Disposiciones generales. . (2024/125-4)
Resolución de 24 de junio de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de grado superior correspondientes al curso académico 2022/2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 125 - Viernes, 28 de junio de 2024
página 47164/3
media, consignada con dos cifras decimales, así como la documentación aportada por el
alumnado (artículo 4 de la misma).
d) Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano instructor hará pública
la relación de candidaturas admitidas y aquellas que queden excluidas, especificando el
motivo de su exclusión y el plazo para la subsanación de solicitudes. Dicha relación se
publicará en el tablón de anuncios de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional y, a efectos meramente informativos, en el portal web de Formación
Profesional Andaluza de la citada Consejería.
e) En el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la lista provisional de candidaturas admitidas y excluidas, se podrán subsanar los
defectos que hayan motivado la exclusión de la solicitud, así como aportar a través del
Sistema de Información Séneca la documentación omitida.
f) Finalizado el plazo para la subsanación de solicitudes, el órgano instructor publicará
la nueva relación de solicitudes admitidas por los medios citados en el apartado d).
Quinto. Efectos de la obtención de los Premios Extraordinarios.
Las personas que resulten premiadas recibirán, además de la dotación económica
prevista en esta convocatoria, un diploma acreditativo de tal distinción, que será anotado
en su expediente académico mediante diligencia efectuada por la persona titular de la
Secretaría del centro docente en el que esté depositado dicho expediente y se hará
constar en las certificaciones académicas que se emitan.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304114
Cuarto. Jurado y criterios de selección.
1. El jurado para la valoración de los expedientes de las personas candidatas estará
compuesto por:
a) Presidencia:
Don Manuel Zulueta Castañeda. Inspección General de Educación.
Doña Carmen Pilar García Montes. Inspección General de Educación (Suplente).
b) Vocalías:
Doña Natalia Jiménez Capitán. Jefa de Servicio de Diseño de Oferta y Admisión.
Don Antonio Reyes Serrano Higueruelo. Jefe de Servicio de Ordenación y Formación
en Empresas (Suplente).
Doña Sandra Guzmán Arcenegui. Profesora de Formación Profesional.
Doña Milagrosa Pérez Caballero. Profesora de Formación Profesional (Suplente).
Don Francisco Javier Álvarez Arcos. Profesor de Formación Profesional.
Doña Araceli Burgos Ruiz de Castroviejo. Profesora de Formación Profesional
(Suplente).
Don Antonio Guerrero Bernabé. Inspector de Educación.
Don Valerio Mata Silva. Inspector de Educación (Suplente).
Doña Inmaculada Flores Peláez. Inspectora de Educación.
Don Julio Miguel Fuentes Sánchez. Inspector de Educación (Suplente).
c) Secretaría:
Don José Ramón Palma Quintana. Funcionario de la Dirección General de Formación
Profesional.
Don Óscar Manuel Blázquez Fernández. Funcionario de la Dirección General de
Formación Profesional (Suplente).
2. Los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de grado superior se
concederán teniendo en cuenta la mayor nota media del expediente académico,
aplicándose, si fuera necesario, los criterios de desempate descritos en el artículo 6 de
la citada Orden de 8 de junio de 2015, para lo cual se tendrán en cuenta los méritos
logrados en el periodo estipulado de realización del ciclo formativo en cuestión (1 de
septiembre de 2021 a 31 de diciembre 2023).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 125 - Viernes, 28 de junio de 2024
página 47164/3
media, consignada con dos cifras decimales, así como la documentación aportada por el
alumnado (artículo 4 de la misma).
d) Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano instructor hará pública
la relación de candidaturas admitidas y aquellas que queden excluidas, especificando el
motivo de su exclusión y el plazo para la subsanación de solicitudes. Dicha relación se
publicará en el tablón de anuncios de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional y, a efectos meramente informativos, en el portal web de Formación
Profesional Andaluza de la citada Consejería.
e) En el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la lista provisional de candidaturas admitidas y excluidas, se podrán subsanar los
defectos que hayan motivado la exclusión de la solicitud, así como aportar a través del
Sistema de Información Séneca la documentación omitida.
f) Finalizado el plazo para la subsanación de solicitudes, el órgano instructor publicará
la nueva relación de solicitudes admitidas por los medios citados en el apartado d).
Quinto. Efectos de la obtención de los Premios Extraordinarios.
Las personas que resulten premiadas recibirán, además de la dotación económica
prevista en esta convocatoria, un diploma acreditativo de tal distinción, que será anotado
en su expediente académico mediante diligencia efectuada por la persona titular de la
Secretaría del centro docente en el que esté depositado dicho expediente y se hará
constar en las certificaciones académicas que se emitan.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304114
Cuarto. Jurado y criterios de selección.
1. El jurado para la valoración de los expedientes de las personas candidatas estará
compuesto por:
a) Presidencia:
Don Manuel Zulueta Castañeda. Inspección General de Educación.
Doña Carmen Pilar García Montes. Inspección General de Educación (Suplente).
b) Vocalías:
Doña Natalia Jiménez Capitán. Jefa de Servicio de Diseño de Oferta y Admisión.
Don Antonio Reyes Serrano Higueruelo. Jefe de Servicio de Ordenación y Formación
en Empresas (Suplente).
Doña Sandra Guzmán Arcenegui. Profesora de Formación Profesional.
Doña Milagrosa Pérez Caballero. Profesora de Formación Profesional (Suplente).
Don Francisco Javier Álvarez Arcos. Profesor de Formación Profesional.
Doña Araceli Burgos Ruiz de Castroviejo. Profesora de Formación Profesional
(Suplente).
Don Antonio Guerrero Bernabé. Inspector de Educación.
Don Valerio Mata Silva. Inspector de Educación (Suplente).
Doña Inmaculada Flores Peláez. Inspectora de Educación.
Don Julio Miguel Fuentes Sánchez. Inspector de Educación (Suplente).
c) Secretaría:
Don José Ramón Palma Quintana. Funcionario de la Dirección General de Formación
Profesional.
Don Óscar Manuel Blázquez Fernández. Funcionario de la Dirección General de
Formación Profesional (Suplente).
2. Los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de grado superior se
concederán teniendo en cuenta la mayor nota media del expediente académico,
aplicándose, si fuera necesario, los criterios de desempate descritos en el artículo 6 de
la citada Orden de 8 de junio de 2015, para lo cual se tendrán en cuenta los méritos
logrados en el periodo estipulado de realización del ciclo formativo en cuestión (1 de
septiembre de 2021 a 31 de diciembre 2023).