Autoridades y personal. . (2024/119-53)
Resolución de 17 de junio de 2024, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca concurso-oposición para la provisión de una plaza de Personal Laboral en la categoría de Titulado de Grado Medio de esta Universidad, Grupo II, por el sistema de promoción interna.
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Número 119 - Jueves, 20 de junio de 2024

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Estarán exentos del pago de los derechos de examen:
- Las personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo
acompañar a la solicitud el certificado en vigor acreditativo de tal condición y del grado
de discapacidad reconocido, expedido por el órgano competente. Dicha discapacidad
ha de estar oficialmente reconocida con efectos anteriores a la finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
- Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos.
- Las familias numerosas, en los términos establecidos en el artículo 12.1.c) de la
Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán
derecho a una exención del 100 por 100 de las tasas y precios públicos los miembros
de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran
de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el
correspondiente documento actualizado que acredite tal condición.
3.4. Las personas aspirantes con discapacidad podrán solicitar las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización del ejercicio en que esta adaptación
sea necesaria, para lo cual deberán cumplimentar el apartado correspondiente de la
solicitud de participación. De solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar el dictamen
técnico facultativo emitido por el órgano técnico de valoración que dictaminó el grado
de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que
han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de
selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
3.5. Las personas interesadas podrán, en su caso, aportar nuevos documentos a
su solicitud durante el plazo de presentación de solicitudes. Para ello, deberán acceder
con certificado digital a la Sección «Mis solicitudes» de la Sede Electrónica y retomar su
expediente y seleccionar la opción de mejora de la solicitud.
3.6. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que
hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes.
En caso de falsedad o manipulación en algún documento, decaerá el derecho a la
participación en el proceso selectivo, con independencia de la responsabilidad a que
hubiere lugar.
En cualquier caso, el Tribunal Calificador podrá requerir de las personas aspirantes
la presentación de los originales de la documentación aportada, siendo excluidos del
concurso-oposición si no cumplimentaran el requerimiento.
3.7. El domicilio que figure en las solicitudes se considerará el único válido a efectos de
notificaciones de contestaciones a recursos y reclamaciones, excepto en lo establecido
en el resto de las bases de la presente convocatoria, donde la publicación en los medios
citados sustituirá a la notificación en el domicilio referido, siendo responsabilidad exclusiva
de la persona aspirante todos los errores en la consignación del mismo, así como la
comunicación de cualquier cambio de dicho domicilio posterior a la solicitud.
3.8. Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en este proceso selectivo, bastará
con que las personas aspirantes declaren en sus solicitudes de participación que reúnen
todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha de expiración
del plazo de presentación, y presentarán relación circunstanciada de los méritos
alegados, así como la documentación acreditativa de cada uno de ellos, acompañando
declaración jurada, firmada por la persona interesada, de que toda la documentación que
se aporta es copia fiel de su original.
No se valorarán los méritos que, habiendo sido alegados, no hayan sido debidamente
acreditados ni aquellos que no hayan sido alegados en la relación circunstanciada.
La acreditación de los méritos relativos a los apartados 1 y 2 de la fase de concurso
del anexo I se aportará de oficio por parte de la Universidad de Córdoba para aquellas
personas aspirantes que se encuentren en activo a fecha de referencia de finalización
del plazo de presentación de solicitudes, debiendo indicarlo previamente en la relación
circunstanciada de los méritos alegados.
Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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