5. Anuncios. . (2024/118-23)
Resolución de 30 de mayo de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Málaga, por la que se otorga autorización administrativa de construcción al proyecto de la línea de evacuación común de plantas solares fotovoltaicas en el término municipal de Teba (Málaga). (PP. 8771/2024).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 118 - Miércoles, 19 de junio de 2024
página 45963/3
Octavo. Con fecha 14.9.2023 se inserta anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia
de Málaga (BOP núm. 62) y con fecha 19.9.2023 se inserta anuncio en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 180), a efectos de someter a información pública
la solicitud de autorización administrativa previa y de autorización ambiental unificada
durante un plazo de treinta días, y ha sido expuesto en el Tablón de Anuncios del
Ayuntamiento de Teba, de conformidad con el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, y artículo 32 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto.
Finalizado el periodo de información pública, no se han presentado alegaciones a la
misma.
Noveno. Con fecha 10.8.2020, Red Eléctrica de España, S.A.U., concedió el permiso
de conexión a la instalación en la subestación Tajo de la Encantada 220 kV.
La subestación «Celeno» a la que se conecta la línea de evacuación a 30 kV está
siendo tramitada en el expediente AT-16882. Desde aquí hasta la subestación Tajo de la
Encantada 220 kV empleará infraestructura existente.
Décimo. Con fecha 15.4.2024, la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul en Málaga, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30
del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, emite Informe favorable de carácter vinculante a
la solicitud de autorización ambiental unificada para el proyecto de soterramiento de la
línea de evacuación de 30 kV común de las plantas solares fotovoltaicas denominadas
«Celeno Dolar» y «Deneb Solar», en el término municipal de Teba.
Úndecimo. Con fecha 16.4.2024, Celeno Solar, S.L., ha aportado copia del acuerdo
para el uso compartido de las infraestructuras de evacuación suscrito por Celeno Solar, S.L.,
y Deneb Solar, S.L., en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 123.2 del Real Decreto
1955/2000, de 1 de diciembre.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Segundo. Esta Delegación es competente para autorizar dicha instalación de acuerdo
con lo previsto en la Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de
Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos
territoriales provinciales en materia de energía, según lo dispuesto en la disposición
transitoria segunda del Decreto 163/2022, de 9 de agosto.
Tercero. El artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico,
establece que para la puesta en funcionamiento de las instalaciones de producción es
necesaria una autorización administrativa previa que otorga a la empresa autorizada
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302900
Primero. Esta Delegación Territorial es competente para dictar la presente resolución
de acuerdo con lo dispuesto en los Reales Decretos 1091/81, de 24 de abril, y 4164/1982,
de 29 de diciembre, por los que se traspasan funciones y servicios de la Administración
del Estado a la Junta de Andalucía en materia de industria, energía y minas; en los
artículos 49 y 58.2.3.º de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del
Estatuto de Autonomía para Andalucía; el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por
el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de
Andalucía; el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías; el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, por el que se modifica el
Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio; el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por
el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Energía y Minas, y
el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29
de diciembre.
BOJA
Número 118 - Miércoles, 19 de junio de 2024
página 45963/3
Octavo. Con fecha 14.9.2023 se inserta anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia
de Málaga (BOP núm. 62) y con fecha 19.9.2023 se inserta anuncio en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 180), a efectos de someter a información pública
la solicitud de autorización administrativa previa y de autorización ambiental unificada
durante un plazo de treinta días, y ha sido expuesto en el Tablón de Anuncios del
Ayuntamiento de Teba, de conformidad con el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, y artículo 32 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto.
Finalizado el periodo de información pública, no se han presentado alegaciones a la
misma.
Noveno. Con fecha 10.8.2020, Red Eléctrica de España, S.A.U., concedió el permiso
de conexión a la instalación en la subestación Tajo de la Encantada 220 kV.
La subestación «Celeno» a la que se conecta la línea de evacuación a 30 kV está
siendo tramitada en el expediente AT-16882. Desde aquí hasta la subestación Tajo de la
Encantada 220 kV empleará infraestructura existente.
Décimo. Con fecha 15.4.2024, la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul en Málaga, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30
del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, emite Informe favorable de carácter vinculante a
la solicitud de autorización ambiental unificada para el proyecto de soterramiento de la
línea de evacuación de 30 kV común de las plantas solares fotovoltaicas denominadas
«Celeno Dolar» y «Deneb Solar», en el término municipal de Teba.
Úndecimo. Con fecha 16.4.2024, Celeno Solar, S.L., ha aportado copia del acuerdo
para el uso compartido de las infraestructuras de evacuación suscrito por Celeno Solar, S.L.,
y Deneb Solar, S.L., en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 123.2 del Real Decreto
1955/2000, de 1 de diciembre.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Segundo. Esta Delegación es competente para autorizar dicha instalación de acuerdo
con lo previsto en la Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de
Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos
territoriales provinciales en materia de energía, según lo dispuesto en la disposición
transitoria segunda del Decreto 163/2022, de 9 de agosto.
Tercero. El artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico,
establece que para la puesta en funcionamiento de las instalaciones de producción es
necesaria una autorización administrativa previa que otorga a la empresa autorizada
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302900
Primero. Esta Delegación Territorial es competente para dictar la presente resolución
de acuerdo con lo dispuesto en los Reales Decretos 1091/81, de 24 de abril, y 4164/1982,
de 29 de diciembre, por los que se traspasan funciones y servicios de la Administración
del Estado a la Junta de Andalucía en materia de industria, energía y minas; en los
artículos 49 y 58.2.3.º de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del
Estatuto de Autonomía para Andalucía; el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por
el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de
Andalucía; el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías; el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, por el que se modifica el
Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio; el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por
el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Energía y Minas, y
el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29
de diciembre.