Disposiciones generales. . (2024/120-2)
Decreto 114/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, para el impulso de la actividad económica, a través de proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental, proyectos de inversión para el crecimiento y mejora de la competitividad de las PYMES y proyectos de puesta en marcha de pequeñas empresas, por parte de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 120 - Viernes, 21 de junio de 2024

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 No.
 Sí. Denominación: Comité de Operaciones Financieras e Incentivos de la Agencia TRADE, según el artículo 19
de los Estatutos aprobados por el Decreto 69/2023, de 21 de marzo.
Funciones:
 Análisis de las solicitudes.
 Propuesta provisional de resolución.
 Análisis de las alegaciones y documentos presentados.
 Propuesta definitiva de resolución.
 Otras funciones: Analizar las subvenciones de conformidad con la normativa subvencionadora que resulte de
aplicación, y emitir informe no vinculante sobre la viabilidad económico-financiera y técnica del proyecto
presentado con carácter previo a su aprobación.
Composición:
Presidencia:
Vocalías:
Secretaría:
Las funciones que estas bases reguladoras atribuyen al órgano gestor serán ejercidas por:
El personal técnico gestor de las Gerencias Provinciales de la Agencia TRADE
 Otras funciones a desempeñar por órganos o unidades distintas a las anteriores.
13. Dirección electrónica de acceso restringido al estado de tramitación del procedimiento (Artículo 16):
La persona o entidad que tenga la consideración de interesada en este procedimiento de concesión de subvenciones podrá
conocer el estado de tramitación del mismo, a través la siguiente dirección electrónica:
https://www.andaluciatrade.es/oficinavirtual
14.- Documentación (Artículos 10 y 17):
14 a) 1. Documentación acreditativa a presentar ajustándose al formulario I anexo a las convocatorias (Artículo 10):
1. Escrituras de Con stitución y última modificación estatutaria, registradas e in scritas en el Registro
correspondiente.
2. Escrituras y/o Poderes de Representación, registradas e inscritas en el Registro correspondiente. Para el caso
de representación mancomunada, es necesario presentar el documento que acredite el alta como socio/a
mancomunado/a.
3. En el caso de representaciones realizadas por terceras personas, el poder de representación que faculte para
la tramitación completa del procedimiento.
4. Cuentas anuales depositadas en el registro correspondiente, de los tres últimos ejercicios a fecha de
presentación de la solicitud. Además, en su caso, también deberán aportarse las cuentas anuales depositadas en
el registro correspondiente, de los tres últimos ejercicios a fecha de presentación de la solicitud de las empresas
asociadas y/o vinculadas a la empresa solicitante, de acuerdo con la definición establecida en el Reglamento (UE)
2023/1315 de la Comisión de 23 de junio de 2023, o las del grupo consolidado en el caso de estas existan.

6. En caso de adquisición de bienes y/o servicios, cuando el importe supere las cuantías de los contratos
menores establecidos en el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la
entidad beneficiaria deberá aportar como mínimo tres ofertas detalladas de diferentes proveedores previas al
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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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5. Impuesto de sociedades del último ejercicio cerrado, únicamente para acreditar el requisito de la entidad
beneficiaria de contar con capacidad económica y financiera para desarrollar el proyecto.