Disposiciones generales. . (2024/123-3)
Orden de 11 de junio de 2024, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las ayudas a la contratación de seguros agrarios en el marco del Plan de Seguros Agrarios Combinados y se establecen las determinaciones en relación con estas ayudas, según lo dispuesto en la Orden de 13 de abril de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva de la Junta de Andalucía a la suscripción de seguros agrarios del Plan de Seguros Agrarios Combinados.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 123 - Miércoles, 26 de junio de 2024
página 46961/2
En virtud de lo establecido en la normativa antes referenciada, y a propuesta de la
persona titular de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, y en uso de
las facultades que me confiere el artículo 115 del Texto Refundido de la Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2
de marzo,
RESU ELVO
Primero. Convocatoria.
1. Aprobar la convocatoria para el ejercicio 2024, de las ayudas a la contratación
de seguros agrarios en el marco del cuadragésimo tercer Plan de Seguros Agrarios
Combinados, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de
2021 y del cuadragésimo cuarto Plan de Seguros Agrarios Combinados, aprobado por
Acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de noviembre de 2022 contratados entre el 1 de
enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023, así como establecer las determinaciones
en relación con estas ayudas, según lo dispuesto en los artículos 4 y 5 de la Orden de
13 de abril de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones
en régimen de concurrencia no competitiva de la Junta de Andalucía, a la suscripción de
seguros agrarios del Plan de Seguros Agrarios Combinados.
2. La información asociada al procedimiento de ayudas a la contratación de seguros
agrarios en el marco del Plan de Seguros Agrarios Combinados, está disponible en
el Registro de Procedimientos y Servicios, en el procedimiento RPS núm. 283, en el
siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica
general de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/283.html
Segundo. Financiación.
Las ayudas de la presente convocatoria, sometidas al régimen de concurrencia no
competitiva según establece el artículo 1.2 de la Orden de 13 de abril de 2018, se financiarán
con cargo a créditos del presupuesto de la Junta de Andalucía para los ejercicios 2024 y 2025,
consignados en la partida presupuestaria 1400010000G/71B/47203/0001 y su concesión
queda limitada a las disponibilidades presupuestarias de ambos ejercicios económicos.
Cuarto. Objeto.
1. El objeto de la ayuda convocada consiste en sufragar parte del coste de las pólizas
suscritas, por los solicitantes de alguna de las modalidades de aseguramiento contempladas
en el cuadragésimo tercer y cuadragésimo cuarto Plan de Seguros Agrarios Combinados,
contratados entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023.
2. No serán subvencionables las pólizas del cuadragésimo cuarto Plan de Seguros
Agrarios Combinados que sean elegibles a través de la Orden de 26 de octubre de
2023, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en régimen
de concurrencia no competitiva de la Junta de Andalucía a la suscripción de seguros
agrarios del Plan de Seguros Agrarios Combinados, aplicadas a través de descuento en
el momento de la contratación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303911
Tercero. Cuantía.
La cuantía total máxima de las ayudas convocadas se establece en 8.580.000,00
euros (3.792.423,62 euros con cargo a la anualidad 2024 y 4.787.576,38 euros con cargo
a la anualidad 2025). Se adquieren compromisos de carácter plurianual de conformidad
con lo establecido en el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de
Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo. Además del crédito
máximo disponible para esta convocatoria, en el caso de que se produzcan aumentos
sobrevenidos de crédito, se actuará según lo establecido en el artículo 10.e) del
Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 123 - Miércoles, 26 de junio de 2024
página 46961/2
En virtud de lo establecido en la normativa antes referenciada, y a propuesta de la
persona titular de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, y en uso de
las facultades que me confiere el artículo 115 del Texto Refundido de la Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2
de marzo,
RESU ELVO
Primero. Convocatoria.
1. Aprobar la convocatoria para el ejercicio 2024, de las ayudas a la contratación
de seguros agrarios en el marco del cuadragésimo tercer Plan de Seguros Agrarios
Combinados, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de
2021 y del cuadragésimo cuarto Plan de Seguros Agrarios Combinados, aprobado por
Acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de noviembre de 2022 contratados entre el 1 de
enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023, así como establecer las determinaciones
en relación con estas ayudas, según lo dispuesto en los artículos 4 y 5 de la Orden de
13 de abril de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones
en régimen de concurrencia no competitiva de la Junta de Andalucía, a la suscripción de
seguros agrarios del Plan de Seguros Agrarios Combinados.
2. La información asociada al procedimiento de ayudas a la contratación de seguros
agrarios en el marco del Plan de Seguros Agrarios Combinados, está disponible en
el Registro de Procedimientos y Servicios, en el procedimiento RPS núm. 283, en el
siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica
general de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/283.html
Segundo. Financiación.
Las ayudas de la presente convocatoria, sometidas al régimen de concurrencia no
competitiva según establece el artículo 1.2 de la Orden de 13 de abril de 2018, se financiarán
con cargo a créditos del presupuesto de la Junta de Andalucía para los ejercicios 2024 y 2025,
consignados en la partida presupuestaria 1400010000G/71B/47203/0001 y su concesión
queda limitada a las disponibilidades presupuestarias de ambos ejercicios económicos.
Cuarto. Objeto.
1. El objeto de la ayuda convocada consiste en sufragar parte del coste de las pólizas
suscritas, por los solicitantes de alguna de las modalidades de aseguramiento contempladas
en el cuadragésimo tercer y cuadragésimo cuarto Plan de Seguros Agrarios Combinados,
contratados entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023.
2. No serán subvencionables las pólizas del cuadragésimo cuarto Plan de Seguros
Agrarios Combinados que sean elegibles a través de la Orden de 26 de octubre de
2023, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en régimen
de concurrencia no competitiva de la Junta de Andalucía a la suscripción de seguros
agrarios del Plan de Seguros Agrarios Combinados, aplicadas a través de descuento en
el momento de la contratación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303911
Tercero. Cuantía.
La cuantía total máxima de las ayudas convocadas se establece en 8.580.000,00
euros (3.792.423,62 euros con cargo a la anualidad 2024 y 4.787.576,38 euros con cargo
a la anualidad 2025). Se adquieren compromisos de carácter plurianual de conformidad
con lo establecido en el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de
Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo. Además del crédito
máximo disponible para esta convocatoria, en el caso de que se produzcan aumentos
sobrevenidos de crédito, se actuará según lo establecido en el artículo 10.e) del
Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo.