Autoridades y personal. . (2024/111-15)
Resolución de 4 de junio de 2024, de la Secretaría General del Parlamento de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de la Mesa del Parlamento de Andalucía, de 28 de mayo de 2024, por el que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema de oposición libre, en el cuerpo de oficiales de gestión del Parlamento de Andalucía
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Número 111 - Lunes, 10 de junio de 2024
página 46157/7
7.2. Primer ejercicio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 105
preguntas referido al temario que se incluye como Anexo I de la convocatoria. Las 100
primeras, ordinarias y evaluables, y las 5 últimas, de reserva.
El cuestionario de este ejercicio estará compuesto por preguntas con cuatro
respuestas alternativas, de las que solo una de ellas será correcta. El tiempo para la
realización del ejercicio será de dos horas.
Celebrado el ejercicio, si el tribunal decidiera anular una o varias preguntas ordinarias,
establecerá en el correspondiente acuerdo la sustitución, a efectos de su evaluación, de
las anuladas por otras tantas de reserva, por su correspondiente orden.
7.2.1. Cada acierto tendrá el valor de un punto, y cada contestación errónea se
penalizará con un tercio del valor de una respuesta acertada.
La puntuación de cada aspirante vendrá determinada por la aplicación de la fórmula:
P = Vx [A-(E/3)], donde V es el valor de cada acierto, A es el número de preguntas
acertadas evaluables, y E, el número de preguntas erróneas evaluables.
Este ejercicio se valorará de 0 a 100 puntos.
7.2.2. El tribunal calificador queda facultado para determinar, con anterioridad a la
identificación nominal de los aspirantes, la puntuación que es necesario obtener para
aprobar el ejercicio, que en todo caso tendrá que ser igual o superior a 50, respetando
siempre los principios de mérito y capacidad.
7.2.3. Tras la realización del ejercicio, el tribunal calificador hará públicos, en la
página web del Parlamento, el cuestionario de dicho ejercicio y la plantilla de respuestas
correctas que servirá para su corrección. Dicha plantilla tendrá carácter provisional. Las
personas aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles, contados desde el
día siguiente al de la publicación de la plantilla provisional, para formular alegaciones
a la misma. La resolución de las alegaciones que sean tenidas en cuenta por parte del
tribunal se hará pública con la lista de personas aprobadas del ejercicio, considerándose
desestimadas todas aquellas alegaciones que no se mencionen en la citada publicación.
Una vez aprobada la plantilla definitiva, si esta no alcanzara el número total de
preguntas evaluables establecidas en el apartado 7.2, y a fin de garantizar que las
personas aspirantes puedan obtener la máxima puntuación en el ejercicio, el tribunal
calificador adaptará el valor asignado a cada acierto.
Dicho ejercicio será corregido sin que se conozca la identidad de las personas
examinadas. Quedarán automáticamente anulados todos aquellos impresos de examen
en los que consten marcas o signos de identificación.
Tras ser acordada la plantilla definitiva, que se publicará en la página web del
Parlamento, y corregido el ejercicio, el tribunal hará públicas, en el tablón de anuncios y
en la página web del Parlamento, las listas de personas aspirantes aprobadas en cada
uno de los turnos, ordenadas alfabéticamente, y la puntuación obtenida.
Las plantillas, provisional y definitiva, no son recurribles de forma independiente a la
publicación de la lista de personas aprobadas.
7.3. Segundo ejercicio. Consistirá en la exposición por escrito, durante un tiempo
máximo de tres horas, de dos temas a elegir entre tres extraídos al azar del programa de
materias recogido en el Anexo I de la convocatoria.
El ejercicio será leído en sesión pública ante el tribunal, que podrá dirigirse a la
persona aspirante al final de la lectura del ejercicio para aclarar cuestiones relacionadas
con la exposición.
A estos efectos, con carácter previo a la celebración del segundo ejercicio de la
oposición, tendrá lugar el sorteo para determinar el orden de lectura del mencionado
ejercicio por parte de las personas aspirantes. El orden de actuación de los aspirantes
será por orden alfabético del aspirante cuyo primer apellido comience por la letra extraída
al azar en dicho sorteo.
