3. Otras disposiciones. . (2024/112-30)
Resolución de 28 de mayo de 2024, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo al órgano judicial y se emplazan a los terceros interesados en el procedimiento.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 112 - Martes, 11 de junio de 2024
página 46229/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 28 de mayo de 2024, de la Dirección Gerencia del Servicio
Andaluz de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente
administrativo al órgano judicial y se emplazan a los terceros interesados en el
procedimiento.
Que mediante oficio emitido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2
de Sevilla en el procedimiento abreviado 103/2024, originado por recurso contenciosoadministrativo interpuesto por el Colegio Oficial de Trabajo Social de Sevilla, contra la
Oferta de Empleo Público 01-2023-33526 para la cobertura de un puesto de docente del
certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria para personas dependientes en
instituciones sociales en Sevilla, se ordena al Servicio Andaluz de Empleo que proceda a
notificar la resolución que acuerde la remisión del expediente administrativo y a emplazar
a cuantos resulten interesados en el procedimiento para que puedan personarse como
demandados.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El artículo 78.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que admitida la demanda, el Secretario
Judicial acordará su traslado al demandado, citando a las partes para la celebración de
vista, con indicación de día y hora, y requerirá a la Administración demandada que remita
el expediente administrativo con al menos quince días de antelación del término señalado
para la vista.
Segundo. Con arreglo al artículo 49.1 de la citada LJCA, la resolución por la que se
acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguientes a su adopción, a
cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse
como demandados en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a
lo dispuesto en la ley que regule el procedimiento administrativo común.
Tercero. Al amparo del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la notificación se
hará por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado al darse los
presupuestos contemplados en el citado artículo.
RESU ELV E
Primero. La remisión del expediente administrativo correspondiente al Colegio Oficial
de Trabajo Social de Sevilla al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2
de Sevilla.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303179
En virtud de cuanto antecede, esta Dirección Gerencia, en uso de las atribuciones
conferidas en el artículo 13 del Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula
la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, y el
artículo 15 bis) de los Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo, aprobados por Decreto
96/2011, de 19 de abril (BOJA número 83, de 29 abril 2011),
BOJA
Número 112 - Martes, 11 de junio de 2024
página 46229/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 28 de mayo de 2024, de la Dirección Gerencia del Servicio
Andaluz de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente
administrativo al órgano judicial y se emplazan a los terceros interesados en el
procedimiento.
Que mediante oficio emitido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2
de Sevilla en el procedimiento abreviado 103/2024, originado por recurso contenciosoadministrativo interpuesto por el Colegio Oficial de Trabajo Social de Sevilla, contra la
Oferta de Empleo Público 01-2023-33526 para la cobertura de un puesto de docente del
certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria para personas dependientes en
instituciones sociales en Sevilla, se ordena al Servicio Andaluz de Empleo que proceda a
notificar la resolución que acuerde la remisión del expediente administrativo y a emplazar
a cuantos resulten interesados en el procedimiento para que puedan personarse como
demandados.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El artículo 78.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que admitida la demanda, el Secretario
Judicial acordará su traslado al demandado, citando a las partes para la celebración de
vista, con indicación de día y hora, y requerirá a la Administración demandada que remita
el expediente administrativo con al menos quince días de antelación del término señalado
para la vista.
Segundo. Con arreglo al artículo 49.1 de la citada LJCA, la resolución por la que se
acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguientes a su adopción, a
cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse
como demandados en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a
lo dispuesto en la ley que regule el procedimiento administrativo común.
Tercero. Al amparo del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la notificación se
hará por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado al darse los
presupuestos contemplados en el citado artículo.
RESU ELV E
Primero. La remisión del expediente administrativo correspondiente al Colegio Oficial
de Trabajo Social de Sevilla al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2
de Sevilla.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303179
En virtud de cuanto antecede, esta Dirección Gerencia, en uso de las atribuciones
conferidas en el artículo 13 del Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula
la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, y el
artículo 15 bis) de los Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo, aprobados por Decreto
96/2011, de 19 de abril (BOJA número 83, de 29 abril 2011),