Disposiciones generales. . (2024/116-8)
Extracto de la Resolución de 6 de junio de 2024, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se convocan para el año 2024 las subvenciones previstas en la Orden de 14 de junio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Junta de Andalucía a las Diputaciones Provinciales destinadas a la financiación de los costes de adquisición de los materiales de los proyectos de obras y servicios afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Lunes, 17 de junio de 2024
página 46509/2
realiza el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a nivel provincial para subvencionar
los costes salariales y cotizaciones empresariales de aquellos con carácter anual, de
acuerdo con lo previsto en el citado Real Decreto 939/1997, de 20 de junio, y conforme a
lo aprobado en el ámbito de la Comisión Regional de Seguimiento, celebrada a efectos de
la convocatoria de 2024, el 7 de mayo de 2024, que ha cifrado en 194.829.010 euros los
fondos para la presente convocatoria, distribuidos provincialmente de la siguiente manera:
ALMERÍA
10.832.492,96 €
HUELVA
16.404.602,64 €
CÁDIZ
22.502.750,66 €
JAÉN
25.717.429,32 €
CÓRDOBA
30.256.945,25 €
MÁLAGA
21.138.947,59 €
GRANADA
25.288.805,50 €
SEVILLA
42.687.036,08 €
2. La Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública de la Junta
de Andalucía subvencionará el 75% de la cuantía obtenida de acuerdo con el apartado
anterior, por un importe máximo de 65.754.790,89 euros, conforme al reparto provincial
que se indica a continuación:
ALMERÍA
3.655.966,37 €
HUELVA
5.536.553,39 €
CÁDIZ
7.594.678,35 €
JAÉN
8.679.632.39 €
CÓRDOBA
10.211.719,02 €
MÁLAGA
7.134.394.82 €
GRANADA
8.534.971,86 €
SEVILLA
14.406.874,68 €
3. La cantidad a subvencionar por cada proyecto de obra o servicio estará sujeta a los
siguientes límites:
a) El 45% de la aportación del SEPE en los proyectos de obras.
b) El 10% de la aportación del SEPE en los proyectos de servicios.
La financiación de estas subvenciones por parte de la Administración de la Junta de
Andalucía se realizará con cargo a los créditos consignados en la partida presupuestaria
con clasificación económica 768.00 «Transferencias de capital. A Diputaciones.
Programa Fomento Empleo Agrario» del programa 8.1.A «Cooperación económica
y coordinación con CC.LL.», correspondiente al estado de gastos de la Consejería de
de Justicia, Administración Local y Función Pública del presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2024 por una cuantía de 39.452.874,52 euros
y el que apruebe, en su caso, el Parlamento de Andalucía para la anualidad 2025, con
la correspondiente posibilidad de adquirir compromisos de carácter plurianual por una
cuantía de 26.301.916,36 euros.
En el caso de producirse disponibilidad presupuestaria en los créditos afectados
al Programa de Fomento de Empleo Agrario en el ejercicio corriente, se podría ampliar
la cuantía y, en consecuencia, el porcentaje a abonar en el ejercicio 2024, mediante el
oportuno reajuste de anualidades, cuyo procedimiento llevará a cabo la Secretaría General
de Administración Local, notificándose a las entidades interesadas para su conocimiento.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el
correspondiente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estarán a disposición de las
personas solicitantes en la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/9298/datos-basicos.html
Sevilla, 6 de junio de 2024.- La Secretaria General (P.D. de la persona titular de la
Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. Orden de 14.6.2016,
BOJA núm. 114, de 16.6.2016), María Luisa Ceballos Casas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303458
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles, a contar desde
el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del
presente extracto, previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Lunes, 17 de junio de 2024
página 46509/2
realiza el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a nivel provincial para subvencionar
los costes salariales y cotizaciones empresariales de aquellos con carácter anual, de
acuerdo con lo previsto en el citado Real Decreto 939/1997, de 20 de junio, y conforme a
lo aprobado en el ámbito de la Comisión Regional de Seguimiento, celebrada a efectos de
la convocatoria de 2024, el 7 de mayo de 2024, que ha cifrado en 194.829.010 euros los
fondos para la presente convocatoria, distribuidos provincialmente de la siguiente manera:
ALMERÍA
10.832.492,96 €
HUELVA
16.404.602,64 €
CÁDIZ
22.502.750,66 €
JAÉN
25.717.429,32 €
CÓRDOBA
30.256.945,25 €
MÁLAGA
21.138.947,59 €
GRANADA
25.288.805,50 €
SEVILLA
42.687.036,08 €
2. La Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública de la Junta
de Andalucía subvencionará el 75% de la cuantía obtenida de acuerdo con el apartado
anterior, por un importe máximo de 65.754.790,89 euros, conforme al reparto provincial
que se indica a continuación:
ALMERÍA
3.655.966,37 €
HUELVA
5.536.553,39 €
CÁDIZ
7.594.678,35 €
JAÉN
8.679.632.39 €
CÓRDOBA
10.211.719,02 €
MÁLAGA
7.134.394.82 €
GRANADA
8.534.971,86 €
SEVILLA
14.406.874,68 €
3. La cantidad a subvencionar por cada proyecto de obra o servicio estará sujeta a los
siguientes límites:
a) El 45% de la aportación del SEPE en los proyectos de obras.
b) El 10% de la aportación del SEPE en los proyectos de servicios.
La financiación de estas subvenciones por parte de la Administración de la Junta de
Andalucía se realizará con cargo a los créditos consignados en la partida presupuestaria
con clasificación económica 768.00 «Transferencias de capital. A Diputaciones.
Programa Fomento Empleo Agrario» del programa 8.1.A «Cooperación económica
y coordinación con CC.LL.», correspondiente al estado de gastos de la Consejería de
de Justicia, Administración Local y Función Pública del presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2024 por una cuantía de 39.452.874,52 euros
y el que apruebe, en su caso, el Parlamento de Andalucía para la anualidad 2025, con
la correspondiente posibilidad de adquirir compromisos de carácter plurianual por una
cuantía de 26.301.916,36 euros.
En el caso de producirse disponibilidad presupuestaria en los créditos afectados
al Programa de Fomento de Empleo Agrario en el ejercicio corriente, se podría ampliar
la cuantía y, en consecuencia, el porcentaje a abonar en el ejercicio 2024, mediante el
oportuno reajuste de anualidades, cuyo procedimiento llevará a cabo la Secretaría General
de Administración Local, notificándose a las entidades interesadas para su conocimiento.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el
correspondiente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estarán a disposición de las
personas solicitantes en la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/9298/datos-basicos.html
Sevilla, 6 de junio de 2024.- La Secretaria General (P.D. de la persona titular de la
Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. Orden de 14.6.2016,
BOJA núm. 114, de 16.6.2016), María Luisa Ceballos Casas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303458
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles, a contar desde
el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del
presente extracto, previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.