3. Otras disposiciones. . (2024/120-26)
Resolución de 7 de junio de 2024, de la Dirección del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, por la que se publica Adenda al Convenio de colaboración entre el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía y la Diputación Provincial de Córdoba, sobre el mantenimiento del sistema Callejero Digital de Andalucía Unificado y sobre acceso, intercambio de información y reutilización de otros productos, infraestructuras de información y servicios cartográficos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 120 - Viernes, 21 de junio de 2024

página 46810/3

• Se modifica el expositivo quinto sustituyendo «artículo 24 del Plan Estadístico y
Cartográfico de Andalucía 2013-2020 sobre dato único oficial» por «artículo 11 del Plan
Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2023-2029 sobre dato y metadato único».
• Se modifica el expositivo octavo sustituyendo «art. 17.1.a) de la Ley 3/2013, de 24 de
julio» por «art. 20.3 y 20.4 de la Ley 9/2023, de 25 de septiembre».
• Se modifica el expositivo décimo sustituyendo «Que la IDEAndalucía tiene, como
otras infraestructuras de difusión, la consideración de infraestructuras básicas del Sistema
Estadístico y Cartográfico de Andalucía y será objeto de actividades de soporte, conforme
al art. 27.4 de la Ley 3/2013, de 24 de julio» por «Que la IDEAndalucía es otra de las
actividades incluidas en el Plan Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2023-2029».
• Se modifica el expositivo duodécimo sustituyendo «2013-2020» por «2023-2029».
• Se modifica el expositivo decimoquinto quedando como sigue: «Que el Servicio
o Departamento que tenga atribuidas las funciones de coordinación del Sistema de
Información Geográfica y de la Estadística en la Diputación Provincial de Córdoba
es el competente en las materias objeto de este Convenio y, en consecuencia, le
corresponderán la coordinación de los compromisos y tareas derivados de este
Convenio».
• Se modifica parcialmente el apartado a) Composición de la cláusula cuarta
sustituyendo «el Diputado/a delegado de Vivienda, Intermediación Hipotecaría e
Innovación Tecnológica de la Información en Infraestructuras y Equipamientos, el Jefe/a
del Sistema de Información Geográfica y Estadística de la Diputación de Córdoba y el
Gerente de EPRINSA» por «el Jefe/a del Servicio o Departamento que tenga atribuidas
las funciones de coordinación del Sistema de Información Geográfica y de la Estadística
en la Diputación de Córdoba, el Diputado/a en cuya Delegación haya quedado adscrito el
citado Servicio o Departamento y el Gerente de EPRINSA».
• Se introduce una nueva cláusula (novena) denominada Tratamiento de datos de
carácter personal con el texto siguiente:
«El IECA y la Diputación Provincial de Córdoba cumplirán respectivamente, como
responsable y encargado de tratamiento, las obligaciones establecidas por el Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y, específicamente, lo que se establece para cada caso en los artículos 24 y 28,
respectivamente.»
• Se introduce una nueva cláusula (décima) denominada Seguridad con el texto
siguiente:
«El IECA y la Diputación Provincial de Córdoba cumplirán respectivamente, como
responsable y encargado de tratamiento, las medidas de seguridad previstas en el
Esquema Nacional de Seguridad para sistemas de información de nivel básico.»
Y en prueba de conformidad, se formaliza y se firma la presente Adenda.
El Director del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía.
Fdo.: Manuel Ignacio Castaño Sousa.

00303759

El Presidente de la Diputación Provincial de Córdoba.
Fdo.: Salvador Fuentes Lopera.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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