Disposiciones generales. . (2024/112-2)
Extracto de la Orden de 22 de mayo de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a las personas titulares de explotaciones invernadas de flor cortada, planta de vivero y ornamental, cuyo potencial productivo se vio afectado por la borrasca Bernard, acogidas al régimen de mínimis, y se efectúa su convocatoria.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 112 - Martes, 11 de junio de 2024

página 46204/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Extracto de la Orden de 22 de mayo de 2024, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva, dirigidas a las personas titulares de explotaciones invernadas de
flor cortada, planta de vivero y ornamental, cuyo potencial productivo se vio
afectado por la borrasca Bernard, acogidas al régimen de mínimis, y se efectúa
su convocatoria.
BDNS (Identif):763891.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/index) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se convocan para el año 2024 la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, dirigidas a las personas titulares de explotaciones invernadas
de flor cortada, planta de vivero y ornamental, cuyo potencial productivo se vio afectado
por la borrasca Bernard, acogidas al régimen de mínimis, en la cuantía máxima de
2.000.000,00 euros.
Las ayudas se financiarán con créditos del Presupuesto de la Junta de Andalucía del
ejercicio 2024, acogidas al régimen de mínimis. La partida presupuestaria de la anualidad
2024 a la que se imputará las ayudas correspondientes a esta convocatoria, así como la
cuantía máxima destinada a las ayudas, será la siguiente:
PARTIDA
1400010000 G/71B/47000/00 01

ANUALIDAD
2024

IMPORTE (euros)
2.000.000

Segundo. Personas beneficiarias.
Podrán obtener la condición de personas o entidades beneficiarias de las subvenciones
las personas titulares de una explotación invernada, inscrita en Registro de Explotaciones
Agrarias de Andalucía, que a fecha 19 de octubre de 2023 estaba dedicada al cultivo
de flor cortada, planta de vivero y ornamental, localizada en alguno de los municipios
establecidos en el apartado primero de las bases reguladoras, pudiendo ser personas
físicas o jurídicas, comunidades de bienes y cualquier otro tipo de unidad económica o de
patrimonio separado sin personalidad jurídica pero con personalidad fiscal, que reúnan
los requisitos establecidos en el apartado cuarto de las bases reguladoras.

Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 22 mayo de 2024, por la que
se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00303154

Tercero. Objeto.
El objeto de estas subvenciones es proporcionar asistencia de emergencia a las
personas titulares de explotaciones invernadas de flor cortada, planta de vivero y ornamental,
para la recuperación del potencial productivo de sus explotaciones, mediante la concesión
de una ayuda a tanto alzado que compensen los gastos asociados a la reparación de las
estructuras de los invernaderos afectados, incluidos los plásticos de la cubierta.