3. Otras disposiciones. . (2024/122-42)
Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la Fundación Almazaras de la Subbética por la Calidad y Sostenibilidad.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 122 - Martes, 25 de junio de 2024
página 46929/2
Desarrollo, apoyo y fomento de los hábitos nutricionales saludables para los niños,
niñas, adolescentes, jóvenes y adultos que incentiven el consumo de aceite de oliva y la
aceituna de mesa.
Desarrollo, apoyo y fomento de la fomento de la promoción al desarrollo de proyectos
empresariales, relacionados con el cultivo ecológico y el olivar tradicional de montaña.
Desarrollo, apoyo y fomento de la promoción de las cualidades beneficiosas de los
productos derivados del olivar en cualquiera de sus formas y para todas la edades.
La participación y promoción de redes de trabajo en las temáticas que aborda la
fundación.
Promover cuantas iniciativas puedan generarse encaminadas, para la mejora,
creación o mantenimiento de servicios e infraestructuras agrícolas, medioambientales,
empresariales o cualesquiera relacionadas con los fines fundacionales.
El desarrollo, apoyo y fomento de exposiciones temporales o permanentes, conferencias,
coloquios, cursos o seminarios relacionados con la agricultura, más en particular con el
olivar tradicional de montaña, la ganadería y el óleo turismo, incluso con la creación de
espacios adecuados para ello.
Elaboración, edición, publicación, colaboración en libros, revistas, folletos, material
audiovisual y material multimedia.
Fomentar la participación en programas de cooperación nacional e internacional con
diferentes entidades en la promoción del olivar tradicional de montaña y el oleo turismo.
El desarrollo, apoyo y fomento de la creación de infraestructuras para la mejora del
bienestar de las personas de la tercera edad que habitan en el medio rural.»
Tercero. Domicilio y ámbito de actuación.
El domicilio de la fundación ha quedado establecido en Polígono Industrial Los
Bermejales, Carretera A-339, km 17800-14810-Carcabuey (Córdoba), y el ámbito de
actuación, conforme dispone la norma estatutaria, se extiende principalmente al territorio
de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Quinto. Patronato.
Presidente: Don Francisco Serrano Osuna.
Vicepresidente: Don Francisco José Sánchez Leiva.
Secretario: Don Emilio Osuna Toro.
Don Antonio Cantero Serrano.
Don Antonio Montes Benítez.
Don Antonio Espejo Marín.
Don Rafael Sicilia Luque.
Don Antonio Luque García.
Doña María Rosario Montes Roldán.
Don Juan Manuel Morales Aguilera.
Don Francisco Cabrera Cano.
Don Aurelio Alba Moreno.
Doña María del Carmen Henares Osuna.
Don Antonio Benítez Rico.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente
citadas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303878
Cuarto. Dotación.
La dotación inicial de la fundación está constituida por la suma de treinta mil euros
(30.000,00 euros), que será desembolsada de forma sucesiva.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 122 - Martes, 25 de junio de 2024
página 46929/2
Desarrollo, apoyo y fomento de los hábitos nutricionales saludables para los niños,
niñas, adolescentes, jóvenes y adultos que incentiven el consumo de aceite de oliva y la
aceituna de mesa.
Desarrollo, apoyo y fomento de la fomento de la promoción al desarrollo de proyectos
empresariales, relacionados con el cultivo ecológico y el olivar tradicional de montaña.
Desarrollo, apoyo y fomento de la promoción de las cualidades beneficiosas de los
productos derivados del olivar en cualquiera de sus formas y para todas la edades.
La participación y promoción de redes de trabajo en las temáticas que aborda la
fundación.
Promover cuantas iniciativas puedan generarse encaminadas, para la mejora,
creación o mantenimiento de servicios e infraestructuras agrícolas, medioambientales,
empresariales o cualesquiera relacionadas con los fines fundacionales.
El desarrollo, apoyo y fomento de exposiciones temporales o permanentes, conferencias,
coloquios, cursos o seminarios relacionados con la agricultura, más en particular con el
olivar tradicional de montaña, la ganadería y el óleo turismo, incluso con la creación de
espacios adecuados para ello.
Elaboración, edición, publicación, colaboración en libros, revistas, folletos, material
audiovisual y material multimedia.
Fomentar la participación en programas de cooperación nacional e internacional con
diferentes entidades en la promoción del olivar tradicional de montaña y el oleo turismo.
El desarrollo, apoyo y fomento de la creación de infraestructuras para la mejora del
bienestar de las personas de la tercera edad que habitan en el medio rural.»
Tercero. Domicilio y ámbito de actuación.
El domicilio de la fundación ha quedado establecido en Polígono Industrial Los
Bermejales, Carretera A-339, km 17800-14810-Carcabuey (Córdoba), y el ámbito de
actuación, conforme dispone la norma estatutaria, se extiende principalmente al territorio
de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Quinto. Patronato.
Presidente: Don Francisco Serrano Osuna.
Vicepresidente: Don Francisco José Sánchez Leiva.
Secretario: Don Emilio Osuna Toro.
Don Antonio Cantero Serrano.
Don Antonio Montes Benítez.
Don Antonio Espejo Marín.
Don Rafael Sicilia Luque.
Don Antonio Luque García.
Doña María Rosario Montes Roldán.
Don Juan Manuel Morales Aguilera.
Don Francisco Cabrera Cano.
Don Aurelio Alba Moreno.
Doña María del Carmen Henares Osuna.
Don Antonio Benítez Rico.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente
citadas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303878
Cuarto. Dotación.
La dotación inicial de la fundación está constituida por la suma de treinta mil euros
(30.000,00 euros), que será desembolsada de forma sucesiva.