3. Otras disposiciones. . (2024/123-30)
Orden de 17 de junio de 2024, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio prestado por las sociedades mercantiles UTE TSI Córdoba y Servicios Sociosanitarios Generales de Andalucía, S.L., que afecta al servicio de transporte sanitario en la provincia de Córdoba, mediante el establecimiento de servicios mínimos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 123 - Miércoles, 26 de junio de 2024

página 46868/2

Artículo 3. Los artículos anteriores no supondrán limitación alguna de los derechos
que la normativa reguladora de la huelga reconoce al personal en dicha situación, ni
tampoco respecto de la tramitación y efectos de las peticiones que la motiven.
Artículo 4. Sin perjuicio de lo que establecen los artículos anteriores, deberán
observarse las normas legales y reglamentarias vigentes en materia de garantías de los
usuarios de establecimientos sanitarios, y se garantizará la reanudación normal de la
actividad, una vez finalizada la huelga.
Articulo 5. La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 17 de junio de 2024
CATALINA MONTSERRAT GARCÍA CARRASCO
Consejera de Salud y Consumo

ANEXO I
100% de ambulancias destinadas al traslado de pacientes urgentes y altamente
dependientes. En los tratamientos oncológicos (radioterapia y quimioterapia), hemodiálisis
y traslados urgentes diferidos intercentros y de pacientes críticos, así como las altas
hospitalarias que se generen en los servicios de atención urgente y el personal de la
Central de Comunicaciones.
50% de las ambulancias destinadas al transporte programado.

00303818

En cualquier caso, se garantizarán los servicios necesarios para la continuidad
asistencial en aquellos pacientes que precisen transporte sanitario y respecto de los
cuales, desde un punto de vista clínico, no deba interrumpirse la asistencia –diagnóstica
o terapéutica– por suponer un riesgo para la salud.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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