Autoridades y personal. . (2024/109-28)
Resolución de 28 de mayo de 2024, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de un contrato en régimen laboral con duración temporal, en la categoría profesional de Titulado Superior (Gestor de Proyectos Europeos NEOLAiA)
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 109 - Jueves, 6 de junio de 2024
página 46006/3
4. Comisión de valoración.
4.1. La comisión de valoración de estas pruebas estará constituida por los siguientes
miembros:
Miembros titulares:
Presidente: Don Alfonso Cruz Lendínez. Profesor Contratado Doctor de Universidad
de la Universidad de Jaén. Gerente.
Vocales:
Don José Ignacio Jiménez González. Catedrático de Universidad de la Universidad
de Jaén.
Doña Beatriz Valverde Jiménez. Profesora Ayudante Doctora de Universidad de la
Universidad Jaén. Directora de Secretariado de Universidades Europeas.
Don Emilio Ayala Segura. Funcionario de la Escala Técnica de Administración de la
Universidad de Jaén. Jefe de Servicio de Relaciones Internacionales y Cooperación.
Secretario: Don Emilio Valenzuela Cárdenas. Funcionario de la Escala Técnica de
Administración Universitaria de la Universidad de Jaén.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302954
e) Acreditación documental de los méritos establecidos en el baremo del Anexo I de
esta convocatoria.
La no acreditación documental de los méritos no supondrá la exclusión del concurso,
pero conllevará su no consideración por parte de la comisión de selección.
3.4. Los derechos en concepto de tasas de este concurso serán de 30 euros, que
se ingresarán en la Caja Rural de Jaén, oficina Universidad, número de cuenta ES79
3067 0109 331150653028 a nombre de la Universidad de Jaén: concurso 2024/01 TS
GP NEOLAiA, o bien mediante transferencia bancaria a dicha cuenta. En ningún caso
la presentación y pago en el banco supondrá sustitución del trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado anteriormente.
3.5. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Jaén dictará resolución que se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica
de la Universidad de Jaén (https://sede.ujaen.es/publico/tablon), y a título informativo
en la página web del Servicio de Personal, en la que, además de declarar aprobada la
lista provisional de personas admitidas y excluidas, figurará la relación de aspirantes
excluidos/as con mención expresa, en todo caso, de los apellidos, nombre y número de
documento nacional de identidad y motivo de la exclusión. Serán excluidos/as aquellas
personas aspirantes que no aporten la documentación detallada en los apartados a), b),
c) y, en su caso d) del apartado 3.3 o presenten la solicitud fuera de plazo.
3.6. Las personas aspirantes excluidas dispondrán de un plazo de diez días
hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución a que se
refiere la base anterior, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión,
transcurrido el cual quedará elevada a definitiva, publicándose en tablón de anuncios de
la sede electrónica de la Universidad de Jaén, y a título informativo, en la página web
del Servicio de Personal de la Universidad de Jaén. Contra la resolución definitiva, que
agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el
plazo de un mes, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o
bien interponer recurso ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de
dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación,
de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
3.7. Los derechos de examen serán reintegrados a los aspirantes que hayan sido
excluidos definitivamente de las pruebas selectivas. A tal efecto, será necesario solicitud
expresa del interesado en la que deberán figurar inexcusablemente los siguientes
datos: nombre y apellidos, NIF, domicilio y cuenta bancaria a donde ha de realizarse
la transferencia bancaria de devolución. Los errores de hecho podrán subsanarse en
cualquier momento, de oficio o a petición del interesado/a.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 109 - Jueves, 6 de junio de 2024
página 46006/3
4. Comisión de valoración.
4.1. La comisión de valoración de estas pruebas estará constituida por los siguientes
miembros:
Miembros titulares:
Presidente: Don Alfonso Cruz Lendínez. Profesor Contratado Doctor de Universidad
de la Universidad de Jaén. Gerente.
Vocales:
Don José Ignacio Jiménez González. Catedrático de Universidad de la Universidad
de Jaén.
Doña Beatriz Valverde Jiménez. Profesora Ayudante Doctora de Universidad de la
Universidad Jaén. Directora de Secretariado de Universidades Europeas.
Don Emilio Ayala Segura. Funcionario de la Escala Técnica de Administración de la
Universidad de Jaén. Jefe de Servicio de Relaciones Internacionales y Cooperación.
Secretario: Don Emilio Valenzuela Cárdenas. Funcionario de la Escala Técnica de
Administración Universitaria de la Universidad de Jaén.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302954
e) Acreditación documental de los méritos establecidos en el baremo del Anexo I de
esta convocatoria.
La no acreditación documental de los méritos no supondrá la exclusión del concurso,
pero conllevará su no consideración por parte de la comisión de selección.
3.4. Los derechos en concepto de tasas de este concurso serán de 30 euros, que
se ingresarán en la Caja Rural de Jaén, oficina Universidad, número de cuenta ES79
3067 0109 331150653028 a nombre de la Universidad de Jaén: concurso 2024/01 TS
GP NEOLAiA, o bien mediante transferencia bancaria a dicha cuenta. En ningún caso
la presentación y pago en el banco supondrá sustitución del trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado anteriormente.
3.5. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Jaén dictará resolución que se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica
de la Universidad de Jaén (https://sede.ujaen.es/publico/tablon), y a título informativo
en la página web del Servicio de Personal, en la que, además de declarar aprobada la
lista provisional de personas admitidas y excluidas, figurará la relación de aspirantes
excluidos/as con mención expresa, en todo caso, de los apellidos, nombre y número de
documento nacional de identidad y motivo de la exclusión. Serán excluidos/as aquellas
personas aspirantes que no aporten la documentación detallada en los apartados a), b),
c) y, en su caso d) del apartado 3.3 o presenten la solicitud fuera de plazo.
3.6. Las personas aspirantes excluidas dispondrán de un plazo de diez días
hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución a que se
refiere la base anterior, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión,
transcurrido el cual quedará elevada a definitiva, publicándose en tablón de anuncios de
la sede electrónica de la Universidad de Jaén, y a título informativo, en la página web
del Servicio de Personal de la Universidad de Jaén. Contra la resolución definitiva, que
agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el
plazo de un mes, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o
bien interponer recurso ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de
dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación,
de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
3.7. Los derechos de examen serán reintegrados a los aspirantes que hayan sido
excluidos definitivamente de las pruebas selectivas. A tal efecto, será necesario solicitud
expresa del interesado en la que deberán figurar inexcusablemente los siguientes
datos: nombre y apellidos, NIF, domicilio y cuenta bancaria a donde ha de realizarse
la transferencia bancaria de devolución. Los errores de hecho podrán subsanarse en
cualquier momento, de oficio o a petición del interesado/a.