Disposiciones generales. . (2024/114-3)
Resolución de 28 de mayo de 2024, de la Dirección General de Atención Sociosanitaria, Salud Mental y Adicciones, por la que se convoca, para el ejercicio 2024, la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de drogodependencia y adicciones, dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de sedes y desarrollo de programas, y a entidades locales andaluzas para la prevención comunitaria.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA
ÁMBITO TERRITORIAL
CÓRDOBA

Número 114 - Jueves, 13 de junio de 2024

página 46289/4

IMPORTE

PARTIDAS PRESUPUESTARIAS

41.815,47 € 1300020000 G/31B/ 46201 / 14 01
96.004,53 € 1300180000 G/31B/ 46200 / 14 S0066

TOTAL
137.820,00 €

20.738,13 € 1300020000 G/31B/ 46201 / 18 01
GRANADA

5.075,16 € 1300020000 G/31B/ 46700 / 18 01

137.395,00 €

15.873,23 € 1300020000 G/31B/ 46900 / 18 01
95.708,48 € 1300180000 G/31B/ 46200 / 18 S0066

HUELVA
JAÉN

32.659,79 € 1300020000 G/31B/ 46201 / 21 01
79.251,45 € 1300180000 G/31B/ 46200 / 21 S0066
35.732,17 € 1300020000 G/31B/ 48202 / 23 01
82.037,83 € 1300180000 G/31B/ 46200 / 23 S0066

111.911,24 €
117.770,00 €

43.281,42 € 1300020000 G/31B/ 46201 / 29 01
MÁLAGA

12.000,00 € 1300020000 G/31B/ 46700 / 29 01

201.978,00 €

6.000,00 € 1300020000 G/31B/ 46900 / 29 01
140.696,58 € 1300180000 G/31B/ 46200 / 29 S0066

SEVILLA
TOTAL

86.778,32 € 1300020000 G/31B/ 46201 / 41 01
196.748,68 € 1300180000 G/31B/ 46200 / 41 S0066
1.215.141,24 €

283.527,00 €
1.215.141,24 €

Sexto. Línea 3. Subvenciones a entidades privadas destinadas al desarrollo de
programas de drogodependencias y adicciones.
El objeto de las subvenciones de esta línea lo constituye el desarrollo de programas y
actuaciones en materia de adicciones enmarcadas entre las estrategias del Plan Andaluz
sobre Drogas y Adicciones vigente, por parte de las entidades privadas.
Se destinará una cuantía máxima de 2.717.258,00 euros, imputándose con cargo a la
partidas presupuestarias que se indican, las cantidades que igualmente se detallan, con
la siguiente distribución territorial:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00303239

Teniendo en cuenta lo dispuesto en el apartado 4.º)1.ª de las bases reguladoras de 1
de julio de 2020, según el cual los posibles beneficiarios de esta línea de subvenciones
podrán ser los ayuntamientos y sus agencias administrativas locales, los consorcios y
mancomunidades de municipios; así como cualquier otra modalidad de cooperación
interadministrativa de carácter local que dé lugar a la creación de un ente con personalidad
jurídica prevista en el art. 62.2.c) de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de
Andalucía, las cuantías máximas para esta Línea, distribuidas entre los distintos créditos
presupuestarios especificados en la misma, tienen carácter estimativo.
La alteración cualitativa de la clasificación económica a nivel de capítulo, artículo,
concepto y subconcepto, de dicha distribución de créditos para adecuarla a los gastos
subvencionables y/o a la naturaliza jurídica de las posibles personas o entidades
beneficiarias no precisará de nueva convocatoria, pero sí de las modificaciones que
procedan en el expediente de aprobación del gasto de la convocatoria de la resolución de
la concesión. En ese caso, el órgano concedente publicará la distribución definitiva de la
cuantía máxima entre los distintos créditos presupuestarios, sin que ello implique apertura
de plazo de presentación de nuevas solicitudes ni inicio de nuevo cómputo del plazo
para resolver (ex artículo 9.4 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el
procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones
otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas
y de régimen especial).
Los requisitos que deben reunir los posibles beneficiarios se acreditarán conforme se
dispone en el apartado 4 de las bases reguladoras.