Disposiciones generales. . (2024/110-1)
Resolución de 31 de mayo de 2024, conjunta de la Intervención General de la Junta de Andalucía y de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se implantan las medidas de simplificación de los procedimientos de ejecución presupuestaria del gasto público establecidas en el Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones con los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía, respecto al procedimiento y la Consejería y Agencia que se indican.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 110 - Viernes, 7 de junio de 2024

página 46030/2

RESU ELV EN
Primero. Procedimiento de gestión del gasto y órganos en los que se implantan las
medidas de simplificación.
El procedimiento de gestión del gasto en el que se implantan las medidas de
simplificación establecidas en el artículo 74 del Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el
que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora
de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el
impulso de la actividad económica en Andalucía, lo constituyen todos los expedientes
de contratación que tramiten los órganos directivos centrales de la Consejería de
Economía, Hacienda y Fondos Europeos y la Agencia Digital de Andalucía a través del
sistema informático aprobado e implantado por la Orden de la Consejería de Hacienda
y Administración Pública, de 12 de julio de 2011 (ERIS-G3), o cuya actuación de control
interno se realice en el escritorio de intervención.
Segundo. Efectividad de la adaptación normativa de las competencias en materia de
gestión del gasto público en los órganos en los que se implanta.
A partir de la fecha del comienzo de efectos de la presente resolución, las
competencias hasta ahora atribuidas o delegadas en materia de gestión del gasto a los
órganos directivos centrales de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos
y a la Agencia Digital de Andalucía, se entenderán atribuidas o delegadas a los órganos
a los que correspondan como propias o por delegación las competencias para dictar los
actos administrativos o aprobar los negocios jurídicos correspondientes, en el ámbito de
esta resolución, de conformidad con lo previsto en la disposición transitoria séptima del
Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero.
Tercero. Régimen transitorio de los expedientes de contratación en tramitación.
La presente resolución resulta de aplicación a todas las fases contables del
expediente de contratación en el que se implantan las medidas de simplificación que se
concretan en el apartado primero, salvo a las que a la fecha de producción de efectos se
encuentren ya iniciadas.
Cuarto. Efectos.
La presente resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Quinto. Publicación y comunicación.
Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y
comunicarla a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía, Hacienda
y Fondos Europeos y a la Secretaría General de la Agencia Digital de Andalucía para su
conocimiento y traslado a los órganos que pudiesen verse afectados.

00302978

Sevilla, 31 de mayo de 2024.- La Interventora General, María Antonia González Pavón; el
Director Gerente de la Agencia Digital de Andalucía, Raúl Jiménez Jiménez.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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