4. Administración de justicia. . (2024/118-21)
Edicto de 2 de abril de 2024, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, de Granada, en el procedimiento Recurso de Revisión de Sentencias Firmes 2/2021 de publicación del fallo de la Sentencia de fecha 19 de diciembre de 2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 118 - Miércoles, 19 de junio de 2024
página 46641/1
4. Administración de justicia
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA
Edicto de 2 de abril de 2024, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, de Granada, en el
procedimiento Recurso de Revisión de Sentencias Firmes 2/2021 de publicación
del fallo de la Sentencia de fecha 19 de diciembre de 2023.
NIG: 1808733320211002507.
Procedimiento: Recurso de revisión de sentencias firmes 2/2021. Negociado: K.
Actuación recurrida: CCAA-5.
Sentencia núm. 75/2021 (Organismo: Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm.
2 de Córdoba).
De: Inés García Sánchez
Procurador/a: Margarita María Figueroa Herrero.
Letrado/a:
Contra: Servicio Andaluz de Salud.
Procurador/a:
Letrado/a: S.J. Servicio Andaluz de Salud-Córdoba.
EDICTO
Se hace saber que en el Recurso de Revisión de Sentencias Firmes 2/2021,
promovido por Inés García Sánchez, contra la Sentencia dictada en fecha 20 de junio
de 2021, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de Córdoba, se ha
dictado por en esta Sala especial del artículo 16.4 de la Ley reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa (LJCA) del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta
y Melilla-Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada, sentencia en fecha 19 de
diciembre de 2023, que ha alcanzado el carácter de firme y cuyo fallo es del tenor literal
siguiente:
«Desestimar el recurso de revisión interpuesto contra la sentencia identificada en el
antecedente de hecho de esta sentencia condenando en costas a la recurrente, hasta el
límite de 1.500 euros así como a la pérdida del depósito constituido para recurrir.
Notifíquese la presente sentencia a las partes.
Así por esta nuestra sentencia, que se insertará en la Colección Legislativa, lo
pronunciamos, mandamos y firmamos.»
Lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa (LJCA), se hace público para general conocimiento.
Granada, 2 de abril de 2024.- La Letrada de la Administración de Justicia, Constanza
Clara Lendínez Barranco.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios
a las leyes.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303591
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo
podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con
pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de
tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 118 - Miércoles, 19 de junio de 2024
página 46641/1
4. Administración de justicia
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA
Edicto de 2 de abril de 2024, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, de Granada, en el
procedimiento Recurso de Revisión de Sentencias Firmes 2/2021 de publicación
del fallo de la Sentencia de fecha 19 de diciembre de 2023.
NIG: 1808733320211002507.
Procedimiento: Recurso de revisión de sentencias firmes 2/2021. Negociado: K.
Actuación recurrida: CCAA-5.
Sentencia núm. 75/2021 (Organismo: Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm.
2 de Córdoba).
De: Inés García Sánchez
Procurador/a: Margarita María Figueroa Herrero.
Letrado/a:
Contra: Servicio Andaluz de Salud.
Procurador/a:
Letrado/a: S.J. Servicio Andaluz de Salud-Córdoba.
EDICTO
Se hace saber que en el Recurso de Revisión de Sentencias Firmes 2/2021,
promovido por Inés García Sánchez, contra la Sentencia dictada en fecha 20 de junio
de 2021, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de Córdoba, se ha
dictado por en esta Sala especial del artículo 16.4 de la Ley reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa (LJCA) del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta
y Melilla-Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada, sentencia en fecha 19 de
diciembre de 2023, que ha alcanzado el carácter de firme y cuyo fallo es del tenor literal
siguiente:
«Desestimar el recurso de revisión interpuesto contra la sentencia identificada en el
antecedente de hecho de esta sentencia condenando en costas a la recurrente, hasta el
límite de 1.500 euros así como a la pérdida del depósito constituido para recurrir.
Notifíquese la presente sentencia a las partes.
Así por esta nuestra sentencia, que se insertará en la Colección Legislativa, lo
pronunciamos, mandamos y firmamos.»
Lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa (LJCA), se hace público para general conocimiento.
Granada, 2 de abril de 2024.- La Letrada de la Administración de Justicia, Constanza
Clara Lendínez Barranco.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios
a las leyes.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303591
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo
podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con
pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de
tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.