3. Otras disposiciones. . (2024/116-25)
Orden de 7 de junio de 2024, por la que se declara la extinción de la autorización administrativa, por cese de actividades, al centro docente privado de educación infantil «San Francisco Solano de la Aurora» de Sevilla.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Lunes, 17 de junio de 2024

página 46527/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Orden de 7 de junio de 2024, por la que se declara la extinción de la autorización
administrativa, por cese de actividades, al centro docente privado de educación
infantil «San Francisco Solano de la Aurora» de Sevilla.
Visto el informe del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial
de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e
Innovación de Sevilla, en referencia al centro docente privado de educación infantil «San
Francisco Solano de la Aurora», con código 41005555 y domicilio en C/ Virgen del Valle,
46, de Sevilla, cuya titularidad la ostentan doña María Dolores Pino Millán y don Joaquín
Pino Millán, contando con autorización administrativa para impartir 1 unidad de primer
ciclo con 12 puestos escolares y 2 unidades de segundo ciclo con 38 puestos escolares,
según el cual el centro ha cesado de hecho en sus actividades por un período de tiempo
superior a dos cursos académicos.
Considerando que el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de
Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, establece en
su artículo 26.1 que la extinción de la autorización por cese de actividades de un centro
docente se declará de oficio por la Consejería competente en materia de educación,
previa audiencia del interesado, cuando dicho centro haya cesado de hecho en sus
actividades por un período de tiempo igual o superior a dos cursos académicos.
Resultando que el citado expediente ha sido tramitado en forma reglamentaria por la
Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad,
Investigación e Innovación de Sevilla.
Vistas la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de
julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre,
de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Real Decreto 132/2010, de 12
de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan
las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la
educación secundaria (BOE de 12 de marzo); el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por
el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil (BOJA
de 15 de mayo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros
Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio),
que regula, asimismo, el procedimiento de extinción de la autorización de los centros
docentes privados, y demás disposiciones aplicables.
Considerando que se han cumplido en dicho expediente todos los requisitos exigidos
por la normativa vigente en esta materia, incluido el trámite de audiencia previsto en el
artículo 82 de la Ley39/2015, de 1 de octubre, así como en el artículo 26,1 del Decreto
109/1992, de 9 de junio, sin que en el mismo se haya presentado alegación alguna.
Considerando que, con posterioridad al mencionado trámite de audiencia, las
personas titulares del centro han presentado un escrito, en el cual manifiestan que
asumen el cierre definitivo de oficio del mismo.
00303476

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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