitos de los aspirantes.
1. Para participar en esta convocatoria será necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Estar vinculada la persona aspirante a la Administración de la Junta de Andalucía
por una relación jurídica de naturaleza laboral, de carácter fijo o fijo discontinuo, incluida
en el ámbito de aplicación del vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral de la
Administración de la Junta de Andalucía.
b) Acreditar una permanencia mínima de un año en la misma categoría profesional
con el carácter de fijo desde la que se pretende la promoción.
c) Estar en posesión de la titulación académica de licenciatura en Psicología o grado
en Psicología.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304119
Primera. Normas Generales.
1. De conformidad con lo establecido en el Capítulo VI del Convenio Colectivo del
Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, se convoca concurso
de promoción para la cobertura de las plazas correspondiente a la categoría profesional
«Psicólogo/a» del Grupo I, según número determinado en el Anexo I de la presente
resolución.
2. Del total de plazas convocadas se reservará el cupo especificado en el Anexo I
para ser cubiertas entre personas con discapacidad, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 109 de la Ley 5/2023, de 7 de junio así, como en el apartado 2 del artículo
4 del texto refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad
y de su Inclusión Social, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de
noviembre, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 del texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, y en las condiciones que se establecen en el artículo 28 de
la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y Atención a las Personas con
Discapacidad en Andalucía. En caso de no cubrirse las plazas vacantes reservadas para
el turno de discapacidad, se acumularán a posteriores ofertas hasta un límite del 10% de
las plazas no cubiertas. Las plazas restantes no cubiertas se acumularán a las del turno
general de la presente convocatoria.
3. En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se
hubiera presentado por el cupo de reserva no obtuviese plaza en él, siendo su puntuación
superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, será
incluida por su orden de puntuación en el sistema de acceso general, de acuerdo con
lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 4 del Decreto 93/2006, de 9 de mayo, por el
que se regula el ingreso, la promoción interna y la provisión de puestos de trabajo de
personas con discapacidad en la Función Pública de la Administración General de la
Junta de Andalucía.
4. La presente convocatoria se somete a lo establecido en materia de promoción
profesional del personal laboral en el Capítulo I del Título V de la Ley 5/2023, de 7 de
junio, y en el vigente VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de
la Junta de Andalucía.