Autoridades y personal. . (2024/114-22)
Resolución de fecha 5 de junio de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se ordena la publicación del Reglamento por el que se regula el procedimiento de los concursos de acceso a plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 114 - Jueves, 13 de junio de 2024
página 46304/16
2. A tenor de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de derechos digitales, y en el Reglamento 2016/679 de
la Unión Europea, las personas interesadas podrán ejercer los derechos de acceso,
rectificación, supresión, oposición, derecho a la limitación de tratamiento, derecho a la
portabilidad o cualesquiera otros derechos que pudieran corresponderle, dirigiendo un
escrito a la persona responsable de la protección de datos de la Universidad de Huelva.
Disposición transitoria primera. Referencias a las especialidades de conocimiento.
1. Hasta la entrada en vigor del listado de especialidades de conocimiento a las que
hace referencia el Real Decreto 678/2023, se mantendrán las referencias a las áreas de
conocimiento relacionadas en el Anexo I del Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre.
2. Asimismo, hasta la entrada en vigor del listado de especialidades de conocimiento,
las plazas se podrán perfilar en los concursos a los CDUs, de acuerdo con la normativa
vigente en la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 678/2023, según se establece
en la disposición transitoria segunda de este Real Decreto. Por lo que se podrá perfilar
la descripción de la plaza a una o más especialidades de conocimiento a la que se
adscriben, siendo en consecuencia el perfil de la plaza preferentemente genérico. En
caso de especificar más de una especialidad se podrá considerar como mérito la actividad
docente e investigadora y, en su caso, de transferencia e intercambio del conocimiento
en más de una especialidad.
Disposición transitoria segunda. Régimen de la Comisión de Reclamaciones.
En tanto que se aprueben los nuevos Estatutos de la Universidad de Huelva, las
Comisiones de Reclamaciones se regirán por lo dispuesto en el Capítulo V del presente
Reglamento, que será revisado, si procede, una vez finalice la aprobación de los nuevos
Estatutos de la Universidad de Huelva.
Disposición derogatoria única.
Queda derogado el Reglamento de la Universidad de Huelva para los Concursos de
acceso a plazas de los CDUs aprobado por el Consejo de Gobierno el 22 de diciembre
de 2004, así como la Normativa para la Regulación del Régimen de los Concursos
de acceso a CDUs, aprobada en Consejo de Gobierno de 25 de febrero de 2008, así
como las demás normas de igual o inferior rango que contradigan lo dispuesto en este
Reglamento.
Disposición final primera. Relación por medios electrónicos con la Universidad de
Huelva.
Las personas que participen en los concursos de acceso a plazas de los Cuerpos
Docentes Universitarios estarán obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos
con la Universidad para la realización de los trámites inherentes al correspondiente
proceso selectivo, incluida la realización a distancia de las pruebas previstas en el
proceso selectivo, en su caso.
Disposición final segunda. Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
BOJA.
00303254
Huelva, 5 de junio de 2024.- La Rectora, María Antonia Peña Guerrero.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 114 - Jueves, 13 de junio de 2024
página 46304/16
2. A tenor de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de derechos digitales, y en el Reglamento 2016/679 de
la Unión Europea, las personas interesadas podrán ejercer los derechos de acceso,
rectificación, supresión, oposición, derecho a la limitación de tratamiento, derecho a la
portabilidad o cualesquiera otros derechos que pudieran corresponderle, dirigiendo un
escrito a la persona responsable de la protección de datos de la Universidad de Huelva.
Disposición transitoria primera. Referencias a las especialidades de conocimiento.
1. Hasta la entrada en vigor del listado de especialidades de conocimiento a las que
hace referencia el Real Decreto 678/2023, se mantendrán las referencias a las áreas de
conocimiento relacionadas en el Anexo I del Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre.
2. Asimismo, hasta la entrada en vigor del listado de especialidades de conocimiento,
las plazas se podrán perfilar en los concursos a los CDUs, de acuerdo con la normativa
vigente en la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 678/2023, según se establece
en la disposición transitoria segunda de este Real Decreto. Por lo que se podrá perfilar
la descripción de la plaza a una o más especialidades de conocimiento a la que se
adscriben, siendo en consecuencia el perfil de la plaza preferentemente genérico. En
caso de especificar más de una especialidad se podrá considerar como mérito la actividad
docente e investigadora y, en su caso, de transferencia e intercambio del conocimiento
en más de una especialidad.
Disposición transitoria segunda. Régimen de la Comisión de Reclamaciones.
En tanto que se aprueben los nuevos Estatutos de la Universidad de Huelva, las
Comisiones de Reclamaciones se regirán por lo dispuesto en el Capítulo V del presente
Reglamento, que será revisado, si procede, una vez finalice la aprobación de los nuevos
Estatutos de la Universidad de Huelva.
Disposición derogatoria única.
Queda derogado el Reglamento de la Universidad de Huelva para los Concursos de
acceso a plazas de los CDUs aprobado por el Consejo de Gobierno el 22 de diciembre
de 2004, así como la Normativa para la Regulación del Régimen de los Concursos
de acceso a CDUs, aprobada en Consejo de Gobierno de 25 de febrero de 2008, así
como las demás normas de igual o inferior rango que contradigan lo dispuesto en este
Reglamento.
Disposición final primera. Relación por medios electrónicos con la Universidad de
Huelva.
Las personas que participen en los concursos de acceso a plazas de los Cuerpos
Docentes Universitarios estarán obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos
con la Universidad para la realización de los trámites inherentes al correspondiente
proceso selectivo, incluida la realización a distancia de las pruebas previstas en el
proceso selectivo, en su caso.
Disposición final segunda. Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
BOJA.
00303254
Huelva, 5 de junio de 2024.- La Rectora, María Antonia Peña Guerrero.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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