El lugar, fecha y hora de dicho sorteo y el resultado del mismo se publicarán en la
página web y tablón de anuncios del Parlamento de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303106
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 46157/7
7.2. Primer ejercicio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 105
preguntas referido al temario que se incluye como Anexo I de la convocatoria. Las 100
primeras, ordinarias y evaluables, y las 5 últimas, de reserva.
El cuestionario de este ejercicio estará compuesto por preguntas con cuatro
respuestas alternativas, de las que solo una de ellas será correcta. El tiempo para la
realización del ejercicio será de dos horas.
Celebrado el ejercicio, si el tribunal decidiera anular una o varias preguntas ordinarias,
establecerá en el correspondiente acuerdo la sustitución, a efectos de su evaluación, de
las anuladas por otras tantas de reserva, por su correspondiente orden.
7.2.1. Cada acierto tendrá el valor de un punto, y cada contestación errónea se
penalizará con un tercio del valor de una respuesta acertada.
La puntuación de cada aspirante vendrá determinada por la aplicación de la fórmula:
P = Vx [A-(E/3)], donde V es el valor de cada acierto, A es el número de preguntas
acertadas evaluables, y E, el número de preguntas erróneas evaluables.
Este ejercicio se valorará de 0 a 100 puntos.
7.2.2. El tribunal calificador queda facultado para determinar, con anterioridad a la
identificación nominal de los aspirantes, la puntuación que es necesario obtener para
aprobar el ejercicio, que en todo caso tendrá que ser igual o superior a 50, respetando
siempre los principios de mérito y capacidad.
7.2.3. Tras la realización del ejercicio, el tribunal calificador hará públicos, en la
página web del Parlamento, el cuestionario de dicho ejercicio y la plantilla de respuestas
correctas que servirá para su corrección. Dicha plantilla tendrá carácter provisional. Las
personas aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles, contados desde el
día siguiente al de la publicación de la plantilla provisional, para formular alegaciones
a la misma. La resolución de las alegaciones que sean tenidas en cuenta por parte del
tribunal se hará pública con la lista de personas aprobadas del ejercicio, considerándose
desestimadas todas aquellas alegaciones que no se mencionen en la citada publicación.
Una vez aprobada la plantilla definitiva, si esta no alcanzara el número total de
preguntas evaluables establecidas en el apartado 7.2, y a fin de garantizar que las
personas aspirantes puedan obtener la máxima puntuación en el ejercicio, el tribunal
calificador adaptará el valor asignado a cada acierto.
Dicho ejercicio será corregido sin que se conozca la identidad de las personas
examinadas. Quedarán automáticamente anulados todos aquellos impresos de examen
en los que consten marcas o signos de identificación.
Tras ser acordada la plantilla definitiva, que se publicará en la página web del
Parlamento, y corregido el ejercicio, el tribunal hará públicas, en el tablón de anuncios y
en la página web del Parlamento, las listas de personas aspirantes aprobadas en cada
uno de los turnos, ordenadas alfabéticamente, y la puntuación obtenida.
Las plantillas, provisional y definitiva, no son recurribles de forma independiente a la
publicación de la lista de personas aprobadas.
7.3. Segundo ejercicio. Consistirá en la exposición por escrito, durante un tiempo
máximo de tres horas, de dos temas a elegir entre tres extraídos al azar del programa de
materias recogido en el Anexo I de la convocatoria.
El ejercicio será leído en sesión pública ante el tribunal, que podrá dirigirse a la
persona aspirante al final de la lectura del ejercicio para aclarar cuestiones relacionadas
con la exposición.
A estos efectos, con carácter previo a la celebración del segundo ejercicio de la
oposición, tendrá lugar el sorteo para determinar el orden de lectura del mencionado
ejercicio por parte de las personas aspirantes. El orden de actuación de los aspirantes
será por orden alfabético del aspirante cuyo primer apellido comience por la letra extraída
al azar en dicho sorteo.
El lugar, fecha y hora de dicho sorteo y el resultado del mismo se publicarán en la
página web y tablón de anuncios del Parlamento de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303106
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía