Disposiciones generales. . (2024/117-2)
Extracto de la Orden de 7 de junio de 2024, por la que se convocan para 2024 las ayudas previstas en la Orden de 28 de septiembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a inversiones en medidas preventivas destinadas a reducir las consecuencias de desastres naturales, adversidades climáticas y catástrofes probables, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (submedida 5.1).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 117 - Martes, 18 de junio de 2024

página 46613/2

Segundo. Personas beneficiarias.
Podrán ser beneficiarios de esta línea de ayuda las personas físicas o jurídicas y
entidades con personalidad jurídica, comunidades de bienes, agrupaciones de ganaderos
y cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad
jurídica, titulares de unidades productivas inscritas en el Registro de Explotaciones
Ganaderas de Andalucía de las especies y clasificaciones zootécnicas que se determinan
en el Anexo VI de la convocatoria de ayudas.
En el caso de inversiones en pastos comunales, podrán ser beneficiarios los titulares
de animales localizados o que hayan estado localizados en el código REGA del pasto
comunal, siempre y cuando sean al menos titulares de una unidad productiva inscritas en
el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía de las especies y clasificaciones
zootécnicas que se determinan en la Anexo VI de la convocatoria de ayudas.
Tercero. Objeto.
Apoyo a las inversiones y gastos necesarios para reducir y prevenir las consecuencias
que las situaciones de sequía puedan ocasionar en las explotaciones agrarias de
Andalucía, y en concreto, en las explotaciones ganaderas.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 28 de septiembre de 2022, por la
que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen
de concurrencia competitiva, dirigidas a inversiones en medidas preventivas destinadas a
reducir las consecuencias de desastres naturales, adversidades climáticas y catástrofes
probables, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022
(submedida 5.1) (BOJA número 192, de 5 de octubre de 2022).
Quinto. Importe máximo por beneficiario.
La subvención consistirá en una ayuda directa. La intensidad de la ayuda con carácter
general será del 80% de la inversión subvencionable, siendo la cuantía máxima de la
subvención de 20.000 euros por beneficiario.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente
al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en
el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Cuando durante el plazo de presentación una persona interesada presente varias
solicitudes de ayuda, se considerará que la última presentada en plazo anula a todas las
anteriores.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en
el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estarán a disposición de las
personas solicitantes en la dirección:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24997.html

00303562

Sevilla, 10 de junio de 2024.- La Viceconsejera, P.D. de firma de la persona titular de
la Consejería (Orden de 21.11.2022), P.S (Decreto del Presidente 5/2024, de 2.5, BOJA
extraordinario núm. 4, de 3.5.2024), Consolación Vera Sánchez.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja