3. Otras disposiciones. . (2024/124-67)
Resolución de 20 de junio de 2024, de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se publica adenda de prórroga al convenio marco en materia de formación entre el Instituto Andaluz de Administración Pública y el Servicio Andaluz de Salud.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 124 - Jueves, 27 de junio de 2024
página 47078/2
elenco de actuaciones para la consecución de sus fines en materia de investigación y
evaluación: «realizar, con sus propios medios o mediante contratos o convenios, estudios
y trabajos sobre el funcionamiento de las organizaciones públicas y, en especial, de la
Junta de Andalucía»; «promover la investigación en aquellas materias relacionadas con
la organización y actividad de las Administraciones y entidades públicas andaluzas», etc.
2. Que el SAS es una agencia administrativa de las previstas en el artículo 65 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, adscrita a la Consejería de Salud y Consumo, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo y del Servicio
Andaluz de Salud. Tiene atribuida, entre otras, la competencia de la gestión de los
recursos humanos, materiales y financieros que se le asigne para el desarrollo de sus
funciones.
3. Asimismo, corresponde a la Dirección Gerencia del SAS, según el artículo 12 del
Decreto 156/2022, la jefatura superior del personal adscrito al SAS y la suscripción de
acuerdos y convenios, así como la formalización de encomiendas de gestión.
4. Que ambas partes suscribieron con fecha de 2 de julio de 2020 un convenio
marco de colaboración que tiene por objeto articular un marco de colaboración para la
consecución de los objetivos formativos de ambas partes. El citado convenio marco, en
su cláusula séptima establece que éste tendrá una vigencia de cuatro años pudiendo ser
prorrogado hasta un máximo de cuatro años más, en cualquier momento antes de su
finalización. Dado el grado de satisfacción con la ejecución y el desarrollo del mismo, las
partes consideran proceder a la prórroga del mismo.
Por todo ello, las partes deciden adoptar el siguiente acuerdo, que se desarrolla con
arreglo a las siguientes
CL ÁUSUL AS
Primera. Las partes firmantes acuerdan la prórroga, por un periodo de cuatro años del
convenio marco entre el Instituto Andaluz de Administración Pública y el Servicio Andaluz
de Salud en materia de formación. Por lo tanto, los efectos de la presenta adenda a este
convenio se extenderán desde el 2 de julio de 2024 al 1 de julio de 2028.
Segunda. El convenio marco obligará a las partes por el plazo especificado en el
apartado anterior y en los mismos términos establecidos en aquel.
Tercera. De conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 9/2007, de 22
de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en el artículo 48.8 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, esta adenda será
publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Asimismo, de conformidad con el principio de publicidad activa para los convenios
de colaboración, previsto en el artículo 15.b) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de
Transparencia Pública de Andalucía, ambas partes se comprometen a publicar los datos
de esta adenda legalmente exigidos en sus respectivos portales de transparencia.
00304026
Y en prueba de conformidad, firman digitalmente el presente convenio. Por el Instituto
Andaluz de Administración Pública, el Director, Fdo.: José Loaiza García. Por el Servicio
Andaluz de Salud, la Directora Gerente, Fdo.: Valle García Sánchez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 124 - Jueves, 27 de junio de 2024
página 47078/2
elenco de actuaciones para la consecución de sus fines en materia de investigación y
evaluación: «realizar, con sus propios medios o mediante contratos o convenios, estudios
y trabajos sobre el funcionamiento de las organizaciones públicas y, en especial, de la
Junta de Andalucía»; «promover la investigación en aquellas materias relacionadas con
la organización y actividad de las Administraciones y entidades públicas andaluzas», etc.
2. Que el SAS es una agencia administrativa de las previstas en el artículo 65 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, adscrita a la Consejería de Salud y Consumo, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo y del Servicio
Andaluz de Salud. Tiene atribuida, entre otras, la competencia de la gestión de los
recursos humanos, materiales y financieros que se le asigne para el desarrollo de sus
funciones.
3. Asimismo, corresponde a la Dirección Gerencia del SAS, según el artículo 12 del
Decreto 156/2022, la jefatura superior del personal adscrito al SAS y la suscripción de
acuerdos y convenios, así como la formalización de encomiendas de gestión.
4. Que ambas partes suscribieron con fecha de 2 de julio de 2020 un convenio
marco de colaboración que tiene por objeto articular un marco de colaboración para la
consecución de los objetivos formativos de ambas partes. El citado convenio marco, en
su cláusula séptima establece que éste tendrá una vigencia de cuatro años pudiendo ser
prorrogado hasta un máximo de cuatro años más, en cualquier momento antes de su
finalización. Dado el grado de satisfacción con la ejecución y el desarrollo del mismo, las
partes consideran proceder a la prórroga del mismo.
Por todo ello, las partes deciden adoptar el siguiente acuerdo, que se desarrolla con
arreglo a las siguientes
CL ÁUSUL AS
Primera. Las partes firmantes acuerdan la prórroga, por un periodo de cuatro años del
convenio marco entre el Instituto Andaluz de Administración Pública y el Servicio Andaluz
de Salud en materia de formación. Por lo tanto, los efectos de la presenta adenda a este
convenio se extenderán desde el 2 de julio de 2024 al 1 de julio de 2028.
Segunda. El convenio marco obligará a las partes por el plazo especificado en el
apartado anterior y en los mismos términos establecidos en aquel.
Tercera. De conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 9/2007, de 22
de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en el artículo 48.8 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, esta adenda será
publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Asimismo, de conformidad con el principio de publicidad activa para los convenios
de colaboración, previsto en el artículo 15.b) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de
Transparencia Pública de Andalucía, ambas partes se comprometen a publicar los datos
de esta adenda legalmente exigidos en sus respectivos portales de transparencia.
00304026
Y en prueba de conformidad, firman digitalmente el presente convenio. Por el Instituto
Andaluz de Administración Pública, el Director, Fdo.: José Loaiza García. Por el Servicio
Andaluz de Salud, la Directora Gerente, Fdo.: Valle García Sánchez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja