3. Otras disposiciones. . (2024/121-37)
Decreto 118/2024, de 18 de junio, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 121 - Lunes, 24 de junio de 2024
página 46857/2
de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, supone la ampliación de la plantilla
presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía, en los términos
previstos en los apartados 6 y 7 del artículo 26 de la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del
Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 del Decreto
390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la
relación de puestos de trabajo, a propuesta del Consejero de Justicia, Administración
Local y Función Pública, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del
día 18 de junio de 2024,
DISPONGO
Artículo 1. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la
Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de
Andalucía, correspondiente a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e
Igualdad, queda modificada en los términos indicados en el anexo.
Artículo 2. Ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de
la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Inclusión Social, Juventud,
Familias e Igualdad.
La plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía
correspondiente a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, se
amplía en once puestos de trabajo dotados, en los términos indicados en el anexo.
Artículo 3. Modificación automática del contenido funcional de los puestos de trabajo
de las unidades administrativas de acción e inserción social y de gestión de servicios
sociales de las delegaciones territoriales.
Los puestos de trabajo «servicio de acción e inserción social» y «servicio de gestión
de servicios sociales» de las Delegaciones Territoriales, una vez que queden vacantes y
sin ocupación, se adscribirán exclusivamente al área funcional de administración pública.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 18 de junio de 2024
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS
00303807
Consejero de Justicia, Administración Local
y Función Pública
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 121 - Lunes, 24 de junio de 2024
página 46857/2
de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, supone la ampliación de la plantilla
presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía, en los términos
previstos en los apartados 6 y 7 del artículo 26 de la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del
Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 del Decreto
390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la
relación de puestos de trabajo, a propuesta del Consejero de Justicia, Administración
Local y Función Pública, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del
día 18 de junio de 2024,
DISPONGO
Artículo 1. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la
Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de
Andalucía, correspondiente a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e
Igualdad, queda modificada en los términos indicados en el anexo.
Artículo 2. Ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de
la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Inclusión Social, Juventud,
Familias e Igualdad.
La plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía
correspondiente a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, se
amplía en once puestos de trabajo dotados, en los términos indicados en el anexo.
Artículo 3. Modificación automática del contenido funcional de los puestos de trabajo
de las unidades administrativas de acción e inserción social y de gestión de servicios
sociales de las delegaciones territoriales.
Los puestos de trabajo «servicio de acción e inserción social» y «servicio de gestión
de servicios sociales» de las Delegaciones Territoriales, una vez que queden vacantes y
sin ocupación, se adscribirán exclusivamente al área funcional de administración pública.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 18 de junio de 2024
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS
00303807
Consejero de Justicia, Administración Local
y Función Pública
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja