Disposiciones generales. . (2024/121-4)
Corrección de errores de la Resolución de 10 de mayo de 2024, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca para el ejercicio 2024, el Premio de Textos Teatrales Miguel Romero Esteo para jóvenes autores y autoras de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 121 - Lunes, 24 de junio de 2024
página 46861/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Corrección de errores de la Resolución de 10 de mayo de 2024, de la Agencia
Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca para el ejercicio 2024,
el Premio de Textos Teatrales Miguel Romero Esteo para jóvenes autores y autoras
de Andalucía.
El 10 de mayo de 2024 se dicta Resolución por la Dirección de la Agencia Andaluza
de Instituciones Culturales, por la que se convoca para el ejercicio 2024, el Premio de
Textos Teatrales Miguel Romero Esteo para jóvenes autores y autoras de Andalucía
(BOJA núm. 97, de 21 de mayo), al amparo de la Orden de 7 de abril de 2022, de la
Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico (actual Consejería de Turismo, Cultura y
Deporte) que establece las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva,
para la concesión del Premio de Textos Teatrales Miguel Romero Esteo para jóvenes
autores y autoras de Andalucía (BOJA núm. 71, de 13 de abril).
En fase de presentación de solicitudes y como consecuencia del examen de la
documentación obrante en el expediente, en aras a elaborar la documentación necesaria
para convocar al órgano competente para la evaluación de los textos que se presenten, se
ha puesto de manifiesto la existencia de un error en el apartado quinto de la Resolución de
10 de mayo de 2024 (BOJA núm. 97, de 21 de mayo), relativo a los órganos competentes
para la instrucción y resolución del procedimiento, en concreto, en la designación de uno
de los vocales que son miembros del Jurado como órgano competente para la evaluación
de los textos literarios presentados.
Poner de manifiesto que dicho error se evidencia tras el examen de la documentación
obrante en el expediente sin que haya sido necesario llevar a cabo interpretación alguna
de las normas aplicables al procedimiento que nos ocupa.
En atención a lo expuesto, atendiendo al artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al
artículo 15 del Decreto 103/2011, de 19 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la
Agencia Andaluza de Instituciones Culturales y conforme al ejercicio de las competencias
atribuidas por el artículo 11 de la Orden de 7 de abril de 2022, de la Consejería de Cultura
y Patrimonio Histórico (actual Consejería de Turismo, Cultura y Deporte),
RESU ELVO
Proceder a la corrección del error detectado en el apartado quinto de la Resolución
de 10 de mayo de 2024 (BOJA núm. 97, de 21 de mayo), en concreto en la designación
del vocal que figura en la letra f), en los siguientes términos:
Donde se establece:
f) Juan José Oña Fernández, experto en artes escénicas ajeno a la Agencia.
Debe de establecerse:
f) Juan José Oña Hervalejo, experto en artes escénicas ajeno a la Agencia.
00303811
.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 121 - Lunes, 24 de junio de 2024
página 46861/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Corrección de errores de la Resolución de 10 de mayo de 2024, de la Agencia
Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca para el ejercicio 2024,
el Premio de Textos Teatrales Miguel Romero Esteo para jóvenes autores y autoras
de Andalucía.
El 10 de mayo de 2024 se dicta Resolución por la Dirección de la Agencia Andaluza
de Instituciones Culturales, por la que se convoca para el ejercicio 2024, el Premio de
Textos Teatrales Miguel Romero Esteo para jóvenes autores y autoras de Andalucía
(BOJA núm. 97, de 21 de mayo), al amparo de la Orden de 7 de abril de 2022, de la
Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico (actual Consejería de Turismo, Cultura y
Deporte) que establece las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva,
para la concesión del Premio de Textos Teatrales Miguel Romero Esteo para jóvenes
autores y autoras de Andalucía (BOJA núm. 71, de 13 de abril).
En fase de presentación de solicitudes y como consecuencia del examen de la
documentación obrante en el expediente, en aras a elaborar la documentación necesaria
para convocar al órgano competente para la evaluación de los textos que se presenten, se
ha puesto de manifiesto la existencia de un error en el apartado quinto de la Resolución de
10 de mayo de 2024 (BOJA núm. 97, de 21 de mayo), relativo a los órganos competentes
para la instrucción y resolución del procedimiento, en concreto, en la designación de uno
de los vocales que son miembros del Jurado como órgano competente para la evaluación
de los textos literarios presentados.
Poner de manifiesto que dicho error se evidencia tras el examen de la documentación
obrante en el expediente sin que haya sido necesario llevar a cabo interpretación alguna
de las normas aplicables al procedimiento que nos ocupa.
En atención a lo expuesto, atendiendo al artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al
artículo 15 del Decreto 103/2011, de 19 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la
Agencia Andaluza de Instituciones Culturales y conforme al ejercicio de las competencias
atribuidas por el artículo 11 de la Orden de 7 de abril de 2022, de la Consejería de Cultura
y Patrimonio Histórico (actual Consejería de Turismo, Cultura y Deporte),
RESU ELVO
Proceder a la corrección del error detectado en el apartado quinto de la Resolución
de 10 de mayo de 2024 (BOJA núm. 97, de 21 de mayo), en concreto en la designación
del vocal que figura en la letra f), en los siguientes términos:
Donde se establece:
f) Juan José Oña Fernández, experto en artes escénicas ajeno a la Agencia.
Debe de establecerse:
f) Juan José Oña Hervalejo, experto en artes escénicas ajeno a la Agencia.
00303811
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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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