Disposiciones generales. . (2024/107-4)
Extracto de la Resolución de 24 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se convocan para el año 2024 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a microempresas, pequeñas y medianas empresas, para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con sujeción a las bases reguladoras establecidas en la Orden de 12 de mayo de 2021.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 107 - Martes, 4 de junio de 2024
página 45837/4
requisitos establecidos en las citadas bases reguladoras, contribuyan con la reducción de
la siniestralidad y con la mejora de las condiciones de seguridad y salud en los centros de
trabajo de Andalucía.
Cuarto. Régimen jurídico.
La solicitud, concesión y aplicación de estas subvenciones se regirán por lo
establecido en la Orden de 12 de mayo de 2021, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones a microempresas, pequeñas y medianas
empresas, para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la
Comunidad Autónoma de Andalucía, en régimen de concurrencia competitiva, publicada
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 93, de 18 de mayo de 2021, por la
presente convocatoria y demás normativa de aplicación.
Quinto. Importe.
El importe de las ayudas a conceder no podrá exceder, en ningún caso, para cada
proyecto o actividad los porcentajes máximos sobre el presupuesto aceptado, ni las
cuantías máximas y mínimas establecidas a continuación según la modalidad de los
proyectos o actividades:
LÍNEA
Línea 1
Línea 2
CUANTÍA MÁXIMA
15.000,00 €
12.000,00 €
CUANTÍA MÍNIMA
1.500,00 €
1.200,00 €
PORCENTAJE
75%
75%
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día
siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el presente
extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y para presentar alegaciones y efectuar la
reformulación, la aceptación y la presentación de documentos, así como demás datos
necesarios, figuran publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía junto con
la resolución de la convocatoria, los cuales estarán disponibles para su presentación
a través la oficina virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
a la que se podrá acceder desde la siguiente dirección electrónica del Catálogo de
Procedimientos y Servicios:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24614.html
00302787
Sevilla, 28 de mayo de 2024.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
P.D. (Orden de 12.5.2021, BOJA núm. 93, de 18.5.2021), el Director General, Luis Roda
Oliveira.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
BOJA
Número 107 - Martes, 4 de junio de 2024
página 45837/4
requisitos establecidos en las citadas bases reguladoras, contribuyan con la reducción de
la siniestralidad y con la mejora de las condiciones de seguridad y salud en los centros de
trabajo de Andalucía.
Cuarto. Régimen jurídico.
La solicitud, concesión y aplicación de estas subvenciones se regirán por lo
establecido en la Orden de 12 de mayo de 2021, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones a microempresas, pequeñas y medianas
empresas, para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la
Comunidad Autónoma de Andalucía, en régimen de concurrencia competitiva, publicada
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 93, de 18 de mayo de 2021, por la
presente convocatoria y demás normativa de aplicación.
Quinto. Importe.
El importe de las ayudas a conceder no podrá exceder, en ningún caso, para cada
proyecto o actividad los porcentajes máximos sobre el presupuesto aceptado, ni las
cuantías máximas y mínimas establecidas a continuación según la modalidad de los
proyectos o actividades:
LÍNEA
Línea 1
Línea 2
CUANTÍA MÁXIMA
15.000,00 €
12.000,00 €
CUANTÍA MÍNIMA
1.500,00 €
1.200,00 €
PORCENTAJE
75%
75%
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día
siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el presente
extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y para presentar alegaciones y efectuar la
reformulación, la aceptación y la presentación de documentos, así como demás datos
necesarios, figuran publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía junto con
la resolución de la convocatoria, los cuales estarán disponibles para su presentación
a través la oficina virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
a la que se podrá acceder desde la siguiente dirección electrónica del Catálogo de
Procedimientos y Servicios:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24614.html
00302787
Sevilla, 28 de mayo de 2024.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
P.D. (Orden de 12.5.2021, BOJA núm. 93, de 18.5.2021), el Director General, Luis Roda
Oliveira.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja