3. Otras disposiciones. . (2024/115-47)
Orden de 7 de junio de 2024, por la que se acuerdan actuaciones específicas en Memoria Democrática en el municipio de Villafranca de Córdoba.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 115 - Viernes, 14 de junio de 2024

página 46394/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Orden de 7 de junio de 2024, por la que se acuerdan actuaciones específicas
en Memoria Democrática en el municipio de Villafranca de Córdoba.
A NTECEDENTES
Primero. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley 2/2017, de 28 de
marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía, con fecha 6 de mayo de 2024,
se ha recibido la solicitud de autorización de las actuaciones de localización y exhumación
de fosas en Villafranca de Córdoba.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero. Resulta competente para dictar la presente orden el titular de la Consejería
de Turismo, Cultura y Deporte, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3 de la
Ley 2/2017, de 28 de marzo, que establece que las actividades dirigidas a la localización,
exhumación y, en su caso, la identificación de los restos de víctimas de la Guerra Civil y la
posguerra deberán ser autorizadas por la Consejería competente en materia de memoria
democrática de acuerdo con los protocolos previstos en la ley y con las garantías y
procedimientos que se establezcan reglamentariamente.
Segundo. Conforme al procedimiento establecido en el artículo 7.1 del Decreto
334/2003, de 2 de diciembre, para la coordinación de actuaciones en torno a la
recuperación de la Memoria Histórica y el reconocimiento institucional y social de las
personas desaparecidas durante la Guerra Civil Española y la Posguerra, con fecha 18
de enero de 2018, el Comité Técnico de Coordinación previsto en el mismo y regulado por
Orden de 9 de julio 2013, acordó la propuesta de varias actuaciones, incluyéndose entre
ellas, las de indagación-localización, delimitación, exhumación, estudio antropológico e
identificación genética, si procediera en Villafranca de Córdoba.
Expuesto lo anterior, atendiendo a la solicitud de autorización de actuaciones en
fosas en Villafranca de Córdoba y de conformidad con la propuesta de la persona titular
de la Viceconsejería de Turismo, Cultura y Deporte de 7 de mayo de 2024, en el ejercicio
de las competencias atribuidas por el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del
Gobierno de la Comunidad de Autónoma de Andalucía, y el artículo 8.3 de la Ley 2/2017,
de 28 de marzo, y demás normas de general aplicación,
RESU ELVO

Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, puede interponerse,
potestativamente, recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de
Turismo, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a contar desde su publicación, en virtud
de lo establecido en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo,
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00303343

Único. Autorizar las actuaciones específicas de localización, exhumación e
identificación genética en el municipio de Villafranca de Córdoba.